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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
05-07-2024 - 15:58
Fecha de Fin
11-07-2024 - 12:19
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
1. Conforme a las documentaciones remitidas, se procede a la difusión del mismo, bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante dejando asentado que es estricta responsabilidad de la convocante ante eventuales consecuencias del procedimiento licitatorio en las condiciones establecidas. Por lo tanto, considerando que las bases y condiciones estándares son disposiciones aprobadas por acto administrativo reglamentario, los mismos adquieren carácter normativo. //2. Recomendamos a la convocante que para la "etapa de contrato" tenga en cuenta lo establecido en la normativa vigente, art. 79°, 82° del Decreto reglamentario N°9823/23, la Resolución DNCP N°4400/23, art. 51°, 64° y 70°; y la Circular DNCP N°38/2024.// 3. Solicitamos a la convocante que las observaciones sean subsanadas a modo de brindarle curso normal al proceso licitatorio.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Mencionan normativas derogadas
Descripción
Se verifica que en las documentaciones remitidas mencionan normativas que se encuentran derogadas.
Comentario
1. [Informe de evaluación]: se visualiza que, el comité de evaluación hace referencia al Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), en consecuencia, comentarles que; conforme a la normativa vigente Resolución DNCP N" 3801/2023 la denominación actual es la de "Registro de Proveedores del Estado". Así también, hacemos referencia a lo estipulado en el art 10°-lnscripción en el Registro. "La inscripción en el Registro de Proveedores - en adelante Registro -constituye requisito previo para la presentación de ofertas en los procedimientos de contratación pública regidos por la Ley N" 7021/22 y aquellos procedimientos de contratación que integren el Plan Piloto de la DNCP durante el ejercicio fiscal 2023".// 2. [Informe de evaluación]: El comité de evaluación en su informe hace referencia a la normativa 2051/03 art. 40, siendo que el presente procedimiento licitatorio inició conforme a la normativa vigente Ley N°7021/22.// 3.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
1.[Informe de evaluación/Capacidad Financiera]: Conforme a la documentación expedida por el comité(informe de evaluación), no se visualiza el análisis y posterior evaluación de lo siguiente: "Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera", conforme a lo estipulado en el pliego de bases y condiciones.// 2.[Informe de evaluación/Experiencia requerida]: Conforme a la documentación expedida por el comité(informe de evaluación), no se visualiza el análisis y posterior evaluación de lo siguiente: "Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia", conforme a lo estipulado en el pliego de bases y condiciones.// 3. [Informe de evaluación/capacidad técnica]: Conforme a la documentación expedida por el comité (informe de evaluación), no se visualiza el análisis y posterior evaluación del siguiente requisito documental: Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada , presentar contrato de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.//4. [Informe de evaluación/Otros criterios que la convocante requiera]: Conforme a la documentación expedida por el comité(informe de evaluación), no se visualiza el análisis y posterior evaluación de lo siguiente: Formulario de Verificación de Documentos Formales Formulario Nº 6.// 5. [Informe de evaluación/ Muestras]: Conforme a la documentación expedida por el comité (informe de evaluación), no se visualiza el análisis y posterior evaluación de las muestras conforme a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
1. [Informe de evaluación/Índices Financieros]: se coteja que el calculo matemático de los ratios financieros conforme a los datos evidenciados en el informe, difieren. Referencia: "Prosalud Farma S.A" recomendamos realicen las modificaciones correspondientes y cotejen si los datos proveídos para los demás proveedores son correctos.// 2. [SICP/Monto Adjudicado]: se aprecia en el apartado datos de convocatoria que el monto adjudicado es "cero"

Tema
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Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
1. [Informe de evaluación/PBC]: consultamos a la convocante una discrepancia detectada. Conforme a lo visualizado en el pliego de bases y condiciones en el apartado de "Periodo de validez de la garantía de los bienes" y "Otros criterios que la convocante requiera".

Tema
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Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta de datos en la Resolución
Descripción
En la Resolución de la máxima autoridad solicitamos indicar correctamente los datos del adjudicado, estableciendo claramente el nombre, el monto y RUC del proveedor.
Comentario
1. [Acto Administrativo]: en la Resolución D.G INCAN N°61/2024 de Adjudicación no se estipulo los ítems que fueron declarados desiertos conforme a la evaluación elaborada por el comité.

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Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
1. [Informe de evaluación/Pliego de bases y condiciones]: se verifica que en el informe en el apartado cumplimiento de las "especificaciones técnicas", las mismas difieren de lo estipulado en el pliego de bases y condiciones "Especificaciones técnicas - CPS". Además, la misma situación se coteja en el cuadro de precios adjudicados//