Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 MUESTRAS Vemos que se requiere entregar muestras de los dispositivos, también que el pliego define unos requerimientos técnicos. Procede entonces preguntar y pedir al Ministerio que defina cuál es el protocolo “objetivo y medible” de pruebas a los dispositivos, a fin de determinar si las muestras aportadas por cada oferente cumplen o no cumplen con los requerimientos técnicos y funcionales. Definido el protocolo de pruebas sobre los dispositivos, cuál es el efecto en la oferta cuyas pruebas no pasen? Siendo que el oferente debe ser parte de la ejecución de las pruebas, es importante que el ministerio defina cuántas personas pueden atender el protocolo de pruebas, cuál es el horario máximo para cada ofertes y demás detalles de ese ejercicio. Pedimos el ministerio que llegado el momento, publique los resultados de las pruebas adelantadas a los dispositivos, para el cual levante un acta firmada por el oferente tras finalizar las pruebas, de esa manera no habría lugar a objeciones sobre los resultados. 22-08-2024 30-10-2024
32 MODELO DE CONTRATO - UNIDAD DE MEDIDA PAG 14.- El modelo de contrato, como se ve a continuación, solicita una UNIDAD DE MEDIDA y un PRECIO UNITARIO. Corresponde esa UNIDAD DE MEDIDA a 1 dispositivo entregado o monitoreando? Y el PRECIO UNITARIO es el valor mensual que el Ministerio pagaría al contratista por cada dispositivo entregado? Nro. De Ítem/Lote Descripción Unidad de Medida Presentación Cantidad Precio Unitario Monto Total (mensual) 1 Servicio de Rastreo Electrónico de Personas Procesadas Unidad Unidad 1 (mensual) del cuadro de precios del contrato corresponde al precio unitario multiplicado por 30 días, siendo el precio unitario el valor a pagar por dispositivo entregado? ¿Cómo se convierte el precio ofertado, y en particular los componentes fijos y variables a este precio unitario en el contrato? 22-08-2024 30-10-2024
33 COSTOS FIJOS Y VARIABLES La oferta solicita que se presente un desglose de los componentes fijos y los variables del precio. El Ministerio pretende pagar una tarifa por el componente fijo y otra tarifa por el componente variable? En tal caso dónde está esto reflejado en el modelo del contrato? 22-08-2024 30-10-2024
34 CRITERIOS DE EVALUACIÓN – Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación. DONDE DICE: 8.2 Personas Jurídicas Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.(*) Se visualiza que el documento está marcado con 1 asterisco, lo cual indica que se trata de un documento sustancial. Se informa que el Decreto Reglamentario 2264/2024, de la Ley 7021/2022, en su artículo 79, establece cuáles son los documentos considerados como sustanciales, y entre ellos no se encuentra la Constancia de RUC. Favor explicar como un documento no establecido como sustancial en la Ley puede ser incluido como tal en el Pliego de Bases y Condiciones. 23-08-2024 30-10-2024
35 CONSULTA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN - EXPERIENCIA REQUERIDA DONDE DICE: “Demostrar experiencia en la provisión remunerada de servicios de soporte y mantenimiento de sistemas de monitoreo, compuesto por al menos 500 (quinientos) dispositivos distribuidos geográficamente, en un solo sistema…” Considerando que en nuestro país no existen precedentes para el servicio específico objeto del llamado, y que existen en el mercado distintos tipos de servicios de monitoreo y de dispositivos, se solicita aclarar: • ¿Cuáles son los tipos de soporte y mantenimiento de sistema de monitoreo aceptados? Ej: Monitoreo por GPS para vehículos, monitoreo de alarmas, monitoreo de sistemas de circuito cerrado de vigilancia, etc… • Favor citar los tipos de dispositivos que serán considerados como válidos, para la experiencia de 500 dispositivos distribuidos geográficamente, en un solo sistema…” La aclaración de lo solicitado es indispensable para una evaluación imparcial y objetiva, conforme lo establece el artículo 45 de la Ley 7021/22 y el artículo 58 del Decreto Reglamentario N° 2264/24 que indican que “…SERÁ OBLIGACIÓN DE LAS CONVOCANTES elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y DEBERÁN SER SUFICIENTEMENTE CLARAS, OBJETIVAS E IMPARCIALES PARA EVITAR FAVORECER A ALGÚN PARTICIPANTE. Así también, se recuerda que de mantenerse requisitos pocos claros, se comprometen los principios de imparcialidad y de igualdad y libre competencia, viciando de irregularidades el proceso licitatorio en detrimento de la satisfacción del interés público. 23-08-2024 30-10-2024
36 CONSULTA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TÉCNICA Y REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA DONDE DICE EN EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA: • Poseer al menos 1 (un) profesional egresado en las áreas de ingeniería informática, y/o electrónica, y/o electricidad o afines, perteneciente al staff, encargado de liderar los trabajos de mantenimiento y soporte (coordinador de servicios). Y EN EL REQUISITO DOCUMENTAL: • Currículo vitae, copia de título universitario y copia de planilla de pago de IPS donde consten los datos del profesional propuesto. Se solicita excluir el requisito de que el profesional propuesto se encuentre en relación de dependencia con el oferente. Considerando que el software y dispositivos requeridos serán probados por primera vez en el mercado nacional, carece de sentido contar con un profesional en la nómina, considerando que formar parte de la nómina no le otorga el conocimiento para liderar los trabajos de mantenimiento y soporte. En este sentido, si previa a la publicación del llamado, la convocante hubiese realizado una investigación de mercado razonable como se ordena en la resolución del MEF 228/24, notarían que los profesionales de este tipo cuentan con sus propias consultoras o son profesionales independientes. Por tanto, se solicita modificar el requisito por una carta del profesional, en la cual se comprometa a formar parte del proyecto en caso de que el oferente sea adjudicado. 23-08-2024 30-10-2024
37 CONSULTA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TÉCNICA Y REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA DONDE DICE: Deberá presentar junto con la oferta, el certificado del fabricante que detalle que la infraestructura donde se encuentra montado el Software de Monitoreo de Personas cuenta con clasificación de nivel 3. CON RELACIÓN AL REQUERIMIENTO MANIFESTAMOS LO SIGUIENTE: a) El tipo de software objeto del llamado, es instalado por la empresa propietaria de la herramienta, en el servidor del cliente, por tanto, solicitar al fabricante el detalle de la infraestructura donde se encuentra montado el software, no tiene ningún sentido y además es inaplicable a objetos de una evaluación. Se solicita que se realice una adecuada investigación de mercado, de manera a no incluir requisitos que no tienen ningún tipo de sentido y que provocarán inconvenientes para una adecuada evaluación e incluso se corre el riesgo de declarar desierto el proceso por no haber realizado mínimamente una audiencia pública con potenciales oferentes, siendo este un proyecto que se lanza por primera vez en la República del Paraguay. b) Favor especificar los requerimientos o normas a las que se debe ajustar la “clasificación nivel 3” requerida, o indicar de donde fue copiado el requerimiento para incluirlo en el presente llamado. c) Se consulta si la infraestructura de los servidores dónde será instalado el software, debe ser “TIER 3” en lugar de “Nivel 3”. 23-08-2024 30-10-2024
38 CONSULTA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TÉCNICA Y REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA DONDE DICE EN EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA: • Presentar nómina de al menos 10 (diez) personales destinados al servicio de monitoreo con sus respectivos carnets de técnico en Monitoreo expedido por la dirección de delitos económicos de la Policía Nacional; Y EN EL REQUISITO DOCUMENTAL: • “Currículo vitae, carnet técnico en Monitoreo…” Se informa que la Dirección de Delitos Económicos de la Policía Nacional no expide “Carnets Técnicos en Monitoreo”, esto es fácilmente constatable acudiendo a sus oficinas solicitando la expedición del carnet, como fue el caso de nuestros operadores que acudieron a la dirección de delitos económicos de la policía nacional para obtener el carnet, y recibieron respuesta de que no expiden ese documento. Por otro lado, se informa que si se expiden Carnets de Idoneidad para técnicos instaladores de equipos GPS. Favor excluir el requisito de la presentación de “Carnet de Monitoreo” por ser de cumplimiento imposible por los motivos expuestos. 23-08-2024 30-10-2024
39 CONSULTA: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DONDE DICE: Los dispositivos utilizados para el servicio de rastreo deberán estar homologados por la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL) al momento de la oferta. Se solicita la exclusión del requisito. El motivo de la solicitud, se sustenta en que es la primera vez que en la República del Paraguay se realiza un proceso de licitación para la provisión de dispositivos para rastreo de personas procesadas, y este tipo de provisión no se realiza en el sector privado, por la obvia razón que en el sector privado no se procesan ni privan de libertad a las personas, por tanto, es imposible que alguna persona física o jurídica pueda realizar los trámites de homologación del tipo específico de equipo requerido en el presente llamado, para el día de apertura de ofertas. En el caso de que una empresa haya iniciado los trámites de homologación con anterioridad a la publicación del presente llamado, obviamente fue informada de manera previa y sin conocimiento de potenciales oferentes, comprometiendo principios fundamentales de la Ley 7021/22, como los de imparcialidad, igualdad y libre competencia, transparencia y publicidad y otros, exponiendo el proceso a impugnaciones y denuncias que con todo derecho iniciarán los agraviados. En el caso de no excluir el requisito, y teniendo en cuenta que la solución ofertada es un servicio temporal, y los bienes no quedarán como propiedad de la convocante, se solicita aplicar lo establecido en el artículo 2° de la Resolución de Directorio CONATEL N° 588/2009, que dice: “Serán exonerados de Homologación los equipos y aparatos de telecomunicaciones de procedencia extranjera en tránsito o de utilización temporal dentro del país. SIN EMBARGO, EL USO EN ESTAS CONDICIONES DEBERÁ CONTAR CON LA PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA CONATEL”. En este caso, se solicita al Ministerio del Interior solicitar a la CONATEL, la expedición de la autorización en un plazo que permita participar en la licitación, y de esa manera no comprometer el principio de economía y eficiencia, privando la posibilidad de recibir ofertas que posibiliten mejores condiciones de contratación para el estado, en una licitación de gran magnitud como la presente. 23-08-2024 30-10-2024
40 CONSULTA: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DONDE DICE: “Se deberá considerar en el marco de la presente contratación, la prestación de hasta a 1.000 (mil) servicios diarios de supervisión, monitoreo y rastreo electrónico de personas procesadas y/o condenadas…” Teniendo en cuenta la magnitud de la inversión inicial, debido a que se debe contar con 1.000 tobilleras y toda la estructura física y tecnológica requerida, se solicita lo siguiente: • ¿Se cuenta con un listado inicial de cantidad aproximada de tobilleras a ser utilizadas dentro de los primeros 90 días de iniciado el contrato? • ¿Existe una cantidad mínima de servicios mensuales estimada? En caso de respuesta afirmativa, compartir los datos sobre los cuales concluyeron la cantidad estimada. 23-08-2024 30-10-2024
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