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Datos de la Convocatoria

Características Especiales
Ley Nº 2051/03 Plurianual
ID de Licitación
195161
Nombre de la Licitación
ADQUISICION DE UN RETROEXCAVADORA
Convocante
Municipalidad de Mayor Otaño
Categoría
22 - Maquinarias, Equipos y herramientas mayores - Equipos de transporte
Unidad de Contratación
Uoc Mayor Julio D. Otaño
Tipo de Procedimiento
CO - Concurso de Ofertas
Porcentaje de Garantía de Mantenimiento de Ofertas
5%
Tipo de Garantía
Póliza o Garantía Bancaria
Estado
Adjudicada
Fecha de Publicación
14-04-2010 - 10:56

Etapas y Plazos

Lugar para Realizar Consultas
MUNICIPALIDAD DE MAYOR OTAÑO UOC
Fecha Límite de Consultas
jueves, 22 de abril de 2010 - 12:00
Lugar de Entrega de Ofertas
MUNICIPALIDAD DE MAYOR OTAÑO UOC
Fecha de Entrega de Ofertas
martes, 27 de abril de 2010 - 07:30
Lugar de Apertura de Ofertas
MUNICIPALIDAD DE MAYOR OTAÑO UOC
Fecha de Apertura de Ofertas
martes, 27 de abril de 2010 - 07:45
Observaciones
Llamado procesado conforme al art. 210 de la Ley 3966/2010 Nueva Ley Orgánica Municipal Llamado y adjudicación procesados sin autorización o aprobación previa de la DNCP, conforme al art. 210 de la nueva ley N° 3.966 Orgánica Municipal

Adjudicación y Contrato

Sistema de Adjudicación
Por Total
Fuente de Financiamiento
Recursos Institucionales (Fuente 30)
Anticipo
No se otorgará Anticipo
Vigencia del Contrato
2 Años

Datos del Contacto

Nombre
EVER ALDO CAMACHO ORTIGOZA
Cargo
RESPONSABLE DE UOC
Teléfono
067120096
Correo Electrónico
motano@contrataciones.gov.py

Informaciones Importantes

  • Observaciones de la Convocante: Llamado procesado conforme al art. 210 de la Ley 3966/2010 Nueva Ley Orgánica Municipal Llamado y adjudicación procesados sin autorización o aprobación previa de la DNCP, conforme al art. 210 de la nueva ley N° 3.966 Orgánica Municipal
  • Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
  • Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma