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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
02-05-2025 - 09:41
Fecha de Fin
02-05-2025 - 15:05
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
1) Teniendo en cuenta lo indicado en el Acuerdo Especifico y el Convenio Marco en el cual se establece como compromiso de parte del MAG "en su rol de apoyo técnico remitirá al SENAVE los pliegos de bases y condiciones, especificaciones técnicas y demás información necesaria para la correcta implementación del presente convenio" solicitamos remitir así también a los documentos adjuntos (Acuerdo-Convenio-Resolución SENAVE 326 y Dictamen Técnico SENAVE), el dictamen técnico de especificaciones técnicas elaborado por el MAG en el cual se realicen las argumentaciones y razones o motivos técnicos por los cuales solicitan los requerimientos de la base licitatoria en cumplimiento al Art. 40 de la Res. 230 inciso a).// 2) Considerando la Nota MAG remitida en la cual se menciona "se remitió la Planilla de EETT y Normas de Precios Referenciales, el reporte de incidencia o cantidad utilizada en cada ítem de contratos abiertos ejecutados y el Dictamen Técnico" dichas documentaciones no se adjuntan al proceso por lo que solicitamos la remisión de las mismas. 3) Así también el PBC elaborado por el ente de apoyo técnico (MAG) difiere del PBC remitido por la entidad convocante (SENAVE). Se visualizan discrepancias en las siguientes clausulas: Autorización del fabricante, Muestras, Plazo de reposición de los bienes, experiencia, identificación de la unidad solicitante, indicadores de cumplimiento, formas y condiciones de pago así como tasa de interés por mora.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.