Datos de la Verificación
Usuario Verificador
lmgodoy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
06-09-2024 - 08:41
Fecha de Fin
09-09-2024 - 16:45
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
- Se solicita verificar la pertinencia de solicitar el certificado de registro sanitarios con las siglas "MB" para medicamentos biologicos, que respaldan que el bien requerido puede ser comercializado legalmente.
- En cuanto al requerimiento "...Los productos deberán presentar los estudios de demostración de equivalencia terapéutica en caso de los productos
innovadores presentarán copia autenticada de Certificado de Libre Venta, emitido por una entidad regulatoria de
referencia. FDA o EMA ( No quieren presentar estudios mencionados)..." se solicita indicar quien debe emitir dicha documentación.
- Se verifica "...( No quieren presentar estudios mencionados)..." se solicita explicar la inicidencia del requerimiento asÍ establecido y por qué dicho requisito resulta técnicamente indispensable.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Lista de precios difiere con las EETT
Descripción
En la Lista de Precios del SICP, solicitamos indicar las Descripciones de los bienes/ servicios requeridos conforme
a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, a fin de unificar las informaciones.
Comentario
- En el PBC: En las especificaciones técnicas, si bien se verifica la U.M y la presentación de todos los items; se solicita establecer también la forma farmaceutica de los bienes requeridos para su identificación. (ejemplo: comprimido o inyectable).
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.