Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
12-06-2025 - 16:25
Fecha de Fin
18-06-2025 - 10:44
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
Con el reparo no se remite el cdp el cual se encuentra en estado incorrecto.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
Se procede a reiterar la observación anterior: "Sí bien se verifica que se ha remitido la mesa de entrada del expediente 747/2025 del SIAM, solicitamos remitir la autorización ambiental correspondiente al proceso", considerando que sí bien se toma conocimiento de lo indicado en la nota de reparo y en el memorándum 167/2025 "Se manifiesta el compromiso de obtención de la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) antes de la adjudicación u orden de inicio de obra", ya que dicha condición no ha sido indicada en el PBC y así también en el mismo se sigue indicando " RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: Gestionar los permisos ambientales adicionales necesarios, conforme a la legislación ambiental vigente, se destacan las declaraciones ambientales que deben ser gestionadas ante el MADES, licencias y permisos ambientales, deberá gestionar todas las licencias y permisos/autorizaciones socio ambientales necesarios para las obras (MADES, MUNICIPALIDAD, SECRETARIA NACIONAL DE CULTURA, OTROS)". Se recuerda a la convocante el inciso e del artículo 4 de la Res. DNCP 230/25 y se realiza está observación considerando que dichas condiciones han sido indicadas en el PBC como responsabilidad del contratista sin embargo la convocante ha gestionado el permiso municipal y gestionará el ambiental de acuerdo al expediente 747/25.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
