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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cmzarate
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-08-2024 - 08:49
Fecha de Fin
21-08-2024 - 17:04
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Análisis de los balances correspondientes a ejercicios fiscales cerrados
Descripción
Solicitamos a la convocante actualizar los años mencionados como requisito de evaluación, ya que los ejercicios fiscales cerrados corresponden a los últimos 3 años a ser solicitados en dicho apartado.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta no coincide con lo establecido en el SICP, se solicita subsanar.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
Solicitamos ampliar el Dictamen UOC, del supuesto de excepción, con su correspondiente acto administrativo que lo apruebe, aclarando que hechos han impedido el desarrollo de la elaboración de la convocatoria ordinaria durante el tiempo de la ejecución del contrato anterior, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión. Ya que, con la indicación de que el proceso es realizado por esta vía para acortar los plazos del proceso licitatorio, se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Recordamos que; la figura de los procedimientos de contratación por excepción debe ser resguardada para casos de situaciones y/o eventos presentados de manera impredecibles y que pudieran escapar de una planificación ordinaria y no como un mecanismo para reducir los plazos de contratación. Además, de especificar qué hecho/s ha sido la causa de la urgencia en atención a que la necesidad de un servicio no es una urgencia impostergable por sí mismo.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Solicitamos acompañar mayores datos, respecto a la urgencia invocada: (informes técnicos, notas de solicitudes, memorándums, etc.) como antecedentes de hechos que impidieron realizar una convocatoria ordinaria durante la ejecución del contrato anterior.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.