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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
03-12-2024 - 15:04
Fecha de Fin
09-12-2024 - 15:51
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1)-En el SICP, vista Detalle del Proveedor, específicamente en la pestaña Datos del contrato, se indica Fecha fin contrato: 31/12/2024, se le consulta dichos datos corresponden, considerando la vigencia contractual establecida en el contrato.// 2)-Atendiendo al plazo de ejecución y/plan de entrega, fecha de formalización de contrato y que el proceso no es de carácter plurianual, se le indica a la convocante que el Art. 117 de la Ley N.º 7228/2024 menciona “…la obligación es un vínculo jurídico financiero entre un Organismo o Entidad del Estado y una persona física o jurídica. En materia de provisión de bienes, obras o servicios, la obligación se consolida con la entrega efectiva a satisfacción del bien o servicio debidamente documentado” y el Art. 22 de la Ley 1535/99 de Administración Financiera del Estado establece cuanto sigue: “El cumplimiento de las obligaciones financieras será simultáneo a la incorporación de bienes y servicios”. Consecuentemente solicitamos a la convocante verificar el monto establecido en la línea presupuestaria.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Para que pueda constituirse el supuesto de excepción se deben dar las todas las condiciones mencionadas en la normativa legal vigente, y no solamente alguna/s de ellas.
Comentario
3)-Se solicita el Dictamen ampliatorio con su correspondiente Acto administrativo que lo apruebe - del supuesto de excepción, a los efectos de acreditar la pertinencia de la Contratación por Vía de la Excepción, aclarando que hecho/s ha/n dificultado a la misma, realizar el llamado a través de un procedimiento convencional, por Vía de la Excepción con difusión previa o procedimientos especiales, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión, ya que, con la indicación de que el proceso es realizado por esta vía para acortar los plazos del proceso licitatorio, se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Asimismo, se recuerda que la figura de los procedimientos de contratación por excepción debe ser resguardada para casos de situaciones y/o eventos presentados de manera impredecibles y que pudieran escapar de una PLANIFICACIÓN ordinaria y no como un mecanismo para reducir los plazos de contratación.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
4)-Informe de evaluación: No se visualiza la evaluación del siguiente punto: autorización del fabricante o distribuidor autorizado, el cual se encuentra exigido en el PBC-AVISO DE INTENCIÓN.// 5)- Acta de apertura de Ofertas: Se le recuerda el contenido mínimo del acta que debe considerar la convocante, Art. 73 del Decreto 2264/24 y Art. 71 del mismo cuerpo legal.// 6)- Acta de apertura, no se visualiza el RUC del oferente.// 7)- Informe de evaluación-Numeral 6-Tabla comparativa de precios de las ofertas ajustadas por errores aritméticos y márgenes de preferencia: No se expresa la evaluación/análisis y conclusión final, se solicita subsanar.// 8)- Informe de evaluación-Numeral 8- Capacidad Financiera: no se visualiza la evaluación completa de los documentos exigidos en el PBC-AVISO DE INTENCIÓN, el cual exige: a) Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020, 2021 y 2022 para Contribuyentes de IRACIS, así como Impuesto a la Renta Formulario 101 correspondientes a los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023.// 9)- Informe de evaluación-Pagina 5 y 6: el análisis de los ratios financieros no coinciden con los años exigidos en el PBC-AVISO DE INTENCIÓN.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.
Comentario
10)-El informe de evaluación remitido, carece de todas las firmas en ciertas paginas, por lo que se solicita su aclaración y recordarle lo requerido en el Art. 82 del Decreto N° 2264/24,( no se individualiza a los integrantes, no se visualiza específicamente del cargo y las aclaraciones de firmas de los integrantes/encargados del informe de evaluación).//

Tema
DEFICIENCIAS O ERRORES EN FORMULARIOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Atendiendo a que no se cuenta con Pliego de Bases y Condiciones/carta de invitacion aprobado para el objeto del llamado, deberán adjuntar al mismo los formularios que seran requeridos junto con la oferta, conforme a las normativas vigentes.
Comentario
11)- Atendiendo a que no se cuenta con Pliego de Bases y Condiciones/carta de invitación aprobado para el objeto del llamado, deberán adjuntar al mismo los formularios que serán requeridos junto con la oferta, conforme a las normativas vigentes.

Tema
FALTA DE REMISION DE DOCUMENTOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Omisión de remisión de documentos
Descripción
Se solicita la remisión del documento.
Comentario
12)-Se solicita acompañar lo siguientes documentos establecidos el marco legal vigente: a)- Dictamen técnico en el cual se sustenten las especificaciones técnicas.// b)- Dictamen de precio referencial y antecedente de Estimación de Costos, acompañado de los documentos respaldatorios.// c)- Acto Administrativo de la autoridad competente de la convocante por la cual se aprueba el procedimiento de contratación por Vía de la Excepción y el PBC/aviso de intención.// d)- Resolución de la máxima autoridad de la convocante que resuelva la adjudicación, convalide lo actuado y dé por acreditado el supuesto de excepción.//

Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Faltan datos en el contrato/orden de compra
Descripción
Se observa que los datos indicados en las cláusulas del contrato/orden de compra son inconsistentes con lo establecido en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
13)-La clausula 4 del contrato remitido indica como N° DE ID 467, el cual no corresponde, debiendo ser el ID 458711.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.