Datos de la Verificación
Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
04-11-2025 - 08:30
Fecha de Fin
11-11-2025 - 15:14
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Visita técnica con posible plazo insuficiente.
Descripción
Atendiendo a la fecha o fechas topes establecidas para las visitas técnicas, se recomienda prorrogar el plazo para realizar las mismas.
Comentario
Se verifica que la visita técnica, no dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 41. Visita o inspección técnica. de la Resolución 230/25, que para los procesos de excepción que requieran realizar una visita técnica, se debe utilizar lo establecido para lo procedimientos convencionales y no al arbitrio de la convocante. por lo que la justificación emitida no corresponde y se mantiene la observación. (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Periodo de Validez de la Garantía
Descripción
Se verifica que el periodo de validez de la garantía de mantenimiento de ofertas establecida en la presente contratación,
no se adecua las Instrucciones a los Oferentes que requieren que la Garantía de Mantenimiento de Ofertas permanezca válida cuanto menos por 30 días posteriores
al período indicado en las DDL correspondiente a la validez de las ofertas, o del período prorrogado
Comentario
La justificación de la contratante no corresponde, teniendo en cuenta que del contrato suscripto se desprende de la cláusula sexta la vigencia del contrato: "desde la firma del contrato hasta la recepción definitiva... " por lo que la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato no corresponde, como ya se ha observado anteriormente, lo que la contratante detalla es el plazo de ejecución que posee el contratista) lo cual no es lo mismo. teniendo en cuenta que la norma de manera taxativa menciona "La vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá extenderse por treinta días corridos adicionales al fin del plazo de vigencia contractual." (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
Se verifica ítems con códigos de catálogos incorrectos, la contratante debe hacer la solicitud correspondiente al departamento de Informática de la DNCP. (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
La forma de instrumentación de la garantía seleccionada no corresponde.
Descripción
Se solicita a la convocante que utilice las formas de instrumentación de la garantía de mantenimiento de ofertas
y/o de fiel cumplimiento de contrato conforme a las normativas legales vigentes.
Comentario
Se verifica que la firma adjudicada ha presentado la GMO, en forma de declaración jurada incumpliendo el Artículo 7°. Garantía de Mantenimiento de Oferta. de la resolución 230/25, y el aviso de intención publicado, por lo que se verifica una inconsistencia entre lo requerido y presentado., se solicita una justificación técnica, teniendo en cuenta que no es un error de carga en el SICP como refiere la contratante. (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Para que pueda constituirse el supuesto de excepción se deben dar las todas las condiciones mencionadas en la normativa legal vigente,
y no solamente alguna/s de ellas.
Comentario
De la revisión del expediente se constata que la convocante justifica la contratación excepcional con base una solicitud de la institución educativa: // Sin embargo, la fundamentación presentada no reúne los elementos exigidos por la Ley N° 7021/2022 y su normativa reglamentaria para configurar la causal de urgencia impostergable, conforme al artículo 40, numeral 2), inciso c), por las siguientes razones: 1) Falta de acreditación técnica: No se acompañan informes, dictámenes, actas o fotografías que respalden objetivamente la existencia del hecho que motiva la contratación 2)Carencia de imprevisibilidad: El mal estado del aula constituye una situación prolongada y previsible en el tiempo, lo cual descarta el carácter repentino o sobreviniente requerido para configurar una urgencia impostergable, es mas en el permiso del MEC se habla que la realización de la reparación se encuentra dentro de la micro planificación anual. 3)Actualidad del hecho: No se evidencia un acontecimiento reciente que agrave de forma súbita la circulación, de modo que habilite jurídicamente la aplicación de la causal excepcional prevista. Procedimiento aplicable: Conforme a lo dispuesto por la Resolución DNCP N° 230/2025, las convocantes deben optar preferentemente por el procedimiento con difusión previa. No se encuentra debidamente justificado el motivo por el cual se recurrió al mecanismo de aviso de intención de compra, que implica un nivel menor de publicidad y concurrencia. En consecuencia, la justificación presentada resulta insuficiente para amparar la contratación bajo la causal de urgencia impostergable, pudiendo derivar en un uso indebido de la excepción al procedimiento competitivo ordinario. (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
Ninguna de las resoluciones remitidas da por acreditado el supuesto de excepción como lo requiere el articulo Artículo 95. Publicación y documentos del procedimiento con aviso de intención de compra. de la Resolución DNCP 230/25 y conforme al mismo articulado tampoco se remite Acto administrativo que designa al Administrador del contrato; ni las Bases Concursales que debe coincidir íntegramente con el contenido mínimo del aviso de intención de compra publicado. (solo se remite nuevamente el aviso de intención publicado)/// No se da cumplimento al plazo de formalización de los contratos de excepciones (3 días hábiles de la notificación de la adjudicación) conforme lo requiere el articulo Artículo 169. Formalización del contrato. de la Resolución DNCP N° 230/2025), por lo que se solicita justificación técnica y legal además de la DDJJ. (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Las observaciones han sido reiteradas en su totalidad con respecto a la retención de fecha (15/09/2025) debido a que la contratante solo ha remitido la copia de una Resolución de la DNCP en el cual se ha expedido sobre algunos aspectos que en su momento fueron impugnados; sin embargo, no ha remitido puntualmente las respuestas a cada una de las observaciones. Por consiguiente, se requiere de la remisión de las documentaciones que correspondan para resolver cada punto de las mismas.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Solicitamos remitir la autorización del MEC.
Comentario
La autorización del MEC aprueba otra obra dentro de la institución porque la misma no se realizara? (Reiteración)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación,
creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos
necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario
La documentación remitida como EETT, se encuentra cortada se solicita remitir la documentación de manera integra. (Reiteración)
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
