Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 -Aclaración sobre Fecha establecida para la visita Técnica Solicitamos una aclaración sobre la fecha correcta para la realización de la visita técnica al sitio de ejecución del contrato. Hemos identificado una discrepancia en las fechas publicadas: En la sección "Visita al sitio de ejecución del contrato" del pliego de bases y condiciones se indica como fecha el 08/08/2025, mientras que en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), la fecha de visita técnica figura como jueves, 7 de agosto de 2025 - 09:00 hs. A fin de evitar confusiones y garantizar la correcta participación de los oferentes, solicitamos aclarar cuál de las dos fechas es la correcta para llevar a cabo la visita. 31-07-2025 06-08-2025
2 Capacidad Técnica CAPACIDAD TÉCNICA Certificación de gestión de calidad ISO 9001-2015 Solicitamos a la Convocante la exclusión de este punto ya que no es necesaria la certificación de calidad ISO 9001-2015, considerando la envergadura del proyecto no justifica dicho requerimiento y su mantenimiento restringe la participación de Oferentes. Atendiendo que la Ley 7021 expresa que “no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia”. El requerimiento de la Certificación ISO 9001-2015 no es estrictamente necesario para el tipo y escala del servicio a contratar, excluye a oferentes con muchos años de trayectoria. Certificación de gestión de calidad ISO 9001-2015 Solicitamos a la Convocante la exclusión de este punto ya que no es necesaria la certificación de calidad ISO 9001-2015, considerando la envergadura del proyecto no justifica dicho requerimiento y su mantenimiento restringe la participación de Oferentes. Atendiendo que la Ley 7021 expresa que “no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia”. El requerimiento de la Certificación ISO 9001-2015 no es estrictamente necesario para el tipo y escala del servicio a contratar, excluye a oferentes con años de experiencia de servicio de alta calidad sin necesidad de la certificación. Solicitamos a la Convocante que la Certificación ISO 9001-2015 sea aplicado a los equipos. 05-08-2025 06-08-2025
3 -Experiencia requerida En el Pliego de Bases y condiciones, en la sección de Experiencia requerida, específicamente al requisito que establece: “Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la provisión, instalación y mantenimiento de unidades estabilizadoras de energía con facturaciones de venta y/o contratos con sus respectivas recepciones finales, tanto en el sector público como en el sector privado, por un monto equivalente al [25] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 5 (cinco) últimos años, 2020, 2021, 2022 2023 y 2024. No se considerarán contratos y/o facturas que no estén acompañadas de la recepción final Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado. Será necesaria la presentación facturaciones de venta y/o contratos por año”. Al respecto, solicitamos a la convocante conforme al objeto del llamado que refiere a la adquisición de UPS online trifásicos, sea aceptada la experiencia en la provisión, instalación y mantenimiento de Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (UPS), teniendo en cuenta que las UPS no solo cumplen con la función de estabilizar el voltaje, sino que también protege los equipos contra cortes de energía, picos de tensión y otras irregularidades eléctricas, garantizando una fuente continua de energía, lo cual se ajusta al objeto del llamado. Cabe señalar que las UPS online trifásicas, cumplen una función mucho más amplia y compleja, con especificaciones técnicas significativamente superiores y distintas a las de un estabilizador de energía tradicional, por lo que limitar el requisito de experiencia únicamente a “unidades estabilizadoras” podría excluir injustificadamente a proveedores con experiencia directa y relevante respecto del objeto del presente llamado. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferente…” 05-08-2025 06-08-2025
4 Visita técnica OBLIGATORIA. DIfusión en el sicp Serian tan amables en indicarnos la fecha exacta de realización de la visita técnica obligatoria por favor. En e sicp mencionan: Fecha de Visita Técnica jueves, 7 de agosto de 2025 - 09:00 En el PBC mencionan: Fecha de Visita Técnica: Fecha: 08/08/2025 - 09:00 Atte; 06-08-2025 06-08-2025
5 Visita técnica. Teniendo en cuenta las discrepancias existentes en la fecha de visita técnica entre el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y el pliego, tal como se manifetara en las consulta 1 y 4 a las cuales se respondió haciendo referencia a una Versión 2 del Pliego de Bases y Condiciones que siendo las 18 hs del 7-8-2025 no fue publicada, solicitamos amablemente reprogramar la fecha de visita técnica a una fecha clara y cierta. 07-08-2025 13-08-2025
6 Especificaciones técnicas En el Pliego de Bases y Condiciones, en Capacidad Técnica, se establece como requisito en el item 6. Certificado de capacitación en la instalación y mantenimiento de los equipos ofertados, de técnicos del plantel de la empresa. Al respecto solicitamos a la convocante, habilitar la subcontratación del servicio de instalación y puesta en marcha de la UPS, así como la capacitación y mantenimiento de los equipos ofertados y, en consecuencia, que el requisito señalado pueda ser cumplido presentando la certificación de técnicos del plantel de la empresa a sub contratar. 11-08-2025 28-08-2025
7 PLAN DE ENTREGAS Teniendo en cuenta la embergadura y capacidad del equipo solicitado, se debe considerar que el plazo de entrega escapa a la posibilidad de cumplirse, ya que este tipo de bienes no cuentan con Stock Local. serian tan amables de considerar extender el plazo de entrega a 60 dias para la provision en tiempo y forma? 12-08-2025 28-08-2025
8 EXPERIENCIA REQUERIDA Con relación a la respuesta de la consulta n° 3, donde mencionan que las EETT y el PBC fueron autorizados conforme a la Resolución MITIC N° 275/2025, cabe mencionar que, en primer lugar la resolución vigente del MITIC corresponde a la N° 048/2025, además, en su art. 5° de dicha resolución se establece que las autorizaciones “(…) versarán estrictamente sobre el cumplimiento de criterios establecidos en las políticas públicas TIC y de comunicación (…) Bajo ningún concepto la autorización tratará sobre criterios de evaluación, precios referenciales o la aplicación de principios fundamentales de las contrataciones públicas”. En este sentido, la respuesta ofrecida no se encuentra debidamente justificada como rechazar la solicitud mencionada en la consulta n° 3, considerando que el objeto de la contratación es precisamente ADQUISICION DE UPS. Por lo tanto, solicitamos respetuosamente a la convocante reformular el requisito de experiencia, aceptando la presentación de experiencias relacionadas a UPS y/o unidades estabilizadoras de energía. Lo solicitado es a los efectos de permitir una mayor cantidad de potenciales oferentes, en concordancia con el art. 45° “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes” y el inciso b) del art. 48° “Modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones… siempre que las modificaciones: b) No tengan por objeto limitar el número de participantes.” de la Ley 7021/22. 14-08-2025 08-09-2025
9 Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia Donde dice: “Copia de facturaciones y/o contratos con sus recepciones finales que avalen la experiencia requerida.” Solicitamos respetuosamente a la entidad convocante que se considere la aceptación de la presentación de copia de facturaciones y/o contratos, acompañados de sus recepciones finales y/o notas de remisión, como documentos válidos para acreditar la experiencia requerida. La presente solicitud se fundamenta en que, en el ámbito de operaciones con clientes del sector privado, no es práctica habitual la emisión de un acta de recepción final como la que se exige comúnmente en contrataciones públicas. En dichos casos, la nota de remisión debidamente conformada constituye un documento fehaciente que acredita la entrega del bien o la prestación del servicio, por lo que su aceptación permitiría ampliar la participación de oferentes sin menoscabar la transparencia ni la verificación objetiva de la experiencia declarada. 14-08-2025 08-09-2025
10 Plazo de Entrega En el PBC se solicita: “El proveedor adjudicado deberá entregar los bienes dentro de los 15 (quince) días corridos posteriores recepción de la Orden de Compra”. Por lo que solicitamos se evalúe la posibilidad de ampliar dicho plazo a un mínimo de 90 (noventa) días hábiles o 120 (ciento veinte) días calendarios. La solicitud se fundamenta en que el tipo de equipo requerido, por sus características técnicas y capacidad, no se encuentra comúnmente disponible en stock, siendo habitual su adquisición bajo pedido a fábrica. Por tanto, este tipo de equipos requiere procesos logísticos y de importación que implican plazos superiores al actualmente establecido, incluso en condiciones normales de mercado. A efectos de fomentar una mayor participación de oferentes y garantizar la provisión del equipamiento con las especificaciones requeridas y con los estándares de calidad adecuados, consideramos razonable y necesario extender el plazo de entrega sugerido. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”. 14-08-2025 08-09-2025
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