Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo de Adenda
Fecha de Solicitud
19-02-2025 - 13:51
Fecha de Fin
21-02-2025 - 15:22
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Establecen fecha vencida al momento de la verificación del llamado.Visita técnica
Descripción
La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos.
Comentario
Se toma conocimiento de lo indicado por la convocante en la nota de reparo G.A.L.D.O.P N° 08/2025, sin embargo no corresponde. La convocante ha mencionado en la nota lo siguiente: "Se aclara que no es necesario ampliar el tope de consulta ni la fecha de visita técnica debido a que en dos ocasiones YA SE REALIZARON DICHAS VISITAS contando con muchos oferentes", no obstante se puede visualizar en el pbc publicado en el portal público, en la clausula de visita de ejecución al contrato lo siguiente "Fecha: SE INDICARA EN EL SICP, DOS DIAS ANTES DEL TOPE DE CONSULTA". Sin embargo, la fecha original de apertura publicada en el portal era 24 de enero de 2025, y la de límite de consultas viernes, 17 de enero de 2025, y considerando que la convocante indica en la adenda fecha de visita técnica 10-01-2025 - 10:00, no se cumplen los dos días antes del tope de consulta indicados previamente en el pliego y de acuerdo a lo ya publicado en el portal.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.