Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
10-07-2025 - 18:00
Fecha de Fin
16-07-2025 - 16:36
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
Atendiendo a que se detectaron inconsistencias entre el monto total mínimo y máximo del adjudicado CHACO INTERNACIONAL S.A., consignado en la Resolución de Adjudicación, el informe de evaluación y el SICP; se solicita a la convocante que tenga en cuenta dichas diferencias al momento de subsanar. Asimismo, estas correcciones deberán reflejarse en el SICP, tanto en la carga de datos del monto total adjudicado del proceso, en el apartado “Datos del Resultado”, como en la verificación y correcta carga de los lotes en el apartado “Productos, Bienes y Servicios”, a fin de evitar incongruencias entre la documentación respaldatoria y lo registrado en el sistema.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta de datos en la Resolución
Descripción
En la Resolución de la máxima autoridad solicitamos indicar correctamente los datos del adjudicado, estableciendo claramente el nombre, el monto y RUC del proveedor.
Comentario
1. Atendiendo a lo estipulado en la Resolución de Adjudicación, se visualiza que, en el apartado correspondiente a “Considerando”, se indicaron los lotes declarados desiertos en virtud del inciso c) del artículo 56 de la Ley N.º 7021/22; sin embargo, no se coteja dicha declaración en el apartado “Resuelve” del acto administrativo expedido por la máxima autoridad. Por lo tanto, se solicita a la convocante que realice las modificaciones pertinentes, conforme a lo establecido en la normativa vigente.// 2. Atendiendo a que la Resolución de Adjudicación no fue suscrita por la máxima autoridad de la institución, solicitamos a la convocante que se ajuste a lo establecido en el artículo 59, inciso b), de la Resolución DNCP N.º 4401/23, el cual dispone que la adjudicación deberá ser emitida por la máxima autoridad o por quien esta delegue, mediante disposición expresa. En consecuencia, solicitamos remitir la documentación respaldatoria correspondiente que acredite dicha delegación de facultades.