Favor considerar que la mayoría de los profesionales contratados para este Llamado deberá ser extranjero ya que las exigencias son bastante elevadas y en nuestro pais no contamos con profesionales que tengan esa experiencia.
Se ruega tener en cuenta lo mencionado.
Favor considerar que la mayoría de los profesionales contratados para este Llamado deberá ser extranjero ya que las exigencias son bastante elevadas y en nuestro pais no contamos con profesionales que tengan esa experiencia.
Se ruega tener en cuenta lo mencionado.
Solicitamos amablemente a la Convocante pueda emitir nuevamente en una Adenda los Términos de Referencia para esta propuesta, debido a que hubieron varias consultas y cambios que influyen en la preparación de la oferta.
Solicitamos amablemente a la Convocante pueda emitir nuevamente en una Adenda los Términos de Referencia para esta propuesta, debido a que hubieron varias consultas y cambios que influyen en la preparación de la oferta.
En la adenda 1 se indica dentro de la modificación 5 que las páginas 40 al 52 eran reemplazados por el cuadro que allí se agregaba, sin embargo, una parte de la página 40 del PBC fue modificada por el punto 4 de adenda 1, además, al hacer la sumatoria, observamos que faltan 18 puntos que corresponden a la lógica de metodología y plan de trabajo propuesto indicado inicialmente en el PBC, pero reemplazado por la adenda 1.
Solicitamos a la convocante revisar la adenda 1 y realizar las correcciones y/o aclaraciones pertinentes.
En la adenda 1 se indica dentro de la modificación 5 que las páginas 40 al 52 eran reemplazados por el cuadro que allí se agregaba, sin embargo, una parte de la página 40 del PBC fue modificada por el punto 4 de adenda 1, además, al hacer la sumatoria, observamos que faltan 18 puntos que corresponden a la lógica de metodología y plan de trabajo propuesto indicado inicialmente en el PBC, pero reemplazado por la adenda 1.
Solicitamos a la convocante revisar la adenda 1 y realizar las correcciones y/o aclaraciones pertinentes.
Verificamos que indican que la modificación afecta a la página 37, sin embargo, una parte del enunciado respecta a lo que se observa ya en la página 38.
Adicionalmente consultamos si solo el enunciado que se indica en: DONDE DICE es lo que llega a cambiarse, manteniendose excluidas la experiencia de desague pluvial y la forma de conversión.
Agradeceremos las aclaraciones al respecto.
Verificamos que indican que la modificación afecta a la página 37, sin embargo, una parte del enunciado respecta a lo que se observa ya en la página 38.
Adicionalmente consultamos si solo el enunciado que se indica en: DONDE DICE es lo que llega a cambiarse, manteniendose excluidas la experiencia de desague pluvial y la forma de conversión.
Agradeceremos las aclaraciones al respecto.
Se observa que en la adenda 2, se indica Fiscalización o Diseño de Construcción de Emisario Subfluvial o submarino. 2 experiencias o más obtendrá 5 puntos, luego, señala: 1 experiencia o más obtendrá 2 puntos. Solicitamos la corrección, ya que la redacción resulta confusa y contrarias.
Se observa que en la adenda 2, se indica Fiscalización o Diseño de Construcción de Emisario Subfluvial o submarino. 2 experiencias o más obtendrá 5 puntos, luego, señala: 1 experiencia o más obtendrá 2 puntos. Solicitamos la corrección, ya que la redacción resulta confusa y contrarias.
Consulta sobre modalidad de presentación de ofertas
En atención a la envergadura del presente llamado y considerando que las exigencias establecidas en los pliegos suponen la participación de varias empresas extranjeras, solicitamos tenga a bien considerar la habilitación (también) de una modalidad de presentación digital de las ofertas.
Realizamos esta solicitud debido a que;
1. Aún se encuentran pendientes aclaraciones relevantes que serán socializadas en los próximos días y que pueden influir de manera determinante en la decisión de participación de las empresas interesadas.
2. El plazo de tiempo que quedará entre la socialización de las aclaratorias y la presentación de ofertas, especialmente tratándose de documentaciones provenientes del exterior, será muy limitado o incluso insuficiente en muchos casos para cumplir con todos los requisitos exigidos.
3. La habilitación de la vía digital también contribuiría al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley N° 6480/20 “De Reducción del Uso del Papel en la Administración Pública”, vigente en la República del Paraguay, promoviendo así la eficiencia administrativa y la sostenibilidad.
En este sentido, reiteramos nuestra solicitud de que se evalúe la posibilidad de admitir la entrega digital de las ofertas, en resguardo del principio de participación, competencia y economía procesal en el marco de las contrataciones públicas
11-07-2025
Consulta sobre modalidad de presentación de ofertas
En atención a la envergadura del presente llamado y considerando que las exigencias establecidas en los pliegos suponen la participación de varias empresas extranjeras, solicitamos tenga a bien considerar la habilitación (también) de una modalidad de presentación digital de las ofertas.
Realizamos esta solicitud debido a que;
1. Aún se encuentran pendientes aclaraciones relevantes que serán socializadas en los próximos días y que pueden influir de manera determinante en la decisión de participación de las empresas interesadas.
2. El plazo de tiempo que quedará entre la socialización de las aclaratorias y la presentación de ofertas, especialmente tratándose de documentaciones provenientes del exterior, será muy limitado o incluso insuficiente en muchos casos para cumplir con todos los requisitos exigidos.
3. La habilitación de la vía digital también contribuiría al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley N° 6480/20 “De Reducción del Uso del Papel en la Administración Pública”, vigente en la República del Paraguay, promoviendo así la eficiencia administrativa y la sostenibilidad.
En este sentido, reiteramos nuestra solicitud de que se evalúe la posibilidad de admitir la entrega digital de las ofertas, en resguardo del principio de participación, competencia y economía procesal en el marco de las contrataciones públicas
LEY N° 7021 / DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS
Artículo 4°. - Principios rectores.
d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
e) Imparcialidad: las normativas, procedimientos y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Público, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los sujetos del Sistema Nacional de Suministro Público.
f) Integridad y buena fe: los servidores públicos estarán obligados a realizar los procedimientos de contratación, procurando el bien común, evitando comportamientos que puedan comprometer la confianza de la ciudadanía en el desempeño imparcial de los mismos y de la institución a la que sirve.
Los oferentes, proveedores, consultores y contratistas deberán comportarse con los más altos niveles éticos y debida diligencia en los procedimientos y contratos donde intervengan, evitando el abuso de los derechos y garantías que le otorga la presente Ley, brindando en todo momento información veraz y oportuna.
g) Integración: los elementos que conforman la Cadena Integrada de Suministro Público deberán operar coordinadamente y en estrecha conexión con las normas que regulan el gasto público, a fin de conocer exactamente cuánto se invierte y en que se invierte para permitir la toma de decisiones oportunas en relación con la asignación presupuestaria.
h) Primacía del Interés general: el Sistema Nacional de Suministro Público se fundamenta en el principio de la primacía del interés general sobre el interés particular previsto en la Constitución.
i) Predictibilidad: el Sistema Nacional de Suministro Público utilizará criterios uniformes y objetivos en el desarrollo de sus actividades y en las decisiones adoptadas por los responsables del sistema.
j) Probidad y ética: se promoverá la actuación transparente, ética y objetiva de todos los responsables del Sistema Nacional de Suministro Público, quienes deberán obrar de acuerdo con los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y en las leyes que rigen a la Administración Pública.
Artículo 30.- Análisis de riesgos.
Las instituciones públicas deberán gestionar los riesgos que puedan afectar la correcta ejecución del contrato e impidan alcanzar los resultados esperados, de tal forma que sea posible evitarlos o mitigarlos, en el caso de que llegarán a ocurrir.
El análisis de riesgos deberá estar reflejado en el diseño del contrato, indicando quien asume el riesgo y la forma de gestionarlo.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas determinará metodologías para realizar el análisis de los riesgos que se adecuen a las diferentes condiciones de mercado y a las características de la contratación.
MANIFESTAMOS LO SIGUIETE CON RELACION A LA LEY N° 7021 / DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS
Artículo 4°. - Principios rectores.
d) Igualdad y Libre Competencia: ENTIENDASE: que todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, que se deberá adecuar a los pazos de vencimientos fiscales del Estado Paraguayo, como tomador y responsable de Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23.
e) Imparcialidad: ENTIENDASE: la objetividad en el tratamiento del Sistema Nacional de Suministro Público, debe ser igualitario y sujeto a las leyes y reglamentos del Estado Paraguayo, es especial los pazos de vencimientos fiscales, que para este llamado deberá contemplar la presentación del Balance Fiscal ejercicio 2024, para que todo potencial oferente pueda demostrar su solvencia económica para responder con los compromisos que representa el presente llamado.
Con la presentación del Ejercicio Fiscal 2024, la Contratante Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC), responsable de la buenas del buen uso del Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23., podrá garantizar la Disponibilidad Financiera de todos los potenciales oferente del Presente Llamado., solo analizando el Balance Fiscal ejercicio 2024.-
f) Integridad y buena fe: ENTIENDASE: que todo potencial oferente, proveedores, consultores y contratistas deberán comportarse con Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones con los más altos niveles éticos, ajustando a las Normas, Exigencia y plazos de vencimientos fiscales del Estado Paraguayo, tomador del Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23. La presentación del Ejercicio Fiscal 2024, avalara documentalmente la DISPONIBILIDA FIANCIERA y demostrara el Estado Económico de los Potenciales Oferentes, a la vez dará las Garantías necesarias de Solvencia del potencial oferente, tener esta información es veraz y oportuna tener.
Artículo 30.- Análisis de riesgos. ENTIENDASE: que los riesgos que puedan afectar la correcta ejecución del contrato e impidan alcanzar los resultados esperados, los potenciales oferentes deberán demostrar su capacidad de Establecer compromiso con el Ministerio de Obras Públicas y en especial con el Estado Paraguayo, en especial su capacidad Económica, esta información, para que de tal forma sea posible evitarlos o mitigarlos., para evitar esto, la documentación fiscal Ejercicio 2024, donde refleje su situación económica, en el caso de que llegarán a ocurrir.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, deberá tener a su vista la información al cierre de cada ejercicio cerrado correspondiente al año fiscal regido bajo los plazos establecido por el Estado Paraguayo, a fin de determinar los riesgos que se adecuen a las diferentes condiciones de mercado y a las características de la contratación.
Darle valor jurídico, a que las empresas Nacional e Internaciones estén sujetas a los plazos de compromiso fiscales de la Republica de Paraguay, siendo este, el tomador del Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23.
En ninguna cláusula de la Ley Nº. 7182/23, mencionada, NO dice que estamos sujetos a condiciones de participación establecidas por la CAF (Ente prestadora del préstamo mencionado).
Solicitamos se considere los balances 2022 – 2023-2024.-
LEY N° 7021 / DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS
Artículo 4°. - Principios rectores.
d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
e) Imparcialidad: las normativas, procedimientos y cualquier otro documento relacionado con la Cadena Integrada de Suministro Público, se dictarán y adoptarán en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los sujetos del Sistema Nacional de Suministro Público.
f) Integridad y buena fe: los servidores públicos estarán obligados a realizar los procedimientos de contratación, procurando el bien común, evitando comportamientos que puedan comprometer la confianza de la ciudadanía en el desempeño imparcial de los mismos y de la institución a la que sirve.
Los oferentes, proveedores, consultores y contratistas deberán comportarse con los más altos niveles éticos y debida diligencia en los procedimientos y contratos donde intervengan, evitando el abuso de los derechos y garantías que le otorga la presente Ley, brindando en todo momento información veraz y oportuna.
g) Integración: los elementos que conforman la Cadena Integrada de Suministro Público deberán operar coordinadamente y en estrecha conexión con las normas que regulan el gasto público, a fin de conocer exactamente cuánto se invierte y en que se invierte para permitir la toma de decisiones oportunas en relación con la asignación presupuestaria.
h) Primacía del Interés general: el Sistema Nacional de Suministro Público se fundamenta en el principio de la primacía del interés general sobre el interés particular previsto en la Constitución.
i) Predictibilidad: el Sistema Nacional de Suministro Público utilizará criterios uniformes y objetivos en el desarrollo de sus actividades y en las decisiones adoptadas por los responsables del sistema.
j) Probidad y ética: se promoverá la actuación transparente, ética y objetiva de todos los responsables del Sistema Nacional de Suministro Público, quienes deberán obrar de acuerdo con los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y en las leyes que rigen a la Administración Pública.
Artículo 30.- Análisis de riesgos.
Las instituciones públicas deberán gestionar los riesgos que puedan afectar la correcta ejecución del contrato e impidan alcanzar los resultados esperados, de tal forma que sea posible evitarlos o mitigarlos, en el caso de que llegarán a ocurrir.
El análisis de riesgos deberá estar reflejado en el diseño del contrato, indicando quien asume el riesgo y la forma de gestionarlo.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas determinará metodologías para realizar el análisis de los riesgos que se adecuen a las diferentes condiciones de mercado y a las características de la contratación.
MANIFESTAMOS LO SIGUIETE CON RELACION A LA LEY N° 7021 / DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS
Artículo 4°. - Principios rectores.
d) Igualdad y Libre Competencia: ENTIENDASE: que todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, que se deberá adecuar a los pazos de vencimientos fiscales del Estado Paraguayo, como tomador y responsable de Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23.
e) Imparcialidad: ENTIENDASE: la objetividad en el tratamiento del Sistema Nacional de Suministro Público, debe ser igualitario y sujeto a las leyes y reglamentos del Estado Paraguayo, es especial los pazos de vencimientos fiscales, que para este llamado deberá contemplar la presentación del Balance Fiscal ejercicio 2024, para que todo potencial oferente pueda demostrar su solvencia económica para responder con los compromisos que representa el presente llamado.
Con la presentación del Ejercicio Fiscal 2024, la Contratante Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC), responsable de la buenas del buen uso del Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23., podrá garantizar la Disponibilidad Financiera de todos los potenciales oferente del Presente Llamado., solo analizando el Balance Fiscal ejercicio 2024.-
f) Integridad y buena fe: ENTIENDASE: que todo potencial oferente, proveedores, consultores y contratistas deberán comportarse con Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones con los más altos niveles éticos, ajustando a las Normas, Exigencia y plazos de vencimientos fiscales del Estado Paraguayo, tomador del Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23. La presentación del Ejercicio Fiscal 2024, avalara documentalmente la DISPONIBILIDA FIANCIERA y demostrara el Estado Económico de los Potenciales Oferentes, a la vez dará las Garantías necesarias de Solvencia del potencial oferente, tener esta información es veraz y oportuna tener.
Artículo 30.- Análisis de riesgos. ENTIENDASE: que los riesgos que puedan afectar la correcta ejecución del contrato e impidan alcanzar los resultados esperados, los potenciales oferentes deberán demostrar su capacidad de Establecer compromiso con el Ministerio de Obras Públicas y en especial con el Estado Paraguayo, en especial su capacidad Económica, esta información, para que de tal forma sea posible evitarlos o mitigarlos., para evitar esto, la documentación fiscal Ejercicio 2024, donde refleje su situación económica, en el caso de que llegarán a ocurrir.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, deberá tener a su vista la información al cierre de cada ejercicio cerrado correspondiente al año fiscal regido bajo los plazos establecido por el Estado Paraguayo, a fin de determinar los riesgos que se adecuen a las diferentes condiciones de mercado y a las características de la contratación.
Darle valor jurídico, a que las empresas Nacional e Internaciones estén sujetas a los plazos de compromiso fiscales de la Republica de Paraguay, siendo este, el tomador del Préstamo CAF Nº. 12.147 – CONRATO DE PRESTAMO PARA LA EJECUCION DEL Programa de Obras de Saneamiento del área metropolitana de Asunción – Cuenca Mariano Roque Alonso, aprobado por Ley Nº. 7182/23.
En ninguna cláusula de la Ley Nº. 7182/23, mencionada, NO dice que estamos sujetos a condiciones de participación establecidas por la CAF (Ente prestadora del préstamo mencionado).
Solicitamos se considere los balances 2022 – 2023-2024.-
Dado que la fiscalización aprueba el diseño del contratista, ¿cuáles son los programas, formatos y nivel de detalle específicos esperados para el proceso de revisión de diseño? ¿Existen etapas específicas para la presentación y aprobación del diseño (por ejemplo, preliminar, 60%, 90%, final)?
Dado que la fiscalización aprueba el diseño del contratista, ¿cuáles son los programas, formatos y nivel de detalle específicos esperados para el proceso de revisión de diseño? ¿Existen etapas específicas para la presentación y aprobación del diseño (por ejemplo, preliminar, 60%, 90%, final)?
¿Cuál es el proceso y la responsabilidad específicos de la firma de fiscalización en la evaluación, recomendación y aprobación de órdenes de cambio o variaciones al contrato, tanto en alcance como en costo? ¿Cómo se verificará la estimación de costos para los cambios por parte de la fiscalización?
¿Cuál es el proceso y la responsabilidad específicos de la firma de fiscalización en la evaluación, recomendación y aprobación de órdenes de cambio o variaciones al contrato, tanto en alcance como en costo? ¿Cómo se verificará la estimación de costos para los cambios por parte de la fiscalización?
Frecuencia y Contenido de Informes sobre Problemas Específicos
Más allá de los informes de progreso generales, ¿existen requisitos de informes específicos para problemas críticos como no conformidades de calidad, retrasos en el cronograma, incidentes de seguridad o violaciones ambientales? ¿Cuál es el formato esperado y el protocolo de escalada para estos informes?
15-07-2025
Frecuencia y Contenido de Informes sobre Problemas Específicos
Más allá de los informes de progreso generales, ¿existen requisitos de informes específicos para problemas críticos como no conformidades de calidad, retrasos en el cronograma, incidentes de seguridad o violaciones ambientales? ¿Cuál es el formato esperado y el protocolo de escalada para estos informes?