Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cmzarate
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
08-10-2024 - 11:54
Fecha de Fin
14-10-2024 - 14:58
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Se requieren bienes/servicios, que según lo establecido en el Clasificador Presupuestario corresponden a Sub grupos distintos a los previstos en la presente contratación
Descripción
Conforme a las Especificaciones Técnicas se constata que se licitarán bienes/servicios, que según lo establecido en el Clasificador
Presupuestario corresponden a Sub grupos distintos a los previstos en la presente contratación. Se solicita se realicen las modificaciones pertinentes
Comentario
Se solicita realizar los tramites a fin de ajustarse a las disposiciones normativas, por lo cual, se reitera: Se observa que en el computo métrico se incluyen rubros que no aplican al objeto de gasto utilizado 522.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
1- Se verifica que se realizan las justificaciones a través de una nota, por lo cual, se solicita realizarlo por un Dictamen complementario, con su acto administrativo. 2- Se puede deducir que la convocante realiza el proceso con aviso de intención de compra porque es la vía mas rápida, ante la falta de planificación de un procedimiento convencional. Recordamos que la negligencia e imprevisión en la planificación de las contrataciones por parte del funcionario o servidor público será sancionada en los términos de la Ley de la Función Pública o conforme al régimen disciplinario que sea aplicable.3-Solicitamos ampliar el Dictamen UOC del supuesto de excepción, con su correspondiente acto administrativo que lo apruebe, aclarando que hecho/s ha/n dificultado a la misma, realizar el llamado a través de un procedimiento ordinario, por Vía de la Excepción con difusión previa o SBE, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión. Ya que, con la indicación de que el proceso es realizado por esta vía para acortar los plazos del proceso licitatorio, se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
Informe de evaluación: Capacidad financiera: No se observa detalles del desglose del coeficiente de liquidez. Activo corriente/pasivo corriente.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
En el Dictamen de acreditación del supuesto de excepción, se mencionan normativas que, al momento de la comunicación del proceso de referencia,
ya se encontraban sin vigencia.
Comentario
Solicitamos acompañar mayores datos respecto a la urgencia invocada, como antecedentes de hechos que impidieron realizar una convocatoria ordinaria
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.