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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
mosorio
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
21-02-2025 - 15:09
Fecha de Fin
26-02-2025 - 10:32
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se omiten a ciertos contribuyentes para acreditar la capacidad financiera
Descripción
Con relación a la acreditación de la capacidad financiera, se solicita se justifique razonablemente porque no han sido considerados los demás tipos de contribuyentes (Ej. IRAGRO, IRP, IRPC, IRACIS…según el caso)
Comentario
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera: Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2021, 2022, 2023 para contribuyente de IRACIS.-Considerando que actualmente iracis se denomina ire, y a los efectos de evitar confusiones al momento de la evaluación de la oferta, solicitamos a la convocante indicar iracis/ire.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Identificación de la unidad solicitante y justificaciones: Solicitamos a la convocante ampliar la justificación en el PBC.- CDP : las líneas presupuestarias no fueron cargadas en el SICP se solicita subsanar.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
Se verifica en el Dictamen remitido y la panilla del cuadro comparativo, que los precios unitarios no coinciden con las descripciones y montos conforme a los documentos respaldatorios remitidos, se solicita realizar los ajustes correspondientes. Considerando las especificaciones técnicas solicitadas en el PBC, en el cuadro comparativo solo se visualiza el presupuesto de un potencial oferente, y no se ha tenido en cuenta el presupuesto remitido por el hotel Crowne Plaza Asunción.- *Recordamos a la convocante, cuando los documentos se encuentran en estado "incorrecto", la convocante, deberá remitir dichos documentos al momento de solicitar verificación.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.