Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
18-02-2025 - 17:40
Fecha de Fin
21-02-2025 - 10:19
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
REQUISITO PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TECNICA
* EN RELACION A LOS REQUERIMIENTOS "Para productos importados sintéticos , además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente y/o Certificado de Registro Sanitario y/o, CLV y/o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en la lista anual oficial de los países emitida por DINAVISA y/o agencias regulatorias del MERCOSUR dando cumplimiento a la Ley 7256/2024 y Ley 3283/07". "Para productos importados Biológicos , copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en la lista anual oficial de los países emitida por DINAVISA y/o agencias regulatorias del MERCOSUR dando cumplimiento a la Ley 7256/2024 y Ley 3283/07". "Para productos importados Biológicos, además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Registro Sanitario y/o CLV y/o CPP vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en la lista anual oficial de los países emitida por DINAVISA y/o agencias regulatorias del MERCOSUR dando cumplimiento a la Ley 7256/2024 y Ley 3283/07. ALGUNA" ES UNA EXPRESION AMBIGUA Y PODRIA GENERAR CONFUSIONES QUE AFECTARIAN A LA OBJETIVIDAD DEL PROCESO DE EVALUACION. DEBERIAN REFERIR DE LOS "BIENES REQUERIDOS" . DINAVISA ES EL ORGANO RECTOR QUE PERMITE O NO DOCUMENTOS EMITIDOS POR ALGUNAS DE LAS AGENCIAS REGULATORIAS...,ESTABLECIDAS EN LAS DISPOSICIONES LEGALES REFERIDAS, PARA PROCEDER A LA EMISION DEL CERTIFICADO DE REGISTRO SANITARIO. ESTABLECER EN FORMA CLARA Y OBJETIVA.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1 ) En el reporte de incidencia mencionan que recién en un 50% esta ejecutado algunos ítems del llamado anterior, al respecto solicitamos considerar lo dispuesto en la Resolución DNCP N°1231/2024.//
2 ) Si el oferente no fuese el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, tanto para medicamentos nacionales como para medicamentos importados, la experiencia senalada en parrafo anterior deberá estar acreditada tanto por el oferente, como por el titular del registro sanitario y por el fabricante del producto que se oferta. Se consulta a la convocante en qué normativa se han basado para establecer el mismo. //
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
* ITEM 6: EN SICP, PLANILLA DE PRECIOS, PBC/ ESPECIFICACIONES TECNICAS EL BIEN REQUERIDO DEBE DESCRIBIRSE DE IGUAL MANERA RESPETANDO LA DESCRIPCION QUE LE ASIGNA EL CODIGO DE CATALOGO UTILIZADO. LOS DEMAS DATOS INCLUIR COMO ESPECIFICACION TECNICA.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
* ITEM 4: EN SICP, PLANILLA DE PRECIOS, NO ELIMINAR LA FORMA FARMACEUTICA DEL BIEN REQUERIDO, LA PRESENTACION REQUERIDA "FRASCO" Y LA PRESENTACION DE ENTREGA EN PBC NO PERMITE IDENTIFICAR EL BIEN A SER OFERTADO , EN EL MERCADO LOCAL EXISTEN DIFERENTES FRASCOS CON CARACTERISTICAS TECNICAS DIFERENTES Y PUDIENDO DIFERIR EN EL PRECIO UNITARIO, POR LO QUE NO SE PODRIA IDENTIFICAR PLENAMENTE EL BIEN ADJUDICADO E INCIDIR EN LA EJECUCION DEL CONTRATO. DE MODO A QUE LA CONVOCANTE PUEDA DAR CUMPLIMIENTO A LA PRESENTACION DE ENTREGA ESTABLECIDA EN SICP, PLANILLA DE PRECIOS LA COTIZACION DEL BIEN DEBERIA SER "ML, LA PRESENTACION DE OFERTA "UNIDAD" Y EN EL PBC LA PRESENTACION DE ENTREGA "FRASCO CON SISTEMA CERRADO X 1000 ML, POSIBILITANDO ASI SE ENTREGE CUALQUIERA DE LOS FRASCOS DISPONIBLES EN EL MERCADO.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Remiten el anteproyecto como constancia ad ref pero ya puede remitir el CDP
Descripción
Solicitamos remitir el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria correspondiente al proceso de referencia, considerando que el Plan Financiero se encuentra aprobado
Comentario
Considerando que ya se encuentra aprobado el plan financiero mediante el Decreto N°3310/2025, solicitamos la remisión del CDP.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
No han remitido la Resolución por la cual se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones y se autoriza la realización del llamado.//
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.