Entendemos que, como ATOE, somos responsables de la selección/definición de las medidas de «obras de rápido impacto», así como de su diseño, licitación y supervisión de la ejecución, y además gestionamos un fondo de disposición con el que se financian dichas obras. En este sentido, solicitamos que se confirme que todos los contratistas que ejecutan las «obras de rápido impacto» establecen una relación contractual directa con el cliente y son responsables ante él por los trabajos que realizan.
Entendemos que, como ATOE, somos responsables de la selección/definición de las medidas de «obras de rápido impacto», así como de su diseño, licitación y supervisión de la ejecución, y además gestionamos un fondo de disposición con el que se financian dichas obras. En este sentido, solicitamos que se confirme que todos los contratistas que ejecutan las «obras de rápido impacto» establecen una relación contractual directa con el cliente y son responsables ante él por los trabajos que realizan.
En relación a la extensión de plazo de consultas, se solicita se programe una nueva visita a terreno, y que esta sea programada y confirmada (hora y lugar de encuentro) con al menos 7 días.
En relación a la extensión de plazo de consultas, se solicita se programe una nueva visita a terreno, y que esta sea programada y confirmada (hora y lugar de encuentro) con al menos 7 días.
El oferente podrá realizar individualmente la visita a terreno que considere necesario para relevar y evacuar las dudas con respecto a su propuesta
83
Multas - O.3 Remuneración del Apoyo al Gerenciamiento del Programa de Obras
En la redacción de las Multas, no se especifica cuál es el incumplimiento que gatilla la aplicación de éstas. Dice: "Será aplicado una multa del 5% sobre el monto total del contrato por cada prestador del servicio propuesto por EI Proveedor ATOE. Hasta un máximo del 20%. En caso de proseguir con el incumplimiento el proveedor ATOE deberá sustituir el personal propuesto conforme a los procedimientos aplicables".
Se solicita aclarar.
06-11-2025
21-11-2025
Multas - O.3 Remuneración del Apoyo al Gerenciamiento del Programa de Obras
En la redacción de las Multas, no se especifica cuál es el incumplimiento que gatilla la aplicación de éstas. Dice: "Será aplicado una multa del 5% sobre el monto total del contrato por cada prestador del servicio propuesto por EI Proveedor ATOE. Hasta un máximo del 20%. En caso de proseguir con el incumplimiento el proveedor ATOE deberá sustituir el personal propuesto conforme a los procedimientos aplicables".
Se solicita aclarar.
Conforme a lo indicado en el O.3 de los TDR, el que gatilla la aplicación de la multa se refiere al incumplimiento de cada personal propuesto por el ATOE conforme a su propuesta
84
Plazo Entrega vs Nuevo Plazo Consultas
Se solicita con motivo del nuevo plazo de Consultas (03.12), se posponga el plazo de entrega de la oferta en al menos 30 días. Este nuevo plazo permitirá al MOPC responder, y así el proponente recibir y analizar las respuestas con tiempo.
La fecha entre el 03.12 y el 10.12 no es suficiente para recibir, analizar y preparar una oferta de esta magnitud.
Se solicita con motivo del nuevo plazo de Consultas (03.12), se posponga el plazo de entrega de la oferta en al menos 30 días. Este nuevo plazo permitirá al MOPC responder, y así el proponente recibir y analizar las respuestas con tiempo.
La fecha entre el 03.12 y el 10.12 no es suficiente para recibir, analizar y preparar una oferta de esta magnitud.
Dicho plazo ha sido ajustado en el SICP de la DNCP
85
Aclaración del Documento de Licitación, Visita in situ y Reunión Previa a la Licitación
SECCION I - IAL
8 .Aclaración del Documento de Licitación, Visita in situ y Reunión Previa a la Licitación
8.1Todo Licitante potencial que requiera alguna aclaración del Documento de Licitación deberá comunicarse con el Contratante por escrito a la dirección correspondiente y por el medio de comunicación especificado en los DDL El Contratante responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes se reciban a más tardar veintiún (21) días antes de que venza el plazo para la presentación de las Propuestas. El Contratante publicara las respuestas a traves del Portal de la DNCP, e incluira una descripcion de las consultas realizadas, pero sin identificar su fuente. Si el Contratante considera necesario realizar modificaciones como resultado de las solicitudes de aclaración, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en las IAL 10 y 24.2.
Considerando:
La falta de respuesta a la mayoria de las consultas visualizadas en el portal, la complejidad del llamado, y cantidad de productos/servicios esperados, las obras de rapido impacto, las etapas condicionales, la situacion actual de las instalaciones ya visitadas, la cantidad de puntos "a definir", los actores involucrados MOPC, ESSAP, IB, BID, JICA, entre otros, como asi tambien el desplazamiento de la planificacion de Proyecto BID RG1134/JICA PG 18 en General, y de este llamado en especifico, SE SOLICITA que la convocante tenga a bien considerar realizar una REUNION EXPLICATIVA a la brevedad, que conforme sea factible pueda realizarse en forma hibrida.
06-11-2025
21-11-2025
Aclaración del Documento de Licitación, Visita in situ y Reunión Previa a la Licitación
SECCION I - IAL
8 .Aclaración del Documento de Licitación, Visita in situ y Reunión Previa a la Licitación
8.1Todo Licitante potencial que requiera alguna aclaración del Documento de Licitación deberá comunicarse con el Contratante por escrito a la dirección correspondiente y por el medio de comunicación especificado en los DDL El Contratante responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes se reciban a más tardar veintiún (21) días antes de que venza el plazo para la presentación de las Propuestas. El Contratante publicara las respuestas a traves del Portal de la DNCP, e incluira una descripcion de las consultas realizadas, pero sin identificar su fuente. Si el Contratante considera necesario realizar modificaciones como resultado de las solicitudes de aclaración, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en las IAL 10 y 24.2.
Considerando:
La falta de respuesta a la mayoria de las consultas visualizadas en el portal, la complejidad del llamado, y cantidad de productos/servicios esperados, las obras de rapido impacto, las etapas condicionales, la situacion actual de las instalaciones ya visitadas, la cantidad de puntos "a definir", los actores involucrados MOPC, ESSAP, IB, BID, JICA, entre otros, como asi tambien el desplazamiento de la planificacion de Proyecto BID RG1134/JICA PG 18 en General, y de este llamado en especifico, SE SOLICITA que la convocante tenga a bien considerar realizar una REUNION EXPLICATIVA a la brevedad, que conforme sea factible pueda realizarse en forma hibrida.
En breve serán publicadas aclaraciones a las consultas realizadas
86
CLAUSULA 16.1, 17.1 Y 18.1 DEL PBC
ENTENDEMOS QUE: CON EXCEPCIÓN DEL PODER, LA DECLARACIÓN DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, Y LOS FORMULARIOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y FINANCIERA, LA RESTANTE DOCUMENTACIÓN PODRÁ SER PRESENTADA EN COPIA SIMPLE DEBIDAMENTE FIRMADA Y SELLADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE. POSTERIORMENTE, QUIEN RESULTE ADJUDICADO, CON ANTERIORIDAD A LA FIRMA DEL CONTRATO Y DENTRO DEL PLAZO QUE EL CONTRATANTE CONCEDA A TAL EFECTO, DEBERÁ PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN INSTITUCIONAL Y LA DOCUMENTACIÓN EMITIDA POR AUTORIDAD EXTRANJERA DEBIDAMENTE LEGALIZADA POR AUTORIDAD CONSULAR O, CON SU RESPECTIVA APOSTILLA O EL TRAMITE DE AUTENTICACION PERTINENTE DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN PARAGUAYA Y CONVENIOS INTERNACIONALES VIGENTES CON EL PAÍS DE PROCEDENCIA. ¿ES CORRECTA NUESTRA APRECIACIÓN?
ENTENDEMOS QUE: CON EXCEPCIÓN DEL PODER, LA DECLARACIÓN DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, Y LOS FORMULARIOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y FINANCIERA, LA RESTANTE DOCUMENTACIÓN PODRÁ SER PRESENTADA EN COPIA SIMPLE DEBIDAMENTE FIRMADA Y SELLADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE. POSTERIORMENTE, QUIEN RESULTE ADJUDICADO, CON ANTERIORIDAD A LA FIRMA DEL CONTRATO Y DENTRO DEL PLAZO QUE EL CONTRATANTE CONCEDA A TAL EFECTO, DEBERÁ PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN INSTITUCIONAL Y LA DOCUMENTACIÓN EMITIDA POR AUTORIDAD EXTRANJERA DEBIDAMENTE LEGALIZADA POR AUTORIDAD CONSULAR O, CON SU RESPECTIVA APOSTILLA O EL TRAMITE DE AUTENTICACION PERTINENTE DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN PARAGUAYA Y CONVENIOS INTERNACIONALES VIGENTES CON EL PAÍS DE PROCEDENCIA. ¿ES CORRECTA NUESTRA APRECIACIÓN?
Se deberá presentar los documentos mencionados en original y en copias, llenados en los formularios indicados y que se encuentran el PBC como Sección IV, "Formularios de Licitación". Estos formularios deberán ser debidamente llenados sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos, excepto según lo dispuesto en la IAL 22.3. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. Así mismo, conforme lo establece el PBC en la IAL 22.3 La confirmación por escrito de la autorización para firmar en nombre del Licitante constará de: una carta en original firmada por los representantes legales de la firma o de las firmas constituidas en APCA designado al representante del Licitante con poderes para presentar la Propuesta y firmar el contrato
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Criterios relativos a las calificaciones
En la Sección III – Criterios relativos a las calificaciones se indica lo siguiente: “Las cifras de cada uno de los miembros de un APCA se deberán sumar para determinar el cumplimiento del Licitante en relación con los criterios mínimos de calificación de (a), (b) y (e); sin embargo, para que un APCA pueda calificar, el miembro a cargo debe cumplir al menos el 40% de los criterios mínimos para un licitante individual y el resto de los miembros, al menos el 25% de los criterios. De no cumplirse este requisito, se rechazará la oferta de la APCA”.
Cabe destacar que si bien el principal servicio a prestar corresponde a operación, el alcance de los trabajos tiene también una fuerte componente a nivel de consultoría y gerenciamiento de obras, por lo que, si bien los criterios requeridos en cuanto a experiencia están puramente enfocados a operación, la integración de empresas en una APCA con estos perfiles se entienden sumamente necesarios para abordar todo el alcance requerido. Es por esto que se entiende que el resto de los miembros que conforman el APCA deben cumplir en conjunto con un 25% de los requisitos, no siendo necesario que un solo miembro distinto del líder alcance dicho porcentaje de manera individual.
Favor confirmar la interpretación.
En la Sección III – Criterios relativos a las calificaciones se indica lo siguiente: “Las cifras de cada uno de los miembros de un APCA se deberán sumar para determinar el cumplimiento del Licitante en relación con los criterios mínimos de calificación de (a), (b) y (e); sin embargo, para que un APCA pueda calificar, el miembro a cargo debe cumplir al menos el 40% de los criterios mínimos para un licitante individual y el resto de los miembros, al menos el 25% de los criterios. De no cumplirse este requisito, se rechazará la oferta de la APCA”.
Cabe destacar que si bien el principal servicio a prestar corresponde a operación, el alcance de los trabajos tiene también una fuerte componente a nivel de consultoría y gerenciamiento de obras, por lo que, si bien los criterios requeridos en cuanto a experiencia están puramente enfocados a operación, la integración de empresas en una APCA con estos perfiles se entienden sumamente necesarios para abordar todo el alcance requerido. Es por esto que se entiende que el resto de los miembros que conforman el APCA deben cumplir en conjunto con un 25% de los requisitos, no siendo necesario que un solo miembro distinto del líder alcance dicho porcentaje de manera individual.
Favor confirmar la interpretación.
Se solicita con motivo del nuevo plazo de Consultas, pueda prorrogarse el plazo de entrega de la oferta en al menos 30 días. Este nuevo plazo permitirá al MOPC responder, y así el proponente recibir y analizar las respuestas con tiempo para una elaboración competitiva de la oferta.
Se solicita con motivo del nuevo plazo de Consultas, pueda prorrogarse el plazo de entrega de la oferta en al menos 30 días. Este nuevo plazo permitirá al MOPC responder, y así el proponente recibir y analizar las respuestas con tiempo para una elaboración competitiva de la oferta.
En el Formulario TEC-6 “Composición del Equipo, Trabajo y Tiempo de los Expertos Clave”, al pie se indica:
“2. …Un (1) mes equivale a veintidós (22) días laborables (facturables). Un día laboral (facturable) no podrá ser menos de ocho (8) horas laborables (facturables).”
Sin embargo, en la Sección VII – Términos de Referencia, se establecen dedicaciones que difieren de lo anterior. Por ejemplo, para el cargo de Director General, se señala:
“Dedicación: la asignación de este personal para la Fase 1, Fase 2 y Fase 3 deberá comprometer:
i) una dedicación total (26 días-mes) durante la elaboración del diseño hasta su aprobación final;
ii) una dedicación no inferior a ocho (8) días-mes en el sitio de obra durante la ejecución de las obras y fase de mantenimiento.”
Estas definiciones resultan contradictorias, ya que el TEC-6 establece que un mes equivale a 22 días laborables, mientras que el TDR considera 26 días-mes para dedicación total.
La diferencia entre ambos criterios genera incertidumbre en la estimación de los costos del personal clave, honorarios, movilización y viáticos, afectando la correcta formulación de la propuesta técnica y económica.
Además, el uso del término “deberá” en los Términos de Referencia indica una exigencia obligatoria y no una referencia orientativa, por lo que se requiere una aclaración expresa.
Se solicita a la convocante aclarar cuál criterio debe aplicarse para efectos del cálculo del tiempo de dedicación del personal.
En el Formulario TEC-6 “Composición del Equipo, Trabajo y Tiempo de los Expertos Clave”, al pie se indica:
“2. …Un (1) mes equivale a veintidós (22) días laborables (facturables). Un día laboral (facturable) no podrá ser menos de ocho (8) horas laborables (facturables).”
Sin embargo, en la Sección VII – Términos de Referencia, se establecen dedicaciones que difieren de lo anterior. Por ejemplo, para el cargo de Director General, se señala:
“Dedicación: la asignación de este personal para la Fase 1, Fase 2 y Fase 3 deberá comprometer:
i) una dedicación total (26 días-mes) durante la elaboración del diseño hasta su aprobación final;
ii) una dedicación no inferior a ocho (8) días-mes en el sitio de obra durante la ejecución de las obras y fase de mantenimiento.”
Estas definiciones resultan contradictorias, ya que el TEC-6 establece que un mes equivale a 22 días laborables, mientras que el TDR considera 26 días-mes para dedicación total.
La diferencia entre ambos criterios genera incertidumbre en la estimación de los costos del personal clave, honorarios, movilización y viáticos, afectando la correcta formulación de la propuesta técnica y económica.
Además, el uso del término “deberá” en los Términos de Referencia indica una exigencia obligatoria y no una referencia orientativa, por lo que se requiere una aclaración expresa.
Se solicita a la convocante aclarar cuál criterio debe aplicarse para efectos del cálculo del tiempo de dedicación del personal.
Lo mencionado no corresponde a lo solicitado en el PBC del llamado N° 33 ATOE
90
Puntajes por formación académica
Se solicita a la convocante revision de los criterios de puntuación referentes a la formación académica de los profesionales, dado que, para que los profesionales puedan acreditar el total del puntaje de la formación académica, se solicitan tres niveles de formación (Maestría, Especialiación, Diplomado), lo cual es inusual, más aún cuando se solicitan estos tres niveles de formación en una sola área (Por ej. maestria en arquitectura hospitalaria, especialización en arquitectura hospitalaria, diplomado en arquitectura hospitalaria). Lo lógico sería que el personal que acredite el mayor nivel de formación (maestria) ya pueda puntuar con el mayor puntaje en cuanto a "Formación Académica". Además, en otros llamados de similar o inclusive mayor magnitud y complejidad se optó por este criterio de evaluación.
Se solicita a la convocante revision de los criterios de puntuación referentes a la formación académica de los profesionales, dado que, para que los profesionales puedan acreditar el total del puntaje de la formación académica, se solicitan tres niveles de formación (Maestría, Especialiación, Diplomado), lo cual es inusual, más aún cuando se solicitan estos tres niveles de formación en una sola área (Por ej. maestria en arquitectura hospitalaria, especialización en arquitectura hospitalaria, diplomado en arquitectura hospitalaria). Lo lógico sería que el personal que acredite el mayor nivel de formación (maestria) ya pueda puntuar con el mayor puntaje en cuanto a "Formación Académica". Además, en otros llamados de similar o inclusive mayor magnitud y complejidad se optó por este criterio de evaluación.