Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
31-10-2024 - 13:08
Fecha de Fin
04-11-2024 - 15:36
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
1. [Informe de evaluación/ Capacidad Financiera]: En el informe expedido por el comité, no se visualiza el análisis y posterior evaluación matemática, conforme a las formulas establecidas en el pbc, de la situación financiera de los oferentes participantes.// 2. [Informe de evaluación/ Capacidad técnica]: en el informe de evaluación expedido por el comité , no se analizó ni evaluó los siguientes requisito documental establecidos en el pliego de bases y condiciones: - Copia de la licencia ambiental emitida por el MADES, según corresponda. - Certificación MERCOSUR de los neumáticos en caso que corresponda.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
3. En el pliego de bases y condiciones, apartado de especificaciones técnicas y capacidad técnica, hace referencia textual de los siguiente "Los neumáticos deberán ser fabricados dentro del MERCOSUR, o contar con certificación para el MERCOSUR", en cambio el oferente adjudicado ofertó producto con procedencia "China", conforme al cuadro comparativo de ofertas. Además, en el informe, no fue evaluado el requisito documental correspondiente a la capacidad técnica; - Certificación MERCOSUR de los neumáticos en caso que corresponda.//