Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
28-03-2025 - 08:45
Fecha de Fin
01-04-2025 - 17:49
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS y determinada antigüedad como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que la oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS y con determinada
antiguedad como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué el
requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Comentario
Planilla de personal del oferente, residentes en el país, y contar con al menos 1 (uno) años de antigüedad como empleado de la empresa Oferente. La documentación respaldatoria debe constar en la oferta con la presentación de la Planilla de IPS.//
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
1) Donde se indica: "La empresa oferente deberá acreditar experiencia de al menos 3 (tres) referencias satisfactorias, de haber proveído soluciones de Copia de seguridad y Respaldo y/o infraestructura de cómputo hiperconvergente, y además de haber prestado los servicios de instalación, configuración y soporte técnico de los mismos, en los últimos 36 meses (años 2022, 2023 y 2024), expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales" así como "Constancia y/o certificado de buen cumplimiento o cumplimiento satisfactorio, referente al rubro requerido en la presente licitación, de los ejercicios 2022, 2023 y 2024".//
2) Donde se indica: "Mínimo de 10 referencias de clientes con las siguientes restricciones: Cada referencia deberá corresponder a provisión de soluciones de Copia de seguridad y Respaldo y/o
infraestructura de cómputo hiperconvergente avaladas por fotocopia/s simple/s de contrato/s, y/o facturas, a Instituciones Públicas y/o Privadas, en los últimos 36 meses, correspondiente a los ejercicios 2022, 2023 y 2024, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 50% del monto total ofertado".//
Ambos puntos 1 y 2 podrían ser limitantes/excluyentes al solicitar referencias SATISFACTORIAS así como una cantidad de 10 REFERENCIAS de clientes con las restricciones indicadas.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Teniendo en cuenta la Res. DNCP 230/25 artículo 50, no se cumple el plazo tope de recepción de consultas para una LPN: Cuarto día hábil previo a la apertura de ofertas. No se cumplen los 4 días hábiles previos de acuerdo a la fecha Fecha Límite de Consultas establecida en el SICP.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.