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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
23-08-2024 - 11:14
Fecha de Fin
28-08-2024 - 18:33
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1 ) Datos para la identificación al sitio de obras (en este apartado no se ha indicado los siguientes datos: Finca o Matrícula Nº ni Padrón o Cuenta Corriente Catastral Nº de las siguientes Instituciones Educativas: 5 Construcción de Muralla Colegio Nacional Itavera Puerto Irala, 18 Construcción de Sanitarios Esc. Bas. 4772 Divino Niño Jesús Hernandarias, 23 Construcción de Muralla Esc. Bas. 6218 Virgen de las Mercedes Minga Guazú, 24 Construcción de Tinglado Esc. Bas. N.º 7308 Nuestra Señora de Fátima CDE, 31 Construcción de Muralla Esc. Bás. 1632 Augusto Roa Bastos CDE.//2 ) Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos (favor ajustarse a lo dispuesto en el ART. 191 de la Ley 7228/2024).// Periodo de construcción, lugar y otros datos: No se ha indicado a partir de qué acto o hecho se computaría el plazo de ejecución.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
En el plano del lote 15 para la CONSTRUCCIÓN COCINA COMEDOR- ESCUELA BÁSICA Nº 2777 SAN ISIDRO LABRADOR- DISTRITO DE LOS CEDRALES mencionan distrito de IRUÑA en lugar de Los Cedrales.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la proforma de contrato, específicamente en cláusula que hace referencia a la vigencia del contrato que la validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22)].

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
1 ) En el permiso Municipal de la Municipalidad de Ciudad del Este no se visualiza lista las obras a ser ejecutadas.// 2 ) No se ha remitido permiso municipal para las siguientes obras: LOTE 1:CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO EN EL CENTRO REGIONAL DE EDUCACIÓN DR. JOSÉ GASPAR RODRIGUEZ DE FRANCIA (CRECE), LOTE 27:CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO Y PARQUE INFANTIL - ESCUELA BÁSICA Nº 5458 Y COLEGIO NACIONAL ESPERATTI , LOTE 28: REGULARIZACIÓN DE PISTA DEPORTIVA- ESCUELA BÁSICA Nº 2987 JUAN PABLO II , LOTE 29: CONSTRUCCIÓN DE GRADERIA Y ESCENARIO- ESCUELA BÁSICA Nº 5437 CENTRO EDUCATIVO MUNICIPAL.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
Se indica lo siguiente: extintores, ventiladores, acondicionares de aire, etc. al respecto indicamos que, la convocante es la responsable de realizar una correcta imputación presupuestaria, recordándose que en caso de que la convocante gestione con error una imputación podría considerarse malversación de fondos presupuestarios”.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Constancia Ad Referendum
Descripción
Solicitamos a la convocante que remita la Constancia Ad Referéndum de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.
Comentario
1 ) Solicitamos a la Convocante remitir la Constancia Ad Referéndum con mesa de entrada ante el Ministerio de Economía y Finanzas. (SIME).// 2 ) En la constancia ad referéndum remitida no se visualiza el objeto de gasto 522, objeto de gasto que corresponde utilizar teniendo en cuenta el objeto de la presente licitación y el clasificador presupuestario vigente.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Remite constancia plurianual pero no se observa el objeto de gasto utilizado
Descripción
Se verifica que en la Constancia plurianual no se observa el objeto de gasto a ser utilizado en el presente proceso. Se solicita subsanar
Comentario
En la constancia de plurianualidad remitida no se visualiza el objeto de gasto 522, objeto de gasto que corresponde utilizar teniendo en cuenta el objeto de la presente licitación y el clasificador presupuestario vigente.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.