Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
09-07-2024 - 10:03
Fecha de Fin
12-07-2024 - 17:33
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Para próximos proceso se solicita incluir expresamente en el informe de evaluación los criterios/índices requerido en el PBC, y/o referenciar que se considero íntegramente los índices/criterios requeridos en las bases de la contratación, en atención que el análisis detallado en dicho documento servirá como base para la recomendación de la adjudicación, conforme lo establece la Ley.//
La convocante ha optado por la notificación automática por medio del SICP, la presente adjudicación cuenta con fecha de publicación 12-Julio-2024.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos incompletos
Descripción
Se verifica que el documento remitido se encuentra incompleto. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
1)-Se visualiza el incumplimiento del plazo establecido en la normativa vigente para procesos de L.M.C.N- Art.37 de la Ley 7021/22- Art. 63 del Decreto N° 9823/23.//
2)- Verificado el informe de evaluación no se visualiza lo requerido en el inciso I-Recomendación de adjudicación, conforme lo establece el Articulo 62-Decreto 9823/23.//
3)- Verificado el informe de evaluación, se constata que fue conformado por 5 integrantes, sin embargo el documento remitido fue firmado por cuatro integrantes, se solicita dar cumplimiento a lo establecido en los incisos f-g-h del articulo 62-Decreto 9823/23.//
4)-Verificado el informe de evaluación, no se visualiza el análisis sobre la corrección aritmética y/o las aclaraciones que correspondiere al caso, conforme lo establece el inciso "E" del Art. 62.- Decreto N° 9823/23. //
5)- Verificado el cuadro comparativo de ofertas, no se visualiza el "precio unitario" de la oferta de la firma individualizada con razón social Ssd S.r.l.//
6)-Se deja constancia que, en la Pestaña de Productos Bienes y Servicios, se visualiza el lote 1 y lote 2, en ambos proveedores adjudicados, lo cual resulta inconsistente teniendo en cuenta el contenido de los documentos.//