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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
24-03-2025 - 16:21
Fecha de Fin
27-03-2025 - 07:33
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Contrato abierto
Descripción
En los casos en que se disponga la utilización del contrato abierto y, cuando las convocantes establezcan EETT iguales o similares a sus contratos anteriores, deberán adjuntar un reporte indicando el porcentaje de incidencia o la cantidad utilizada de cada ítem o sub-ítems de esos contratos ejecutados. Se solicita remitir. Resolución DNCP N° 4401/23 Art. 40 inciso i).
Comentario
Se ha tomado conocimiento de lo indicado en la nota de reparo 29/2025, sin embargo se procede a reiterar la observación anterior: "1) Reporte de Incidencia: verificado el reporte remitido no se verifican en el mismo, porcentajes de ítems similares a los ítems del presente proceso correspondiente a contratos anteriores. Se consulta al respecto. A modo de ejemplo para mayor entendimiento de la convocante: ítem 1 Hilo para Sutura Acero no se verifica el porcentaje de ejecución de dicho ítem de contratos anteriores en el reporte de incidencia, es decir los ítems del reporte remitido no guardan relación con los ítems del proceso por lo cual se vuelve a consultar al respecto. 2) Además considerando que la convocante ha indicado en su nota de reparo "lo solicitado no corresponde, según la Resolución DNCP N°230/25", sin embargo se recuerda que de acuerdo a la fecha de primera comunicación del presente proceso (2025-02-05 15:34:21) se rige bajo la normativa de la Res. DNCP 4401/23.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.