De acuerdo a lo indicado en Sección VII - Términos de Referencia en la pág 128. del PBC se solicita ampliar los estudios del 1. Director de Proyecto con una especialización y/o diplomado en reemplazo de la maestría.
De acuerdo a lo indicado en Sección VII - Términos de Referencia en la pág 128. del PBC se solicita ampliar los estudios del 1. Director de Proyecto con una especialización y/o diplomado en reemplazo de la maestría.
Se han realizado ajustes a los criterios de calificación del personal clave y la competencia para el trabajo IAC (21.1), incluyendo también la actualización de los perfiles en la Sección VII - Términos de Referencia. Todos estos cambios están reflejados en la Adenda N° 1.
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Transferencia de Tecnología
En relación con lo establecido en la sección correspondiente (pág. 113), donde se detalla que el Contratante designará al personal de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) para colaborar con el Ingeniero y el Contratista, se interpreta que:
La selección, contratación y cobertura de todos los costos relacionados con dicho personal (sueldos, gastos operativos, etc.) son de exclusiva responsabilidad del Contratante o de quien este designe.
El Ingeniero no está obligado a proveer equipamiento ni espacio físico de trabajo para ese personal.
La coordinación de este personal será responsabilidad de un coordinador general de la UCP, quien actuará como interlocutor ante el Representante del Ingeniero.
El Ingeniero no supervisará ni controlará las actividades de este personal, ni dicho personal tendrá injerencia alguna en las tareas ni decisiones del Ingeniero.
En relación con lo establecido en la sección correspondiente (pág. 113), donde se detalla que el Contratante designará al personal de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) para colaborar con el Ingeniero y el Contratista, se interpreta que:
La selección, contratación y cobertura de todos los costos relacionados con dicho personal (sueldos, gastos operativos, etc.) son de exclusiva responsabilidad del Contratante o de quien este designe.
El Ingeniero no está obligado a proveer equipamiento ni espacio físico de trabajo para ese personal.
La coordinación de este personal será responsabilidad de un coordinador general de la UCP, quien actuará como interlocutor ante el Representante del Ingeniero.
El Ingeniero no supervisará ni controlará las actividades de este personal, ni dicho personal tendrá injerencia alguna en las tareas ni decisiones del Ingeniero.
"El personal designado por la Unidad Coordinadora de Proyecto (UCP), el Ingeniero, de acuerdo con las Subcláusula 3,4 ""Delegación por el Ingeniero"", serán Asistentes del Ingeniero, por lo que, el Ingeniero deberá prever lugar, comodidades y herramientas de trabajo si fuera el caso. El Ingeniero no debe contemplar pagos en concepto de sueldos y/o salarios del personal designado por la UCP.
Por tanto, debido a que estas designaciones se enmarcan en la Subcláusula 3,4 ""Delegación por el Ingeniero"", estos personales tienen tareas y autoridad que concede el Ingeniero como Asistentes y por tanto, colaboran en las funciones del Ingeniero y las decisiones del Ingeniero deben tomar en cuenta el criterio enmarcado en las tareas y autoridad delegada.
El personal de la UCP y el Ingeniero buscan que las obras se realicen con la mayor calidad posible y si las funciones del o los Asistentes del Ingeniero requieren estan en logares y con equipos requeridos para las funciones, el Ingeniero deberá proporcionar, lugar, comodidades, equipos, herramientas entre otros, para que el Asistentes del Ingeniero pueda cumplir sus funciones.
El Ingeniero por Subcláusula 3,4 ""Delegación por el Ingeniero"", este personal debe estar bajo la dirección del Ingeniero al ser Asistentes del Ingeniero.
El personal de la UCP que sean Asistentes del Ingeniero Subcláusula 3,4 ""Delegación por el Ingeniero"", este personal debe estar bajo la dirección del Ingeniero.
El personal de la UCP que sean Asistentes del Ingeniero Subcláusula 3,4 ""Delegación por el Ingeniero"", este personal colabora en las funciones del Ingeniero y si la UCP lo está nominando, es porque tienen un nivel correspondiente a las funciones que se le nomina. El Ingeniero está bajo la supervisión de la UCP."
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Personal Clave
Para el Director de Proyecto, ¿Un Ingeniero Civil Mecánico es equivalente al titulo que requieren en los términos de referencia?
Sí, el Ingeniero Civil Mecánico tiene competencias en diversos sectores productivos y de servicios de ingeniería, incluyendo minero, forestal, celulosa, agroindustria, pesca, generación energética, manufactura, refrigeración industrial y climatización, así como en áreas de medio ambiente, energías renovables y combustibles. Su formación es adecuada para cumplir con los requisitos del cargo
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Personal Mínimo Requerido
En el punto 5 “Personal Mínimo Requerido” (pág. 128) se especifican los especialistas clave y no clave, estableciéndose para cada uno un periodo de experiencia requerido de 36 o 48 meses. Solicitamos aclaración sobre a qué corresponde específicamente este valor.
Además, en la página 114, dentro del “Plan de asignación de personal del Ingeniero”, se indica que “El Ingeniero preparará y presentará un plan actualizado mensualmente, ajustado a la programación del Contratista, para atender las distintas fases del proyecto (diseño, construcción, pruebas, puesta en marcha, operación, mantenimiento, período de notificación de defectos y recepción de obras)”.
En base a lo anterior, consultamos:
a. ¿El formulario TEC-6 podrá ser modificado en función de las reprogramaciones del Contratista?
b. ¿Cuál es el procedimiento cuando la asignación de un perfil es menor a lo inicialmente previsto en la oferta, es decir, cuando se utiliza menos tiempo del anticipado (economía)?
c. ¿Cómo se procede en caso de que la asignación de un perfil sea mayor a lo inicialmente previsto, es decir, cuando se utiliza más tiempo del ofertado (demasía)?
En el punto 5 “Personal Mínimo Requerido” (pág. 128) se especifican los especialistas clave y no clave, estableciéndose para cada uno un periodo de experiencia requerido de 36 o 48 meses. Solicitamos aclaración sobre a qué corresponde específicamente este valor.
Además, en la página 114, dentro del “Plan de asignación de personal del Ingeniero”, se indica que “El Ingeniero preparará y presentará un plan actualizado mensualmente, ajustado a la programación del Contratista, para atender las distintas fases del proyecto (diseño, construcción, pruebas, puesta en marcha, operación, mantenimiento, período de notificación de defectos y recepción de obras)”.
En base a lo anterior, consultamos:
a. ¿El formulario TEC-6 podrá ser modificado en función de las reprogramaciones del Contratista?
b. ¿Cuál es el procedimiento cuando la asignación de un perfil es menor a lo inicialmente previsto en la oferta, es decir, cuando se utiliza menos tiempo del anticipado (economía)?
c. ¿Cómo se procede en caso de que la asignación de un perfil sea mayor a lo inicialmente previsto, es decir, cuando se utiliza más tiempo del ofertado (demasía)?
El contrato de obras bajo modalidad FIDIC es de diseño y construcción con administración a suma alzada, y tiene un plazo de ejecución definido. El Formulario TEC 6 se completará conforme al CV de cada personal clave propuesto y sus actividades serán desarrolladas conforme a lo requerido en los términos de referencias, según el cronograma presentado por cada firma consultora y lo especificado para cada etapa y dentro del plazo máximo estipulado para la ejecución de la obra. La actualización de plazos del cronograma propuesto se realizará durante la negociación del contrato sobre Base de Tiempo Trabajado con la firma mejor evaluada en combinación de calidad y costo. En caso que se requiera disminuir tiempo y calcular costos se recurre a la propuesta de tarifa unitaria de remuneración indicada para cada personal clave. Se aclara que el personal clave propuesto solo podrá ser sustituido luego de la negociación por las causales determinada en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 - Numerales: (i) 2.25 ( No se debe permitir que la firma seleccionada efectúe sustituciones del personal clave, a menos que las partes convengan en que un retraso indebido del proceso de selección hace inevitable tal sustitución o que tales cambios sean fundamentales para alcanzar los objetivos de los servicios27. Si este no fuera el caso y si se determina que en la propuesta se ofrecieron servicios de personal clave sin haber confirmado su disponibilidad, el Prestatario puede descalificar a la firma y continuar el proceso con la siguiente firma mejor calificada. El personal clave que se proponga como reemplazo debe tener calificaciones profesionales iguales o mejores que las del personal clave propuesto inicialmente; y (ii) 4.15 : Sustitución de personal. Si en el curso de un trabajo se hace necesaria la sustitución de personal (por ejemplo, por mala salud o por incompetencia), el consultor debe proponer, para aprobación del Prestatario, candidatos que tengan por lo menos el mismo nivel de calificaciones, antes de realizar la sustitución. ). En caso que ocurriera dicha situación, deberá ser sustituido por un perfil igual mejor en cuanto a su calificación académica y de experiencia profesional.
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Aspectos Ambientales y de Gestión Social
En el apartado “Aspectos ambientales y de gestión social” – punto 3, página 115, se menciona que el Ingeniero deberá “Asistir al Contratante en la adquisición de tierras, derechos de paso, derecho de vía y en la implementación del Plan de Acción de Reasentamiento (RAP), si corresponde.” En este sentido, solicitamos aclarar cuál es el alcance específico de esta asistencia, así como qué especialidades profesionales contempla la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) para cumplir con estas responsabilidades.
En el apartado “Aspectos ambientales y de gestión social” – punto 3, página 115, se menciona que el Ingeniero deberá “Asistir al Contratante en la adquisición de tierras, derechos de paso, derecho de vía y en la implementación del Plan de Acción de Reasentamiento (RAP), si corresponde.” En este sentido, solicitamos aclarar cuál es el alcance específico de esta asistencia, así como qué especialidades profesionales contempla la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) para cumplir con estas responsabilidades.
De manera general esta asistencia podrá incluir tareas como la revisión de documentación, acompañamiento en procesos de socialización, levantamiento de información en campo, elaboración de reportes y apoyo en la implementación de medidas sociales o ambientales, según corresponda. El alcance específico de las actividades se definirá en coordinación con la contratista y los responsables ambiental y social del proyecto, de acuerdo con las necesidades que se identifiquen en cada caso.
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Declaraciones del Consultor página 69
Se solicita aclarar respecto al formulario: Declaraciones del Consultor con respecto a Costos y Cargos, de la página 69, ¿Qué diferencia hay entre lo indicado en la columna 7 y 8?
Se solicita aclarar respecto al formulario: Declaraciones del Consultor con respecto a Costos y Cargos, de la página 69, ¿Qué diferencia hay entre lo indicado en la columna 7 y 8?
Este formulario no debe ser completado ni presentado en la oferta, ya que el Apéndice A - Desglose de Tarifas de Remuneración se ha indicado como "No Aplica" para la oferta. Por lo tanto, no es necesario aclarar el contenido de sus columnas
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Consulta
Favor confirmar si para este llamado deben estar inscriptos los consorcios y las empresas extranjeras en el Registro de Proveedores de la DNCP.
Para la presentación de las propuestas no es necesario estar inscriptos el Registro de Proveedores de la DNCP
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Experiencia del Consultor – TEC-2 B: Período a considerar
Solicitamos aclaración respecto al período temporal que debe contemplarse para la experiencia del Consultor a ser presentada en el formulario TEC-2 B, ya que en el formato disponible (página 51) no se especifica cuántos años deben incluirse en dicha lista.
24-06-2025
28-08-2025
Experiencia del Consultor – TEC-2 B: Período a considerar
Solicitamos aclaración respecto al período temporal que debe contemplarse para la experiencia del Consultor a ser presentada en el formulario TEC-2 B, ya que en el formato disponible (página 51) no se especifica cuántos años deben incluirse en dicha lista.
No se ha especificado un período temporal. Se deja a criterio del consultor/APCA demostrar experiencias previas que acrediten su organización, capacidad y conocimiento relevante para el servicio solicitado.
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Declaración Jurada Ley 7021/23
En la Hoja de Datos, cláusula IAC 10.2, se establece que los oferentes deben presentar una declaración jurada en la que manifiesten no encontrarse comprendidos en las prohibiciones y limitaciones señaladas. Solicitamos se indique en qué sección o anexo del pliego de condiciones puede encontrarse el formato o modelo de dicha declaración jurada para su correcta presentación.
En la Hoja de Datos, cláusula IAC 10.2, se establece que los oferentes deben presentar una declaración jurada en la que manifiesten no encontrarse comprendidos en las prohibiciones y limitaciones señaladas. Solicitamos se indique en qué sección o anexo del pliego de condiciones puede encontrarse el formato o modelo de dicha declaración jurada para su correcta presentación.
El modelo se encuentra disponible en el portal de la DNCP (www.contrataciones.gov.py). Los oferentes deberán descargarlo, completarlo, firmarlo y presentarlo junto con su propuesta
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Precio de oferta
Atendiendo a que procedimientos similares recientes, recibieron cotización de hasta menos del 50% del precio referencial, se solicita determinar el precio como fijo a efectos de evitar ofertas temerarias irrealizables con sus consecuencias para el Cliente y el Servicio.
Atendiendo a que procedimientos similares recientes, recibieron cotización de hasta menos del 50% del precio referencial, se solicita determinar el precio como fijo a efectos de evitar ofertas temerarias irrealizables con sus consecuencias para el Cliente y el Servicio.
En el Documento de SDP, taxativamente establece. - Sección II. Instrucciones a los Consultores (IAC) 24.1.1 24.1.1. Si la SDP incluye un contrato sobre Base de Tiempo Trabajado, el comité de evaluación del Contratante: (b) ajustará los precios en caso de que no reflejen todos los insumos incluidos para las respectivas actividades o aspectos en la Propuesta Técnica. Una vez realizado dicho ajuste el precio ofertado es el valido para la combinación de las propuestas técnicas y económicas