Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
21-05-2025 - 08:10
Fecha de Fin
22-05-2025 - 15:18
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
ISO
Descripción
Con relación al certificado de calidad exigido se solicita: especificar cuál es el objeto de la certificación, qué es lo certificado (la producción, el producto,
la distribución, otros), explicar cómo incide dicha certificación en la ejecución del contrato, especificar las empresas en el mercado que cuentan con la
certificación indicada y si se han previsto en el pliego de bases y condiciones certificaciones equivalentes definidas como tales.
Comentario
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Verificado el PBC, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podría resultar limitante/excluyente al requerir lo siguiente:Mínimo de 6 años de experiencia demostrable en el rubro de software, específicamente trabajos relacionados al
objeto de la contratación (Licencias de Software).//Mínimo de 10 referencias de clientes con las siguientes restricciones:
a. Cada referencia deberá corresponder a trabajos relacionados a desarrollo o implementación de software y/o
servicios TICs.
b. Deberá presentar contratos o constancias firmadas de organizaciones privadas o públicas.
c. Al menos 4 referencias deben corresponder a trabajos realizados en Paraguay para organizaciones públicas o
privadas radicadas en Paraguay.
d. Restricción de monto: deberá cumplir al menos una de las siguientes 2 restricciones:
i. La sumatoria de los montos de las referencias presentadas que cumplan estos criterios deberá ser
como mínimo el 60% del monto referencial de la adquisición.
ii. Al menos una referencia de trabajo similar por el 40% del monto referencial de la adquisición, provisto
a un mismo cliente.Mínimo de 10 referencias de clientes con las siguientes restricciones:
a. Cada referencia deberá corresponder a trabajos relacionados a desarrollo o implementación de software y/o
servicios TICs.
b. Deberá presentar contratos o constancias firmadas de organizaciones privadas o públicas.
c. Al menos 4 referencias deben corresponder a trabajos realizados en Paraguay para organizaciones públicas o
privadas radicadas en Paraguay.
d. Restricción de monto: deberá cumplir al menos una de las siguientes 2 restricciones:
i. La sumatoria de los montos de las referencias presentadas que cumplan estos criterios deberá ser
como mínimo el 60% del monto referencial de la adquisición.
ii. Al menos una referencia de trabajo similar por el 40% del monto referencial de la adquisición, provisto
a un mismo cliente.
4. Certificación ISO 9001/2015 o similar, la similitud debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la
norma ISO 9001/2015 con respecto a la calidad de la gestión de procedimientos de provisión de bienes y/o servicios.
Solicitamos la certificación ISO 9001, con la cual buscamos asegurar que la empresa adjudicada cuente con un
control de calidad eficiente y demostrado mediante la citada certificación.
5. 2 (dos) técnicos con la certificación VCP-Data Center Virtualization 2022 o superior, siendo estos partes del plantel
del oferente con una antigüedad de al menos 12 meses (se debe presentar la planilla de la Patronal). No se
aceptarán profesionales subcontratados.
6. 2 (dos) técnicos con la certificación VCP-Desktop and Mobility 2020 o superior, siendo estos partes del plantel del
oferente con una antigüedad de al menos 12 meses (se debe presentar la planilla de la Patronal). No se aceptarán
profesionales subcontratados.
7. 2 (dos) técnicos con la certificación VCP-Cloud Management and Automation 2021 o superior, siendo estos partes del
plantel del oferen
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Verificado el PBC, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente al requerir lo siguiente:Demostrar la experiencia en desarrollo o implementación de software y/o servicios TICs con Contratos en Instituciones
Públicas y/o Privadas, dentro del territorio nacional, por un monto equivalente al 60 % como mínimo del monto máximo
ofertado en la presente licitación dentro de los últimos 5 (cinco) años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024). La suma de los
montos totales demostrados deberá representar como mínimo el (60%) del monto máximo ofertado.//2 ) Por otro lado se consulta para que mencionan monto máximo ofertado si el llamado no es plurianual.//
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1 ) Se consulta si correspondería otorgar anticipo teniendo en cuenta el objeto de la presente licitación.//
2 ) Considerando la fecha de comunicación del llamado (21/05/2025) las normativas mencionadas en el dictamen de especificaciones técnicas ya no aplican para la presente licitación, por lo que solicitamos rectificar el mencionado documento del llamado. //3) Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo que se encuentra en el pliego estándar los puntos que hace referencia a Autorización del fabricante, periodo de validez de la garantía de los bienes (indicar a partir de qué acto o hecho se computaría el plazo en el mencionado apartado).//Solicitamos establecer de manera clara el plazo de pago en el aprtado de formas y condiciones de pago (indicar a partir de qué acto o hecho se computaría el plazo en el mencionado apartado).//233. Solicitamos establecer de manera clara el periodo de validez de la garantía de cumplimiento de contrato A MODO DE EJEMPLO SE INDICA "la vigencia de esta garantía de cumplimiento de contrato deberá cubrir desde la suscripción del contrato hasta el 30 de enero de 2027")
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la proforma de contrato, específicamente en cláusula que hace referencia a la vigencia del contrato y en el pliego referente a pagos que la validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22)].
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
En el dictamen referente a la estimación de costo la convocante alega la excepcionalidad, sin embargo, no explica detalladamente cuales son las particularidades de las EE-TT de los bienes que hacen que no sea posible ajustarse a lo establecido en la normativa vigente que regula la materia //
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
