Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
19-05-2025 - 14:56
Fecha de Fin
22-05-2025 - 15:03
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Verificado el dictamen técnico de EETT, solicitamos ampliar de acuerdo a la naturaleza del llamado "Construcción de Muelle/Mirador Turístico Humaitá" y de acuerdo a las EETT del proceso y considerando los antecedentes del mismo (Convenio, estudio de suelo, etc).//
2) Se verifican discrepancias en los siguientes aspectos: en el sicp se indica que el proceso es plurianual asi como en los indicadores de cumplimiento (agosto 2025 - marzo 2026), sin embargo se remite un cdp por la totalidad del proceso.//
3) Completar la pestaña de presupuesto.//
4) El dictamen de precios referencial no tiene la firma de la Directora de UOC.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Visita técnica con posible plazo insuficiente.
Descripción
Atendiendo a la fecha o fechas topes establecidas para las visitas técnicas, se recomienda prorrogar el plazo para realizar las mismas.
Comentario
Se ha indicado como posible fecha de visita técnica (31-05-2025) sin embargo, dicha fecha es un día no hábil (sábado).//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, se solicita remitir el documento correspondiente.
Descripción
Se solicita remitir el dictamen en el cual se expongan las razones que impidieron el cumplimiento de la comunicación
del llamado en el plazo previsto, el mismo debe estar suscripto conforme lo indica la normativa vigente. Res. DNCP N° 340/24.
Comentario
Se verifica en la planificación que el presente proceso se encontraba planificado para el primer cuatrimestre del año sin embargo el mismo ha sido comunicado en el segundo cuatrimestre. Recordamos a la convocante el Artículo 3'. PROCEDIMIENTO. INCUMPLIMIENTO DEL PAC DETECTADO EN Et PRIMER CUATRIMESTRE de la Res. DNCP 262/25.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
No se remite permiso ambiental (MADES), considerando que el proceso cuenta con un estudio de suelo, Plan de Gestión Ambiental, Relevamiento Topográfico y Mano de obra: Excavación y remoción de suelo blando).//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.