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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ygirett
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
08-05-2025 - 09:29
Fecha de Fin
13-05-2025 - 08:08
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
La suma de los montos indicado en el presupuesto , el mismo no cubre el monto estimado del proceso //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Solicitamos a la convocante ajustarse a la Res.1116/25 POR LA CUAL SE APRUEBAN PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES ESTÁNDAR EN FORMATO ELECTRÓNICO, A SER UTILIZADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO, SOCIEDADES ANONIMAS CON PARTICIPACIÓru MAYORITARIA DEL ESTADO Y MUNICIPALIDADES, EN EL MARCO DE LA LEY N" 7O2L/22 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIO N ES PU BLICAS".//Dictamen Técnico :Solicitamos a la convocante ajustarse a la normativa vigente ., 230/25 ., en el 4to párrafo hace mención de la Res .4401/23 , la misma ya no se encuentra vigente //Observamos que en la planilla del SICP , EN EL LOTE 2 ., Se visualiza la creación de 2 grupos ., en la planilla de precio , el mismo no cuenta con Grupos //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Cdp insuficiente
Descripción
Si bien se ha remitido el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, el monto previsto es insuficiente para asumir el pago por la ejecución contractual del presente ejercicio fiscal, en contra de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones Públicas. En consecuencia se solicita se realice el ajuste correspondiente a los efectos de subsanar la deficiencia mencionada.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, se solicita remitir el documento correspondiente.
Descripción
Se solicita remitir el dictamen en el cual se expongan las razones que impidieron el cumplimiento de la comunicación del llamado en el plazo previsto, el mismo debe estar suscripto conforme lo indica la normativa vigente. Res. DNCP N° 340/24.
Comentario
*Dictamen Cuatrimestral: Se solicita remitir un Dictamen con la justificación y /o razones por las cuales no se dio cumplimiento a la fecha programada inicialmente para la comunicación del proceso conforme a la Resolución 262/2025.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.