Datos de la Verificación
Usuario Verificador
rsanchez
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
28-11-2024 - 19:05
Fecha de Fin
04-12-2024 - 18:40
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
en el informe de evaluación remitido, no se observa que el comité evaluador se haya expedido respecto a las observaciones realizadas en el acto de apertura respecto a la oferta del adjudicado.-
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Informe de evaluación ilegible
Descripción
Verificados los documentos remitidos a través del SICP. Se observa que el informe de evaluación remitido es ilegible. Se solicita sea remitido nuevamente el mencionado documento de manera legible.
Comentario
en el informe de evaluación se observa que se procedió a remitir a distintas áreas las ofertas a fin de que se expidan sobre la misma, favor remitir acto administrativo para el efecto, tener en cuenta lo dispuesto por el Art. 81 del Decreto 2264/24-, se observa que el escaneado de la evaluación es legible e nítida, no obstante, se REITERA la observación realizada.-