Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Segunda Etapa
Fecha de Solicitud
14-08-2025 - 15:10
Fecha de Fin
21-08-2025 - 12:15
Estado
Observaciones
Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Carga de Datos
Situación
Plazo de ejecución y monto de la linea
Descripción
Se indica a la convocante que el Art. 120 de la Ley Nº 7050/2023 menciona “…la obligación es un vínculo jurídico financiero entre
un Organismo o Entidad del Estado y una persona física o jurídica. En materia de provisión de bienes, obras o servicios,
la obligación se consolida con la entrega efectiva a satisfacción del bien o servicio debidamente documentado” y
el Art. 22 de la Ley 1535/99 de Administración Financiera del Estado establece cuanto
sigue: “El cumplimiento de las obligaciones financieras será simultáneo a la incorporación de bienes y servicios”.
Consecuentemente solicitamos a la convocante verificar el monto establecido en la linea presupuestaria.
Comentario
Atendiendo a que el presente procedimiento licitatorio no reviste la característica especial de la plurianualidad, de acuerdo a lo indicado en la convocatoria, se constata que la vigencia del contrato sobrepasa el ejercicio fiscal en curso, la misma fue establecida en doce (12) meses contados a partir de su suscripción.
Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
El Cdp remitido no tiene todas las firmas
Descripción
El CDP remitido no tiene todas las firmas requeridas, correspondientes al responsable de la Unidad de Administración y Finanzas (UAF’s) y/o,
Subunidad de Administración y Finanzas (SUAF’s), de la Unidad de Presupuesto y/o del Control Interno. Se solicita sea subsanada la mencionada inconsistencia.
Comentario
Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ciertas cláusulas del contrato difieren con lo establecido en la pro forma de contrato del Pliego de Bases y Condiciones.
Descripción
Cierta/s cláusula/s del contrato/orden de compra remitido difiere/n con lo establecido en la pro forma de contrato/orden de compra
Comentario
Atendiendo a que el presente procedimiento licitatorio no reviste la característica especial de la plurianualidad, de acuerdo a lo indicado en la convocatoria, se constata que en la cláusula cuarta del contrato se establece lo siguiente: “Los pagos correspondientes a los siguientes ejercicios fiscales estarán sujetos a la aprobación presupuestaria correspondiente”. En tal sentido, ello resultaría inconsistente, considerando que se pretende realizar el pago por la totalidad del monto adjudicado conforme al monto consignado en la línea presupuestaria y monto del periodo del SICP.