Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
06-03-2025 - 13:34
Fecha de Fin
11-03-2025 - 16:20
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Sobrepasaron los 40 días para adjudicar
Descripción
Se recuerda el plazo de comunicación de adjudicacion establecido en el Art. 28 de la Ley 2051/03.
Comentario
A. Sobrepasaron los 40 días corridos para adjudicar. Conforme a la normativa vigente, se recuerda el plazo de comunicación de la adjudicación establecido en el Art. 55 de la Ley 7021/22.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta firmas/fechas
Descripción
Se observa que la documentación remitida no posee fecha/firma. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
B. Se observa que la Resolución de Adjudicación no fue firmada por la máxima autoridad de la institución. Por lo tanto, se indica a la convocante que se ajuste a lo estipulado en el Artículo 59, inciso b), de la Resolución DNCP N° 4401/23, el cual establece que los actos administrativos, incluyendo las resoluciones de adjudicación, deben ser firmados por la máxima autoridad de la institución o por quien esta designe, conforme a las normativas vigentes.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
C.1.-La observación estándar seleccionada tiene como propósito solicitar a la convocante que verifique en el presente módulo el apartado "Acción/Ver detalle", con la finalidad de cotejar el motivo de la no difusión de la adjudicación.// C.2.- Considerando el Informe expedido por el Comité de Evaluación, se observa que el mismo no se ajustaría a lo establecido en el Artículo 82, inciso b), del Decreto Reglamentario N° 2264/24, el cual dispone: "Solicitudes de aclaración de ofertas y las correspondientes respuestas de los oferentes y sus anexos, según correspondan". Esto se debe a que no se anexaron al informe las respuestas brindadas por los oferentes, lo cual representa una omisión que debe ser subsanada para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y la transparencia del proceso de evaluación.