Datos de la Verificación
Usuario Verificador
hfernandez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
19-06-2024 - 13:33
Fecha de Fin
21-06-2024 - 15:05
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
En los procesos de «Servicios de catering», el crédito presupuestario de la Institución supera el tope anual establecido en las normativas vigentes.
Descripción
Verificado el monto estimado para el llamado de referencia, vemos que el crédito presupuestario de la Institución supera
el tope anual establecido para la contratación de «Servicios de catering» en las reglamentaciones vigentes.
Se solicita sean realizados los ajustes correspondientes.
Comentario
Se indica lo siguiente "el proceso se encuentra amparado en lo dispuesto en el artículo 468 del Decreto 1092" sin embargo en este artículo se indica que se exceptúan "Gabinete Civil, MINNA, MRE, Empresas Públicas y servicios de salud". Tener en cuenta las siguientes normativas: Art. 284 de la Ley 7228 de Presupuesto y el artículo 4 de la Ley 6622 de racionalización del gasto público.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
Remiten nota de correo interno lo cual no corresponde, servicios de catering relacionados con actos de la Institución que incluyan la participación extranjera hacerlo a través del medio correspondiente nota oficial, no por un correo interno subsanar la deficiencia mencionada.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Instamos a la convocante tener en cuenta los lineamientos de la circular DNCP Nº27/24 Modelo de Dictamen Técnico de carácter orientativo que deberá completarse de acuerdo a los requisitos exigidos en cada procedimiento de contratación. Además remitir porcentaje de incidencia ya que el presente llamado es de contrato abierto.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
