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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
23-05-2025 - 14:06
Fecha de Fin
28-05-2025 - 11:25
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
1) Donde se indica: "Que la empresa posea una antigüedad de 15 años en el rubro de inventario y conciliación de activo fijo, comprobable con la Constancia RUC o el Estatuto de la Empresa", con respecto a la cantidad de años consultamos si no sería limitante/excluyente.// 2) Con respecto al requerimiento "Se deberán presentar 3 certificados de trabajo realizados en empresas del rubro de combustibles, que cuenten con procedimientos y políticas de ordenamiento de los insumos, repuestos y otros, comprobable con los certificados que avalen la realización del trabajo, de los últimos 20 (veinte) años. [2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024]" consultamos con respecto a la cantidad de años indicados si correspondería. Así también no se ha indicado un porcentaje a cumplir del monto total o monto máximo.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Discrepancia entre lo establecido y el documento requerido. Visita técnica
Descripción
Se establece que la participación de la visita tecnica será obligatoria, sin embargo, en la parte de evaluación de documentos indican que aceptarán la declaración jurada de conocer el sitio. Se solicita subsanar la discrepancia.
Comentario
En cuanto a la visita técnica se verifican las siguientes discrepancias: en el SICP no se indica fecha y tampoco que será obligatoria, sin embargo en el PBC se ha indicado una fecha y día así como participación obligatoria SI. Solicitamos unificar criterios y recordamos a la convocante que en caso que la visita técnica sea obligatoria se debe remitir la justificación correspondiente conforme al Art. 41 de la Res. DNCP 230/25.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Verificado el dictamen de justificación de no planificación se consulta con respecto a la firma, ya que de acuerdo a la Res. DNCP 892/2025 se estipula lo siguiente: "Un dictamen firmado por la Máxima Autoridad o por el Director de Administración y Finanzas de la convocante", sin embargo en el dictamen remitido se verifica la firma del Gerente General por lo cual se consulta al respecto.// 2) Considerando que el objeto del llamado es Servicios, el objeto de gasto es el 266 de Consultorías, asesorías e investigaciones, además se utiliza el PBC de Bienes y Servicios y la naturaleza del llamado "SERVICIO DE ACTUALIZACION DE INVENTARIO DE DEPOSITOS DE VILLA ELISA Y M.J. TROCHE " se consulta al respecto.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.