Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
20-11-2025 - 16:50
Fecha de Fin
24-11-2025 - 15:42
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Se recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15 de la Resolución DNCP N.° 230/2025, las convocantes son responsables en forma exclusiva de los procedimientos de contratación que lleven a cabo, de los actos administrativos que se deriven de los mismos, del contenido e integridad de los documentos contractuales suscritos, de las cantidades y precios adjudicados, de la regularidad de los pagos efectuados, así como del control, seguimiento y ejecución de los contratos. Asimismo, se recomienda a la convocante ajustarse a lo establecido en la Resolución DNCP N.° 2647/2025, a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
Atendiendo a la observación realizada en el llamado, en la cual se indicó que “los Códigos de Catálogo utilizados no se encuentran vinculados al Objeto del Gasto 396”, y considerando que mediante la Nota de Contestación N° 497/2025, de fecha 25 de septiembre de 2025, la convocante procedió a realizar la modificación correspondiente, asociando correctamente los ítems al Objeto de Gasto 390; sin embargo, se verifica que en la etapa de adjudicación la convocante nuevamente realizó la carga en el SICP, en el apartado “Presupuesto”, utilizando el Objeto de Gasto 396. Por lo tanto, se solicita a la convocante efectuar las correcciones pertinentes, conforme a lo establecido en la convocatoria. Tener en cuenta y subsanar antes de la remisión del contrato.
