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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
hfernandez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
04-02-2025 - 12:08
Fecha de Fin
07-02-2025 - 11:32
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
EN PBC NO SE VISUALIZA LISTA DE SERVICIO REQUERIDO. ESTABLECER EN FORMA CORRECTA QUE PERMITA LA VERIFICACIÓN COMPLETA-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
ITEM 1-2: EN SICP, PLANILLA DE PRECIOS NO EDITAR Y MODIFICAR LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO REQUERIDO , RESPETAR LA DESCRIPCIÓN QUE LE ASIGNA EL CÓDIGO DE CATÁLOGO UTILIZADO. EN SICP, PLANILLA DE PRECIOS, EL CODIGO DE CATALOGO ASIGNADO NO CORRESPONDE AL SERVICIO REQUERIDO. UTILIZAR EL CÓDIGO CORRECTO DE ACUERDO AL CATÁLOGO DIFUNDIDO EN EL SICP DE LA DNCP. 85121808-9993.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No tildó en el SICP que se realiza por abastecimiento simultaneo pero en el pliego si establece
Descripción
Considerando lo establecido en el Pliego de bases y condiciones/carta de invitacion, se solicita tildar en el SICP "abastecimiento simultaneo" y remitir la justificación correspondiente conforme a las normativas vigentes
Comentario
Se verifica que se aplicará el sistema de abastecimiento simultáneo según Nota remitida, sin embargo la convocante No tildó en el SICP que se realiza por abastecimiento simultáneo.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Los montos consignados en la constancia plurianual no cubren el monto a ejecutar.
Descripción
Atendiendo a las disposiciones legales del Decreto reglamentario de presupuesto vigente,  se solicita remitir la constancia expresa de autorización emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Comentario
Se verifica que el monto indicado para el ejercicio 2026 en el documento de plurianualidad remitido no cubre el monto total estimado.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.