Folio 15: Requisitos de participación y criterios de evaluación – Cláusula 1. Condición de Participación, donde se establece que: "Podrán participar de este procedimiento las personas físicas, jurídicas y/o consorcios, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado."
Solicitamos aclaración sobre el requisito de estar en el Registro de Proveedores del estado, dado que se trata de un llamado internacional, y considerando que dicho registro corresponde a empresas domiciliadas en la República del Paraguay, solicitamos se aclare el procedimiento aplicable para empresas internacionales que no están inscritas en dicho registro ni tienen domicilio en Paraguay. Asimismo, pedimos que se subsane este requisito en caso de ser un error, a fin de permitir la participación de oferentes internacionales en igualdad de condiciones.
Folio 15: Requisitos de participación y criterios de evaluación – Cláusula 1. Condición de Participación, donde se establece que: "Podrán participar de este procedimiento las personas físicas, jurídicas y/o consorcios, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado."
Solicitamos aclaración sobre el requisito de estar en el Registro de Proveedores del estado, dado que se trata de un llamado internacional, y considerando que dicho registro corresponde a empresas domiciliadas en la República del Paraguay, solicitamos se aclare el procedimiento aplicable para empresas internacionales que no están inscritas en dicho registro ni tienen domicilio en Paraguay. Asimismo, pedimos que se subsane este requisito en caso de ser un error, a fin de permitir la participación de oferentes internacionales en igualdad de condiciones.
Respecto a lo establecido en el Apartado 1. Condición de Participación de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, que menciona lo siguiente:
"1. Condición de Participación
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS"."
Corresponde mencionar que efectivamente la obligación de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, como condición de participación en los procedimientos de contratación regidos por la legislación nacional, es una de las reformas incorporadas en la Ley N° 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Así mismo, el Artículo 19° Empresas Internacionales de la Resolución DNCP N° 3801/2023 de fecha 18 de octubre de 2023, emitida por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas manifiesta:
"Artículo 19.- Empresas internacionales
Las empresas internacionales que se inscriban en el Registro deberán acreditar su personería jurídica dependiendo del tipo de persona que se trate. Además, deberán constituir un domicilio en el territorio de la República o designar un representante local, a efectos de las comunicaciones pertinentes, así como acompañar la documentación respaldatoria.
En caso de que el idioma de las documentaciones de las empresas extranjeras sean distintos al español, las mismas deberán estar acompañadas de traducción realizada por traductor público matriculado en la República del Paraguay.".
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Solicitud de prorroga
Solicitamos respetuosamente una prórroga de 15 días hábiles para la presentación de la propuesta, con el fin de presentar una propuesta de calidad.
En cuanto a la equivalencia a la maestría para el cargo de Director de Servicio se indica que será de 10 años en Dirección o Coordinación de trabajos en proyectos viales. Entendemos que proyectos viales se refiere a fiscalización o ejecución de obras o diseño de obras viales, favor confirmar nuestra interpretación
En cuanto a la equivalencia a la maestría para el cargo de Director de Servicio se indica que será de 10 años en Dirección o Coordinación de trabajos en proyectos viales. Entendemos que proyectos viales se refiere a fiscalización o ejecución de obras o diseño de obras viales, favor confirmar nuestra interpretación
Atendiendo el requerimiento del apartado Diez (10) Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de Participación de DATOS DE LA CONVOTARIA DEL PBC; específicamente en el ítem 4 en el que solicitan presentar el Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC); considerando que el objeto del llamado de consultoría es Internacional, solicitamos respetuosamente la posibilidad de excluir de la presentación el documento mencionado, de manera a dar mas oportunidad de cumplir con las exigencias a los oferentes extranjeros interesados.
Atendiendo el requerimiento del apartado Diez (10) Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de Participación de DATOS DE LA CONVOTARIA DEL PBC; específicamente en el ítem 4 en el que solicitan presentar el Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC); considerando que el objeto del llamado de consultoría es Internacional, solicitamos respetuosamente la posibilidad de excluir de la presentación el documento mencionado, de manera a dar mas oportunidad de cumplir con las exigencias a los oferentes extranjeros interesados.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 1, en donde se ha actualizado el Apartado 10. Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, en donde se establece que no aplica el Certificado de Producto y Empleo Nacional.
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Solicitud de Prórroga
En consideración de los requerimientos administrativos y técnicos del llamado, y con el fin de llevar a cabo una propuesta de calidad y conforme a los Pliegos, solicitamos se otorgue una prórroga de 21 días para la presentación de las ofertas.
En consideración de los requerimientos administrativos y técnicos del llamado, y con el fin de llevar a cabo una propuesta de calidad y conforme a los Pliegos, solicitamos se otorgue una prórroga de 21 días para la presentación de las ofertas.
En el apartado "13. Método de Presentación de Ofertas - Datos de la Convocatoria" (folio 195) se menciona lo siguiente:
En virtud a que el Método de Selección es el Sistema Basado en Presupuesto Fijo (PF), no es necesario que se presente una propuesta de precio.
En el apartado Informaciones adicionales para la preparación de las propuestas - Sumnistros requeridos - Especificaciones Técnicas (folio 146), 4 Propuestas Económicas se menciona lo siguiente:
El Consultor deberá preparar la Propuesta Económica en base a la asignación de recursos para cada caso y en total correspondencia al alcance del servicio ofrecido en su Propuesta Técnica.
Se solicita aclarar, si deberá ser presentado o no la Propuesta Económica conjuntamente con la Propuesta Técnica.
En el apartado "13. Método de Presentación de Ofertas - Datos de la Convocatoria" (folio 195) se menciona lo siguiente:
En virtud a que el Método de Selección es el Sistema Basado en Presupuesto Fijo (PF), no es necesario que se presente una propuesta de precio.
En el apartado Informaciones adicionales para la preparación de las propuestas - Sumnistros requeridos - Especificaciones Técnicas (folio 146), 4 Propuestas Económicas se menciona lo siguiente:
El Consultor deberá preparar la Propuesta Económica en base a la asignación de recursos para cada caso y en total correspondencia al alcance del servicio ofrecido en su Propuesta Técnica.
Se solicita aclarar, si deberá ser presentado o no la Propuesta Económica conjuntamente con la Propuesta Técnica.
La Convocante requiere de los siguientes formularios, a más de todos los que aplican según la sección "FORMULARIOS ESTÁNDAR ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS":
- Formulario PR-1 Formulario de presentación de la propuesta de precio.
- Formulario PR-2 Resumen de precios.
- Formulario PR-3 Desglose de precio por actividad.
- Formulario PR-4(a) Desglose por remuneraciones.
- Formulario PR-4(b) Precios y Cargos de las Declaraciones del Consultor.
- Formulario PR-5 Desglose de gastos reembolsables.
Estos formularios se deben completar, de forma a tener una discriminación de la oferta en remuneración de personal y gastos reembolsables, para el control administrativo del servicio. Los mismos deben ser incluidos en un apartado de la "PROPUESTA TÉCNICA".
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Registro Proveedor
En atención a la Resolución RESOLUCION DNCP N" 2421/2024 en la cual en su articulo establece lo siguiente:
"Abróguese la Resolución DNCP N° 1993/2018 a partir de la implementación definitiva del Registro de Proveedores del Estado, desde el 02 de enero del 2025."
En este sentido, solicitamos nos confirme nuestro entendimiento de que la inscripción al Registro de Proveedor como requisito previo para presentación de ofertas no aplica para el presente llamado, considerando de que la vigencia del mismo es a partir del 02 de enero del 2025 conforme se menciona en la Resolución arriba mencionada.
En atención a la Resolución RESOLUCION DNCP N" 2421/2024 en la cual en su articulo establece lo siguiente:
"Abróguese la Resolución DNCP N° 1993/2018 a partir de la implementación definitiva del Registro de Proveedores del Estado, desde el 02 de enero del 2025."
En este sentido, solicitamos nos confirme nuestro entendimiento de que la inscripción al Registro de Proveedor como requisito previo para presentación de ofertas no aplica para el presente llamado, considerando de que la vigencia del mismo es a partir del 02 de enero del 2025 conforme se menciona en la Resolución arriba mencionada.
Referirse a lo establecido en el Apartado 1. Condición de Participación de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, que menciona lo siguiente:
"1. Condición de Participación
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS"."
Corresponde mencionar que efectivamente la obligación de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, como condición de participación en los procedimientos de contratación regidos por la legislación nacional, es una de las reformas incorporadas en la Ley N° 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Así mismo, el Artículo 19° Empresas Internacionales de la Resolución DNCP N° 3801/2023 de fecha 18 de octubre de 2023, emitida por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas manifiesta:
"Artículo 19.- Empresas internacionales
Las empresas internacionales que se inscriban en el Registro deberán acreditar su personería jurídica dependiendo del tipo de persona que se trate. Además, deberán constituir un domicilio en el territorio de la República o designar un representante local, a efectos de las comunicaciones pertinentes, así como acompañar la documentación respaldatoria.
En caso de que el idioma de las documentaciones de las empresas extranjeras sean distintos al español, las mismas deberán estar acompañadas de traducción realizada por traductor público matriculado en la República del Paraguay.".
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Experiencias Especificas y Generales de la Matriz
1) En PBC Requisitos de Participacion , 2. Sucursales( Folio 187) se menciona que:
En los casos de procedimientos de contratacion de caracter nacional podran participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la Republica del Paraguay. Solo seran admitidas... experiencias y aptitudes de la sucursal...sin admitirse las de la casa matriz"
2) En 1.1 Experiencia General (Folio 178) y en 1.2 Expriencia Especifica (Folio 177) se menciona que: " Las empresas y/o consorcios que tengan sucursal podran utilizar experiencia general y especifica de su matriz"
Debe entenderse que la restriccion señalada en el Parrafo 1) se refiere a licitaciones nacionales?
Como esta Licitacion es Internacional, son validas las disposiciones señaladas en el Parrafo 2) ?
Solicitamos aclaraciones que correspondan
1) En PBC Requisitos de Participacion , 2. Sucursales( Folio 187) se menciona que:
En los casos de procedimientos de contratacion de caracter nacional podran participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la Republica del Paraguay. Solo seran admitidas... experiencias y aptitudes de la sucursal...sin admitirse las de la casa matriz"
2) En 1.1 Experiencia General (Folio 178) y en 1.2 Expriencia Especifica (Folio 177) se menciona que: " Las empresas y/o consorcios que tengan sucursal podran utilizar experiencia general y especifica de su matriz"
Debe entenderse que la restriccion señalada en el Parrafo 1) se refiere a licitaciones nacionales?
Como esta Licitacion es Internacional, son validas las disposiciones señaladas en el Parrafo 2) ?
Lo establecido en el apartado 2. Sucursales de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, se refiere solamente a procedimientos de carácter nacional, según lo siguiente:
"2. Sucursales
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales."
Se mantiene lo establecido en el Apartado 13. Experiencia Requerida, en sus puntos 1.1 Experiencia General (LOTE A Y LOTE B) y 1.2 Experiencia Específica (LOTE A Y LOTE B), de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones. Lo referente a la siguiente observación "Las empresas y/o consorcios que tengan sucursal podrán utilizar experiencia general y específica de su matriz", ya que la presente convocatoria es una Licitación Pública Internacional.
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Formulario Oferta
En atención a que el Registro de Proveedor entrará en vigencia a partir del 2 de enero de 2025, se solicita aclaración pertinente para el llenado del Formulario "Oferta", en eventual caso de que el oferente sea un consorcio con un miembro cuyo domicilio no sea el Paraguay.
En atención a que el Registro de Proveedor entrará en vigencia a partir del 2 de enero de 2025, se solicita aclaración pertinente para el llenado del Formulario "Oferta", en eventual caso de que el oferente sea un consorcio con un miembro cuyo domicilio no sea el Paraguay.
Referirse a lo establecido en el Apartado 1. Condición de Participación de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, que menciona lo siguiente:
"1. Condición de Participación
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS"."
Corresponde mencionar que efectivamente la obligación de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, como condición de participación en los procedimientos de contratación regidos por la legislación nacional, es una de las reformas incorporadas en la Ley N° 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Así mismo, el Artículo 19° Empresas Internacionales de la Resolución DNCP N° 3801/2023 de fecha 18 de octubre de 2023, emitida por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas manifiesta:
"Artículo 19.- Empresas internacionales
Las empresas internacionales que se inscriban en el Registro deberán acreditar su personería jurídica dependiendo del tipo de persona que se trate. Además, deberán constituir un domicilio en el territorio de la República o designar un representante local, a efectos de las comunicaciones pertinentes, así como acompañar la documentación respaldatoria.
En caso de que el idioma de las documentaciones de las empresas extranjeras sean distintos al español, las mismas deberán estar acompañadas de traducción realizada por traductor público matriculado en la República del Paraguay.".
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Responsable Ambiental
Para la califcación de competencia para el trabajo del personal propuesto para el cargo de Responsable Ambiental, se establece lo siguiente (Adenda 1):
....evidenciar que uno (1) de ellos corresponde al ámbito de salud y seguridad ocupacional....
Se entenderá como trabajo de igual envergadura para el Responsable Ambiental: trabajos como Responsable, Fiscalizador y/o Supervisor Ambiental en Proyectos, Fiscalización, Supervisión y/o Monitoreo de la Implementación de las medidas ambientales para mitigación, prevención y/o compensación de impactos, contempladas en Planes de Gestión Ambiental y Social (PGAS), Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAGs), salud y seguridad ocupacional y otros requerimientos en el área socio ambiental de proyectos viales.
Solicitamos nos aclaren si se evidencia "una"la experiencia como responsable y/o supervisor y/o especialista en Seguridad y Salud Ocupacional del personal propuesto en un proyecto vial, será suficiente para cumplir el requerimiento establecido en el PBC.
En su defecto, solicitamos se exluya dicho requisito de cumplimiento para el cargo de Responsable Ambiental.
Para la califcación de competencia para el trabajo del personal propuesto para el cargo de Responsable Ambiental, se establece lo siguiente (Adenda 1):
....evidenciar que uno (1) de ellos corresponde al ámbito de salud y seguridad ocupacional....
Se entenderá como trabajo de igual envergadura para el Responsable Ambiental: trabajos como Responsable, Fiscalizador y/o Supervisor Ambiental en Proyectos, Fiscalización, Supervisión y/o Monitoreo de la Implementación de las medidas ambientales para mitigación, prevención y/o compensación de impactos, contempladas en Planes de Gestión Ambiental y Social (PGAS), Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAGs), salud y seguridad ocupacional y otros requerimientos en el área socio ambiental de proyectos viales.
Solicitamos nos aclaren si se evidencia "una"la experiencia como responsable y/o supervisor y/o especialista en Seguridad y Salud Ocupacional del personal propuesto en un proyecto vial, será suficiente para cumplir el requerimiento establecido en el PBC.
En su defecto, solicitamos se exluya dicho requisito de cumplimiento para el cargo de Responsable Ambiental.
Se mantiene lo establecido en el punto III de la Adenda 1, en donde se actualizó el Apartado 15. Capacidad Técnica, 3- Competencia para el trabajo (80%) para el Responsable Ambiental.
Se otorgará el 100 % de la puntuación al personal que haya realizado cuatro (4) o más trabajos, en el que se tendrá que evidenciar que uno (1) de ellos corresponde al ámbito de salud y seguridad ocupacional.
Para las demás opciones en cuanto a la puntuación (75 %; 50 %, 25 %), rige exclusivamente la definición trabajos de igual envergadura para el cargo del Responsable Ambiental.