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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ygirett
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
22-07-2025 - 16:20
Fecha de Fin
28-07-2025 - 09:41
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
PBC:observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.: Los sigtes puntos :1 un camión de 5.000 kg para transporte de materiales en el Área de trabajo Camioneta de apoyo 4x4,

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Cláusula de Capacidad Técnica: en dicha cláusula se establecen los requisitos documentales y recordamos a la convocante que en dicha cláusula deben establecer los criterios a ser evaluados en cuanto a capacidad Técnica y en la cláusula de requisitos documentales los documentos con los cuales comprobar y evaluar dichos criterios. De momento en ambas cláusulas se establecen solo los requisitos documentales.//PBC:Identificación de la unidad solicitante y justificaciones . Solicitamos completar el punto expuesto //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Duplicación de información.
Descripción
Se verifica que los datos establecidos en la cláusula del PBC o Carta de Invitación se encuentran duplicados.
Comentario
PBC: Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera b. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura ., EL mismo se encuentra en :Requisitos documentales para la evaluación de las condiciones de participación //PBC:Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia :2. Constancia de RUC emitida por la SET. 3. Patente comercial vigente, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.EL mismo se encuentra en :Requisitos documentales para la evaluación de las condiciones de participación//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Procedimientos sin planificación
Descripción
Se solicita remitir el dictamen firmado por la Máxima Autoridad o por el Director de Administración y Finanzas de la convocante, en el cual se expongan las razones que impidieron el cumplimiento de la comunicación de la planificación del llamado en el plazo previsto.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Contenido del Pliego de Bases y Condiciones
Descripción
Solicitamos aclarar el motivo por el cual las documentaciones deben ser autenticadas por escribanía, en lugar de copias simples.
Comentario
a. Copia autenticada del Balance General Impositivo en formato clasificado, años (2021, 2022 y 2023)//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Solicitamos a la convocante ajustarse a la Res 230/25 art.40 :f) Dictamen de precio referencial y antecedente de Estimación de Costos//Dictamen técnico en el cual se sustenten las especificaciones técnicas requeridas en el procedimiento de contratación, suscripto por el responsable del área requirente o del técnico que las recomendó. En caso de que los mismos sugieran cr¡terios de evaluación y/o condiciones de ejecución contractual, la fundamentac¡ón de tales sugerencias deberá formar parte del dictamen técnico.//Ajustarse al art.41 de la res.230/25 Artículo 41. Visita o inspección técnica.la convocante podrá establecer en las bases de la contratación que dicha visita será obligatoria, para el efecto, deberá rem¡tir la justificac¡ón respect¡va. En estos casos no se aceptará la presentación de decla ración jurada./ /

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.