Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Segunda Etapa
Fecha de Solicitud
12-09-2023 - 12:11
Fecha de Fin
13-09-2023 - 16:41
Estado
Contrato Publicado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Carga de Datos
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
En el contrato N°52 se debe discriminar lo concerniente a la vigencia del contrato, ya que; en el Lote N°1 se subdividió en dos sistemas del ítem 1 al 3 contrato cerrado y desde el ítem 4 al 64 contrato abierto. Por lo tanto, para contratos cerrados se indica a la convocante que la vigencia del contrato debe ser hasta el cumplimiento de las obligaciones contractuales/hasta la recepción definitiva de obras, considerando que el proceso se realiza por contrato cerrado. Así también, para contratos abiertos se indica a la convocante que de acuerdo a las normativas vigentes la vigencia del contrato debe ser una fecha exacta.

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Carga de Datos
Situación
Se difunde el proceso conforme a la justificacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario
La convocante realizó la carga de una Nota dirigida al Director como respuestas a las observaciones realizadas en la que hacen mención a lo siguiente: "El plazo de vigencia establecido en el PBC y en el Contrato es correcto, ya que debe unificarse dicho plazo para todos los ítems que conforman el lote, aunque algunos de estos ítems sean cerrados, ya que el plazo de ejecución debe ser congruente, considerando que la adjudicación es por lote y no por ítem. Por lo que, todo el lote debe indefectiblemente ejecutarse dentro del mismo plazo de prestación y vigencia; no siendo coherente en la etapa de ejecución contractual hacer una diferenciación por el solo hecho de que combinen ítems cerrados y abiertos"