3. En la Sección IX, "Condiciones Especiales del Contrato", página 126, apartado GCC 16.1:
o Agradeceríamos una aclaración con un ejemplo sobre los conceptos de (el servicio no reembolsable (*) y (servicio reembolsable (**).
o Por favor, confirmar si un solo asterisco (*) indica un comprobante obligatorio y el doble asterisco (**) corresponde a comprobantes opcionales.
o ¿Cómo se interpretan los % de no reembolsable y reembolsable?
3. En la Sección IX, "Condiciones Especiales del Contrato", página 126, apartado GCC 16.1:
o Agradeceríamos una aclaración con un ejemplo sobre los conceptos de (el servicio no reembolsable (*) y (servicio reembolsable (**).
o Por favor, confirmar si un solo asterisco (*) indica un comprobante obligatorio y el doble asterisco (**) corresponde a comprobantes opcionales.
o ¿Cómo se interpretan los % de no reembolsable y reembolsable?
Ejemplos solicitados:
Gastos reembolsables: Costo de servicio de logística (gastos incurridos para entrega de kits).
Gastos No reembolsables: Pago de personal del equipo clave.
No, el * corresponde a "Porcentaje de pago (Servicio no reembolsable); y el ** corresponde a "Porcentaje de pago (Servicio reembolsable).
Se interpretan referenciando el porcentaje correspondiente a los pagos.
32
Promedio Contractual:
1. En el punto C, "Preparación de la Oferta", apartado IAO 11.1(h) de la página 25, se menciona lo siguiente:
o Promedio Contractual: contar con un contrato con un alcance y un monto total de U$ 1,000,000 (el alcance se evaluará de acuerdo con las especificaciones técnicas que acompañen al contrato) generado durante los últimos tres años (2021, 2022, 2023).
Nos gustaría saber:
o ¿Este requisito aplica solo para empresas extranjeras o también para las nacionales?
o ¿Es un criterio excluyente?
o ¿Existe la posibilidad de reducir este monto considerando que puede ser bastante alto para empresas paraguayas?
1. En el punto C, "Preparación de la Oferta", apartado IAO 11.1(h) de la página 25, se menciona lo siguiente:
o Promedio Contractual: contar con un contrato con un alcance y un monto total de U$ 1,000,000 (el alcance se evaluará de acuerdo con las especificaciones técnicas que acompañen al contrato) generado durante los últimos tres años (2021, 2022, 2023).
Nos gustaría saber:
o ¿Este requisito aplica solo para empresas extranjeras o también para las nacionales?
o ¿Es un criterio excluyente?
o ¿Existe la posibilidad de reducir este monto considerando que puede ser bastante alto para empresas paraguayas?
Indistintamente el criterio aplica a empresas nacionales o internacionales.
Teniendo en cuenta el alcance nacional del llamado, es necesario contar con mínimamente contratos de similar envergadura.
33
CRITERIO DE EVALUACION - EXPERIENCIA
El pliego actual requiere experiencia específica en "gestión de recursos humanos y/o gestión de contrataciones de recursos humanos para la ejecución de encuestas". Esta especificidad parece limitar la competencia igualitaria, principio fundamental de las leyes de contrataciones públicas, por las siguientes razones:
Restringe la participación de empresas con amplia experiencia en gestoría laboral y gestión de recursos humanos que podrían no tener experiencia específica en encuestas.
Podría favorecer indebidamente a un grupo reducido de empresas, contraviniendo el principio de igualdad de oportunidades en las contrataciones públicas.
No necesariamente garantiza una mejor ejecución del proyecto, ya que las habilidades fundamentales requeridas son la gestoría laboral y la gestión de recursos humanos, independientemente del contexto específico de las encuestas.
En vista de esto, se solicita respetuosamente reconsiderar este requisito para permitir la participación de empresas con experiencia general en gestoría laboral y gestión de recursos humanos, sin la necesidad de que esta experiencia esté vinculada específicamente a la ejecución de encuestas.
Esta modificación no solo permitiría una competencia más equitativa, conforme a las leyes de contrataciones públicas, sino que también podría resultar en una mayor diversidad de ofertas calificadas, potencialmente beneficiando la calidad y eficiencia del proyecto.
Agradezco su atención a esta solicitud y quedo a la espera de su respuesta.
Atentamente,
El pliego actual requiere experiencia específica en "gestión de recursos humanos y/o gestión de contrataciones de recursos humanos para la ejecución de encuestas". Esta especificidad parece limitar la competencia igualitaria, principio fundamental de las leyes de contrataciones públicas, por las siguientes razones:
Restringe la participación de empresas con amplia experiencia en gestoría laboral y gestión de recursos humanos que podrían no tener experiencia específica en encuestas.
Podría favorecer indebidamente a un grupo reducido de empresas, contraviniendo el principio de igualdad de oportunidades en las contrataciones públicas.
No necesariamente garantiza una mejor ejecución del proyecto, ya que las habilidades fundamentales requeridas son la gestoría laboral y la gestión de recursos humanos, independientemente del contexto específico de las encuestas.
En vista de esto, se solicita respetuosamente reconsiderar este requisito para permitir la participación de empresas con experiencia general en gestoría laboral y gestión de recursos humanos, sin la necesidad de que esta experiencia esté vinculada específicamente a la ejecución de encuestas.
Esta modificación no solo permitiría una competencia más equitativa, conforme a las leyes de contrataciones públicas, sino que también podría resultar en una mayor diversidad de ofertas calificadas, potencialmente beneficiando la calidad y eficiencia del proyecto.
Agradezco su atención a esta solicitud y quedo a la espera de su respuesta.
Atentamente,
En la IAO 11.1 (h) dice: CAPACIDAD TÉCNICA:
EXPERIENCIA: La empresa, deberá contar como mínimo 5 (cinco) años de experiencia en servicio o consultorías en instituciones públicas o privadas, referidos a la gestión de recursos humanos Y/O gestión de contrataciones de recursos humanos para la ejecución de encuestas...