En la sección VIII – Condiciones particulares de contrato. 14.2.3 Repago del anticipo, dice:
“(a) excede el 10% de la porción del monto contractual aceptado pagadero en esa moneda menos las Sumas Provisionales”. Entendemos que la devolución del anticipo empezará recién cuando la suma de los certificados mensuales sea mayor al monto del anticipo, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En la misma sección, dice:
“(b) las deducciones se harán a la tasa de amortización de 5%”. Se entiende con esto que las deducciones para devolución del anticipo seguirán en la etapa de Operación y Mantenimiento, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En la sección VIII – Condiciones particulares de contrato. 14.2.3 Repago del anticipo, dice:
“(a) excede el 10% de la porción del monto contractual aceptado pagadero en esa moneda menos las Sumas Provisionales”. Entendemos que la devolución del anticipo empezará recién cuando la suma de los certificados mensuales sea mayor al monto del anticipo, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En la misma sección, dice:
“(b) las deducciones se harán a la tasa de amortización de 5%”. Se entiende con esto que las deducciones para devolución del anticipo seguirán en la etapa de Operación y Mantenimiento, ¿es correcto nuestro entendimiento?
Con respecto a la consulta sobre el numeral 14.2.3 de la Sección VIII - Condiciones Particulares de Contrato, relativo al repago del anticipo, se confirma que la devolución del anticipo comenzará una vez que la suma de los certificados mensuales supere el monto del anticipo otorgado. Asimismo, en cuanto a la tasa de amortización del 5%, se aclara que las deducciones para la devolución del anticipo se aplicarán exclusivamente durante la etapa de ejecución de las obras y no en la fase de Operación y Mantenimiento.
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Criterios de Evaluación
Consulta 01 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 1 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas ESCC, sin embargo, en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 1 de la mencionada tabla, es el indicado como Formulario IESCC – “Guía sobre Instalaciones Electromecánicas, Sanitarias, de Control y Comunicaciones” que se encuentra en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta.
Consulta 01 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 1 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas ESCC, sin embargo, en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 1 de la mencionada tabla, es el indicado como Formulario IESCC – “Guía sobre Instalaciones Electromecánicas, Sanitarias, de Control y Comunicaciones” que se encuentra en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta.
Es correcta la interpretación, las Siglas correspondientes son del Formulario IESCC "Guía sobre Instalaciones Electromecánicas, Sanitarias, de Control y Comunicaciones"- Según se indica en la Adenda 2
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Criterios de Evaluación
Consulta 02 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 3 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas EC, sin embargo, en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 3 de la mencionada tabla, es el indicado como Formulario EDC – “Descripción de la Estrategia de Construcción” que se encuentra en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta
Consulta 02 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 3 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas EC, sin embargo, en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 3 de la mencionada tabla, es el indicado como Formulario EDC – “Descripción de la Estrategia de Construcción” que se encuentra en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta
Es correcta la interpretación, las Siglas correspondientes son del Formulario EDC - "Descripción de la Estrategia de Construcción" - Según se indica en la Adenda 2
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Criterios de Evaluación
Consulta 03 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 5 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas RA sin embargo en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 5 de la mencionada tabla, es el indicado como Formulario RAN – “Riesgos Anticipados” que se encuentra en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta
Consulta 03 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 5 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas RA sin embargo en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 5 de la mencionada tabla, es el indicado como Formulario RAN – “Riesgos Anticipados” que se encuentra en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta
Es correcta la interpretación, las Siglas correspondientes son del Formulario RAN - "Riesgos Anticipados" - Según se indica en la Adenda 2
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Criterios de Evaluación
Consulta 04 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 6 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas EMAS sin embargo en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 6 de la mencionada tabla, son los indicados como Formulario ASSS – “Guía de la Estrategia en materia Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo” y “Normas de Conducta Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo” que se encuentran en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta.
Consulta 04 - En el apartado 6. Evaluación Técnica de la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación del PBC, se expone la tabla de porcentajes máximos posibles, con la regla de otorgamientos de puntos o calificación. En el Criterio 6 de la tabla, se indica que, el formulario correspondiente para evaluar el criterio es el que corresponde a las siglas EMAS sin embargo en la Sección V. Formularios de la Oferta, no se indica un formulario con tales siglas. Por lo que entendemos que el formulario correspondiente para la evaluación del criterio 6 de la mencionada tabla, son los indicados como Formulario ASSS – “Guía de la Estrategia en materia Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo” y “Normas de Conducta Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo” que se encuentran en la Sección V. Formularios de la Oferta. Solicitamos nos confirmen si esta interpretación es correcta.
Es correcta la interpretación, las Siglas correspondientes son del Formulario ASSS - "Guía de la Estrategia en materia Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo" y "Normas de Conducta Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo" - Según se indica en la Adenda 2
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Plazo de Contrato.
Consulta 05 – Sobre los plazos de contrato en el PBC se menciona lo siguiente:
1. Se menciona en el apartado “7. Otros Criterios IAO 35.1 (e)” de la Sección III. Criterios de Evaluación y calificación que se aplicaran los siguientes criterios:
(a) Plan de Ejecución: El plazo para completar los diseños y las obras, contado a partir de la fecha efectiva que se especifica de la orden de inicio del contrato para determinar el tiempo que deban tomar las inspecciones y ensayos previos a la puesta en servicio será de: 48 meses.
2. Se menciona en la Sección VI. Requisitos del Contratante en su apartado “1.5.7 Etapa de Pruebas, Puesta en Marcha y Puesta en Servicio (6 Meses)”
El periodo total de esta Etapa es de seis (6) meses que se deberán cumplir íntegramente, posterior a este periodo de tiempo, se dará inicio al periodo de operación y mantenimiento.
3. En su Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato en su subclausula 1.1.86 plazo para la finalización (i) para la ejecución de la obra PTAR: 36 meses. (ii) incluido la obra más O&M: plazo máximo 48 meses.
4. También se menciona en la IAO 11.3 “operación y mantenimiento por 1 año (prorrogable) de la PTAR lambare, concurrente con el periodo de notificación de defectos del contrato.
Entendemos de lo anteriormente mencionado que, según estos datos el plazo de diseño es de 12 meses, el plazo de construcción es 36 meses, finalizada la cual se tiene un plazo de 6 meses para la puesta en marcha, finalizada esta etapa se empieza a contar el plazo de 12 meses de operación y mantenimiento. Totalizando así en 12 meses (diseño) + 36 meses (construcción) + 6 meses (prueba, puesta en marcha, puesta en servicio) + 12 meses de operación y mantenimiento, es correcto nuestro entendimiento ?
Consulta 05 – Sobre los plazos de contrato en el PBC se menciona lo siguiente:
1. Se menciona en el apartado “7. Otros Criterios IAO 35.1 (e)” de la Sección III. Criterios de Evaluación y calificación que se aplicaran los siguientes criterios:
(a) Plan de Ejecución: El plazo para completar los diseños y las obras, contado a partir de la fecha efectiva que se especifica de la orden de inicio del contrato para determinar el tiempo que deban tomar las inspecciones y ensayos previos a la puesta en servicio será de: 48 meses.
2. Se menciona en la Sección VI. Requisitos del Contratante en su apartado “1.5.7 Etapa de Pruebas, Puesta en Marcha y Puesta en Servicio (6 Meses)”
El periodo total de esta Etapa es de seis (6) meses que se deberán cumplir íntegramente, posterior a este periodo de tiempo, se dará inicio al periodo de operación y mantenimiento.
3. En su Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato en su subclausula 1.1.86 plazo para la finalización (i) para la ejecución de la obra PTAR: 36 meses. (ii) incluido la obra más O&M: plazo máximo 48 meses.
4. También se menciona en la IAO 11.3 “operación y mantenimiento por 1 año (prorrogable) de la PTAR lambare, concurrente con el periodo de notificación de defectos del contrato.
Entendemos de lo anteriormente mencionado que, según estos datos el plazo de diseño es de 12 meses, el plazo de construcción es 36 meses, finalizada la cual se tiene un plazo de 6 meses para la puesta en marcha, finalizada esta etapa se empieza a contar el plazo de 12 meses de operación y mantenimiento. Totalizando así en 12 meses (diseño) + 36 meses (construcción) + 6 meses (prueba, puesta en marcha, puesta en servicio) + 12 meses de operación y mantenimiento, es correcto nuestro entendimiento ?
El plazo de Obras es de 36 meses + 12 meses de operación y mantenimiento, En total, el contrato es de 48 meses.
En la modalidad de contratación Diseño-Construcción, el diseño y la construcción no están desagregados.
Como lo establece la Clausula 9 FIDIC Libro amarillo, las pruebas estan incluidos en el plazo de Obras de 36 meses.
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GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO ASSS
En la sección VII. Condiciones generales. Condiciones particulares de contrato. Parte B – Estipulaciones Especiales. Sub cláusula Obligaciones del contratista 4.2.1, dice: “(…) La Garantía de cumplimiento ASSS será emitida por un banco acreditado seleccionado por el contratista, y se hará en el formulario adjunto a las condiciones particulares, según lo estipulado por el contratante (…).”
Entendemos entonces que la garantía ASSS deberá ser BANCARIA, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En la sección VII. Condiciones generales. Condiciones particulares de contrato. Parte B – Estipulaciones Especiales. Sub cláusula Obligaciones del contratista 4.2.1, dice: “(…) La Garantía de cumplimiento ASSS será emitida por un banco acreditado seleccionado por el contratista, y se hará en el formulario adjunto a las condiciones particulares, según lo estipulado por el contratante (…).”
Entendemos entonces que la garantía ASSS deberá ser BANCARIA, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En relación con la consulta sobre la Sección VII - Condiciones Generales, Condiciones Particulares de Contrato, Parte B - Estipulaciones Especiales, Subcláusula 4.2.1 Obligaciones del Contratista, se confirma que la Garantía de Cumplimiento ASSS debe ser emitida por un Banco acreditado seleccionado por el contratista, lo que implica que la garantía deberá ser bancaria.
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Estación de bombeo 5
En el LLAMADO MOPC N° 69/2024 LPI DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CUENCAS MENORES Y PRINCIPAL DE LAMBARE, esta el Plano N° LBRE-AS-EB-EBLC05-HI-01 correspondiente a la Estación de bombeo Liquido Cloacal N° 5, la consulta es si esta Estación de Bombeo se construye en esta LPI N° 132/24 de la PTAR, en caso afirmativo que tipo de tuberia y diametro conecta de la EB 5 a la Ptar.
En el LLAMADO MOPC N° 69/2024 LPI DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CUENCAS MENORES Y PRINCIPAL DE LAMBARE, esta el Plano N° LBRE-AS-EB-EBLC05-HI-01 correspondiente a la Estación de bombeo Liquido Cloacal N° 5, la consulta es si esta Estación de Bombeo se construye en esta LPI N° 132/24 de la PTAR, en caso afirmativo que tipo de tuberia y diametro conecta de la EB 5 a la Ptar.
Conforme al PBC IAO 11.3 (b) numeral 3: "Diseño y Construcción de la Estación de Bombeo 05 (EB05) dentro de los límites del terreno de la PTAR".
El llamado a licitación se rige bajo la modalidad de Diseño y Construcción, por lo que el Oferente deberá presentar en su Oferta la solución técnica y constructiva que mejor se ajuste a los requerimientos del contrato.
De acuerdo con el Protocolo del Data Room, la información contenida en dicho espacio es proporcionada únicamente con fines informativos. En ningún caso, la documentación y datos incluidos en el Data Room sustituyen los análisis, cálculos y estudios que los Oferentes deben realizar para la preparación de sus ofertas, ni los estudios y diseños que deberá desarrollar el Contratista seleccionado.
En respuesta a su consulta, se ha otorgado acceso al DATA ROOM (https://mopc.gov.py/dapsan/dataroom/), donde podrán acceder a la información utilizada como insumo para el Diseño Conceptual del Contratante. No obstante, es responsabilidad exclusiva del Oferente analizar, verificar e interpretar los cálculos contenidos en el Data Room bajo su propio criterio y riesgo. Alternativamente, el Oferente podrá obtener estos valores mediante un anteproyecto propio, asegurando así la idoneidad de su propuesta.
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CONTRIBUCION SOBRE CONTRATOS SUSCRIPTOS
Solicitamos aclarar si en este llamado los oferentes deben considerar la retención del 0.4% de Contribución sobre contratos suscriptos dispuesto en el Art 63 de la nueva ley de contrataciones.
Solicitamos aclarar si en este llamado los oferentes deben considerar la retención del 0.4% de Contribución sobre contratos suscriptos dispuesto en el Art 63 de la nueva ley de contrataciones.
Este llamado se enmarca en las Normativas y Políticas del BID y se encuentra excluido de la Ley 7021/22, Artículo 14 (Contrataciones Excluidas); sin embargo, se debe prever lo establecido en el inc. a del art. 7.- Fuentes de financiamiento FOPREP. Ley N° 6490/2020 de Inversión Pública, se retendrá el equivalente a 0,5 % (cero coma cinco por ciento) del importe de cada factura que presente a cobro el contratado.
De igual forma, en el PBC establece en la Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO), Punto 14.8, taxativa e integralmente que:
"Todos los derechos, los impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, se incluirán los precios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente".
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Personal de apoyo
En el PBC en la Sección III Criterios de Evaluacion y Calificacion Pagina numerada 364- Personal Clave se menciona que el personal clave contara con el apoyo de mínimamente de 3 técnicos ambientales, 3 técnicos sociales y 3 técnicos en seguridad y salud ocupacional. Favor confirmar, que en la fase de licitación no se deberá de aportar datos detallados de este personal de apoyo.
En el PBC en la Sección III Criterios de Evaluacion y Calificacion Pagina numerada 364- Personal Clave se menciona que el personal clave contara con el apoyo de mínimamente de 3 técnicos ambientales, 3 técnicos sociales y 3 técnicos en seguridad y salud ocupacional. Favor confirmar, que en la fase de licitación no se deberá de aportar datos detallados de este personal de apoyo.
En esta etapa de la licitación solo se requerirá el compromiso de dichos técnicos en la cantidad requerida y presupuestar los costos de los mismos en su oferta económica