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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
28-04-2025 - 08:55
Fecha de Fin
02-05-2025 - 17:32
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Se consulta el motivo por el cual no se ha incluido el año 2024 para el cálculo de la experiencia.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) En los datos de la convocatoria del SICP no se indica el Plazo de Validez de la Garantía.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Periodo de Validez de la Garantía
Descripción
Se verifica que el periodo de validez de la garantía de Fiel Cumplimiento del contrato establecida en la presente contratación, no se adecua a las Instrucciones a los Oferentes que requieren que la Garantía de Fiel Cumplimiento permanezca válida cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato, según sea el caso.
Comentario
Donde se indica en el PBC para el periodo de validez de la garantía de cumplimiento de contrato: "El plazo de vigencia de esta garantía deberá cubrir desde la firma del contrato hasta el 31 de diciembre del 2025" no correspondería el periodo indicado considerando que la vigencia del mismo sería hasta el 31/12/2025 y de acuerdo a lo indicado en la normativa " la Garantía de Fiel Cumplimiento permanezca válida cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato".//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Carga de item/subitem
Descripción
Se solicita que los bienes/servicios requeridos en los subitems sean cargados como ítems, atendiendo a que no permite determinar el costo real de cada bien/ servicio. Se solicita utilizar los códigos de catálogos correspondientes a cada bien/servicio.
Comentario
Verificada la planilla de precios del SICP (Pestaña de productos/bienes/servicios) así como la planilla de precios referenciales solicitamos a la convocante realizar correctamente la carga de los ítems del proceso (los subítem del proceso corresponderían a ítems, y las secciones indicadas a grupos). Así también recordamos que tanto la mano de obra como el Servicio de reparación y mantenimiento de aeronave tienen sus códigos de catalogo respectivos, por lo que se recomienda realizar la carga correcta de los subítems a ítems con sus respectivos códigos.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Verificado el dictamen de precios referenciales no se verifica la combinación de 3 precios y si bien se explica el motivo por el cual en el apartado de Observaciones no se mencionó el articulado relacionado a la excepcionalidad de acuerdo a la Res. 454/24.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
1) Teniendo en cuenta la Res. DNCP 892/25 de Comunicación de dictamen justificativo en procedimientos sin planificación en la cual se establece en su artículo 7 de Disposición Transitoria: “Las convocatorias sin planificación, comunicadas de forma previa a la entrada en vigencia de la presente resolución, deberán remitir el dictamen previsto en el Artículo 2 en la etapa en que el procedimiento se encuentre”, solicitamos a la convocante dar cumplimiento a dicho articulado y remitir el dictamen firmado por la Máxima Autoridad o por el Director de Administración y Finanzas de la convocante, en el cual se expongan las razones que impidieron el cumplimiento de la comunicación de la planificación del llamado en el plazo previsto.// 2) En lo que respecta al dictamen técnico de especificaciones técnicas se proceden a realizar las siguientes observaciones a fin de que el mismo sea modificado: 2.1) Se indican normativas que no corresponden (Ejemplo Decreto 9823/23). La normativa correcta a mencionar sería Decreto 2264/24. 2.2) No se indica la unidad o área requirente del proceso en especifico en el dictamen.// 2.3) Solicitamos denominar al documento de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente (Res. DNCP 230/25) "DICTAMEN TÉCNICO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS".//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.