El PBC para el Item 8.1 - Barrera de control Peatonal requiere una Barrera integrada con lector Facial QR y Tarjeta cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY modelo ASGB9XXS-X cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://materialfile.dahuasecurity.com/uploads/cpq/prm-os-srv-res/smart/datasheetzipfiles/ASGB9XXS-X_datasheet_20241018.pdf
Requiere textualmente
• Tamaño Maximo Protruyente 75 mm (2.95")
El Termino “Protruyente” del participio protruir según la RAE, https://dle.rae.es/protruir se refiere a “Dicho de una parte del cuerpo o de un órgano: Desplazarse hacia delante, sobresalir de sus límites normales, de forma natural o patológica.
Este término que utiliza el pliego y también “coincidentemente” DAHUA (Protruding) en el datasheet de este modelo, Y de vuelta coincidentemente es exacto al valor de referencia Module Protruding Size 75 mm (2.95")
Siendo sincero y asumiendo mis limitaciones gramaticales o literarias, debo admitir que es la primera vez que escucho semejante palabra, el cual agradezco a DAHUA y a la DINAC poder enriquecer mi vocabulario, pero de igual manera, no tengo la más pálida idea de cómo o cuando utilizarlo técnicamente.
El Asesor que copio/escribió este pliego debería tomarse el tiempo de buscar un equivalente mas adecuado o en su defecto omitir este detalle que evidencia que el trabajo realizado fue el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Buscando otros fabricantes de productos similares, No encontramos otro que utilice este término en especificaciones de sus productos
Solicitamos que la Dinac pueda amonestar al que escribió (copió) estas especificaciones, ya que obligan a cotizar productos de un único fabricante, o en su defecto modifiquen todas las especificaciones de este item y de todos los demás ítems copiados de DAHUA de modo a permitir que puedan ser ofertados productos de otro Fabricante. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
El PBC para el Item 8.1 - Barrera de control Peatonal requiere una Barrera integrada con lector Facial QR y Tarjeta cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY modelo ASGB9XXS-X cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://materialfile.dahuasecurity.com/uploads/cpq/prm-os-srv-res/smart/datasheetzipfiles/ASGB9XXS-X_datasheet_20241018.pdf
Requiere textualmente
• Tamaño Maximo Protruyente 75 mm (2.95")
El Termino “Protruyente” del participio protruir según la RAE, https://dle.rae.es/protruir se refiere a “Dicho de una parte del cuerpo o de un órgano: Desplazarse hacia delante, sobresalir de sus límites normales, de forma natural o patológica.
Este término que utiliza el pliego y también “coincidentemente” DAHUA (Protruding) en el datasheet de este modelo, Y de vuelta coincidentemente es exacto al valor de referencia Module Protruding Size 75 mm (2.95")
Siendo sincero y asumiendo mis limitaciones gramaticales o literarias, debo admitir que es la primera vez que escucho semejante palabra, el cual agradezco a DAHUA y a la DINAC poder enriquecer mi vocabulario, pero de igual manera, no tengo la más pálida idea de cómo o cuando utilizarlo técnicamente.
El Asesor que copio/escribió este pliego debería tomarse el tiempo de buscar un equivalente mas adecuado o en su defecto omitir este detalle que evidencia que el trabajo realizado fue el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Buscando otros fabricantes de productos similares, No encontramos otro que utilice este término en especificaciones de sus productos
Solicitamos que la Dinac pueda amonestar al que escribió (copió) estas especificaciones, ya que obligan a cotizar productos de un único fabricante, o en su defecto modifiquen todas las especificaciones de este item y de todos los demás ítems copiados de DAHUA de modo a permitir que puedan ser ofertados productos de otro Fabricante. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
En el contexto de un dispositivo de tipo "Barrera de Control Peatonal" (por ejemplo, torniquetes, puertas batientes automáticas, pasillos motorizados o barreras ópticas), el término "Tamaño del Módulo Protruyente" hace referencia a una parte física del equipo que sobresale o se proyecta del cuerpo principal de la estructura.
"Módulo protruyente" se refiere al componente o conjunto sobresaliente del cuerpo principal de la barrera, que interactúa físicamente con el usuario o delimita el paso.
Por ejemplo:
- En un torniquete tipo trípode, sería el brazo giratorio que sobresale del cuerpo principal.
- En un pasillo motorizado tipo flap o swing gate, se refiere a las alas o paneles móviles que se extienden hacia el pasillo para bloquear o permitir el paso.
- En modelos más avanzados, puede incluir los módulos de detección o sensores infrarrojos que sobresalen del gabinete principal.
La especificación será ajustada y la versión actualizada será incorporada en la Adenda N° 01.
32
Item 8.1 - Barrera de control Peatonal
El PBC para el Item 8.1 - Barrera de control Peatonal requiere una Barrera integrada con lector Facial QR y Tarjeta cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY modelo ASGB9XXS-X cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://materialfile.dahuasecurity.com/uploads/cpq/prm-os-srv-res/smart/datasheetzipfiles/ASGB9XXS-X_datasheet_20241018.pdf
De vuelta requieren características únicamente cumplidas por un único fabricante ya se en su conjunto o por detalles particularmente especiales
El trabajo realizado por el asesor que detallo estos requerimientos, solo se limitó a el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Estas especificaciones (en términos de la propia Dinac) Protruyen o sobresalen de los límites de lo ridículo al ser copia tan burda de productos de este Fabricante y el modelo especifico
Esto no es un direccionamiento, es una obligación para ofertar únicamente 7 (siete) modelos de cámaras, Software, NAS, Barreras de control Protruidas de un único fabricante.
Solicitamos que todas las especificaciones sean reformuladas de modo a permitir productos de otro Fabricante y otros modelos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
El PBC para el Item 8.1 - Barrera de control Peatonal requiere una Barrera integrada con lector Facial QR y Tarjeta cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY modelo ASGB9XXS-X cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://materialfile.dahuasecurity.com/uploads/cpq/prm-os-srv-res/smart/datasheetzipfiles/ASGB9XXS-X_datasheet_20241018.pdf
De vuelta requieren características únicamente cumplidas por un único fabricante ya se en su conjunto o por detalles particularmente especiales
El trabajo realizado por el asesor que detallo estos requerimientos, solo se limitó a el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Estas especificaciones (en términos de la propia Dinac) Protruyen o sobresalen de los límites de lo ridículo al ser copia tan burda de productos de este Fabricante y el modelo especifico
Esto no es un direccionamiento, es una obligación para ofertar únicamente 7 (siete) modelos de cámaras, Software, NAS, Barreras de control Protruidas de un único fabricante.
Solicitamos que todas las especificaciones sean reformuladas de modo a permitir productos de otro Fabricante y otros modelos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece requerimientos técnicos mínimos de desempeño y compatibilidad, definidos en función de las necesidades operativas del proyecto, sin hacer referencia a marcas o modelos comerciales específicos. Las especificaciones responden a parámetros objetivos de rendimiento, capacidad y calidad técnica, conforme a criterios de estandarización y buenas prácticas del sector, garantizando la neutralidad y libre concurrencia entre oferentes.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
33
Item 8.3 - Pantalla interactiva
El PBC para Item 8.3 - Pantalla interactiva. Requiere especificaciones copiadas casi textualmente de productos del Fabricante Huawei modelo IdeaHub S2 IHS2-65S cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://e.huawei.com/en/material/enterprise/862dfd9438bb46faa9b0984f904f8dcd
Si bien en este item, el producto especifico no es de DAHUA, se tiene que también resulta en un producto chino.
Nos preguntamos, para que se obliga a reconocimiento de escritura China ¿?
También para este item, se tiene que dichas especificaciones fueron copiadas todas de la marca y modelo mencionado.
El trabajo realizado por el asesor que detallo estos requerimientos, solo se limitó a el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Esto no permite que equipos de otros fabricantes como Samsung, ViewSonic, I3 connect, BenQ, LG, y otros reconocidos mundialmente pueden ser presentados.
Solicitamos sean especificadas características que permitan otras marcas además de Huawei. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
El PBC para Item 8.3 - Pantalla interactiva. Requiere especificaciones copiadas casi textualmente de productos del Fabricante Huawei modelo IdeaHub S2 IHS2-65S cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://e.huawei.com/en/material/enterprise/862dfd9438bb46faa9b0984f904f8dcd
Si bien en este item, el producto especifico no es de DAHUA, se tiene que también resulta en un producto chino.
Nos preguntamos, para que se obliga a reconocimiento de escritura China ¿?
También para este item, se tiene que dichas especificaciones fueron copiadas todas de la marca y modelo mencionado.
El trabajo realizado por el asesor que detallo estos requerimientos, solo se limitó a el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Esto no permite que equipos de otros fabricantes como Samsung, ViewSonic, I3 connect, BenQ, LG, y otros reconocidos mundialmente pueden ser presentados.
Solicitamos sean especificadas características que permitan otras marcas además de Huawei. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece requerimientos técnicos mínimos de desempeño y compatibilidad, definidos en función de las necesidades operativas del proyecto, sin hacer referencia a marcas o modelos comerciales específicos. Las especificaciones responden a parámetros objetivos de rendimiento, capacidad y calidad técnica, conforme a criterios de estandarización y buenas prácticas del sector, garantizando la neutralidad y libre concurrencia entre oferentes.
El sistema deberá soportar reconocimiento de escritura manual o digital en múltiples idiomas y con capacidad de interpretación de símbolos o gráficos.
La especificación será ajustada y la versión actualizada será incorporada en la Adenda N° 01.
34
Item 8.2 - Lector Facial
El PBC para el Item 8.2 - Lector Facial requiere una cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY modelo ASI8214S-W cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://materialfile.dahuasecurity.com/uploads/cpq/prm-os-srv-res/smart/datasheetzipfiles/ASI8214S-W_datasheet_20240905.pdf
Todo es copiado textualmente de este modelo. El trabajo realizado por el asesor que detallo estos requerimientos, solo se limitó a el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Todas ellas en su conjunto y por valores particulares permiten que únicamente sean ofertados productos de este fabricante.
Solicitamos sean reformulados los requisitos de modo a permitir que otros fabricantes sean ofertados. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
El PBC para el Item 8.2 - Lector Facial requiere una cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY modelo ASI8214S-W cuyas especificaciones pueden verificarse en el siguiente link
https://materialfile.dahuasecurity.com/uploads/cpq/prm-os-srv-res/smart/datasheetzipfiles/ASI8214S-W_datasheet_20240905.pdf
Todo es copiado textualmente de este modelo. El trabajo realizado por el asesor que detallo estos requerimientos, solo se limitó a el típico “copy – Google translator – paste” de las especificaciones
Todas ellas en su conjunto y por valores particulares permiten que únicamente sean ofertados productos de este fabricante.
Solicitamos sean reformulados los requisitos de modo a permitir que otros fabricantes sean ofertados. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece requerimientos técnicos mínimos de desempeño y compatibilidad definidos en función de las necesidades operativas del proyecto, sin hacer referencia a marcas o modelos comerciales específicos. Las especificaciones responden a parámetros objetivos de rendimiento, capacidad y calidad técnica, conforme a criterios de estandarización y buenas prácticas del sector, garantizando la neutralidad y libre concurrencia entre oferentes.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
35
Direccionamiento del Llamado
El PBC para Item 2.1 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6 2.7, requieren Cámaras cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
El PBC para Item 7.2, 7.3, 8.1, 8.2, 9, 10 requieren Grabadores, sistemas de control de acceso y software cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
Estas cámaras, grabadores, software etc si bien “sobre papeles” puedan parecer de alta calidad, por su costo y origen se conoce que son de baja calidad e inseguras, respecto a fabricantes reconocidos mundialmente como Hanwha (ex Samsung), Axis, Pelco, Avigilon, Panasonic, Arecont, Bosh que, aunque son superiores y seguras respecto a la marca mencionada, no puedan ser ofertadas
Si bien el AISP necesita una actualización de su sistema de video vigilancia, el hecho de solicitar textualmente cámaras y productos chinas degrada la calidad que debería ser obligatoria en un sitio tan critico como es el AISP.
Dahua No cumple con estándares internaciones tanto americanos como europeos en el área de seguridad como FIPS 140-2, FIPS 140-2 L3 certified TPM, FIPS 201-2, Safety Act Designation, NDAA Compliant, GDPR, SOC2 Type II, ISO 27001+ Certified, PCI DSS, GSA APL, CC EAL6+
Es reconocido que productos de este fabricante, son propensos a mal funcionamiento, daños inesperados que limitan la vida útil de todo el sistema de video vigilancia del AISP
Se tienen publicaciones de terceros con innumerables problemas de confiabilidad y vulnerabilidad de DAHUA por lo que se las considera complemente inseguras ya que pueden ser accesadas de manera ilegal, y modificada la información almacenada. Sin mencionar también que los sistemas de control de Acceso pueden ser vulnerados por las deficiencias de estas soluciones de este fabricante
Más allá de la excusa de guerra comercial con china, esta es la verdadera razón, por la que gobiernos de Canadá, Estados Unidos y casi en su totalidad países de la Comunidad Europea, como Inglaterra, Irlanda, Escocia, Francia, Alemania, Italia, Polonia y otros que toman enserio, la seguridad de su infraestructura, NO permiten productos de este fabricante
Solicitamos que las especificaciones requeridas sean reformuladas de modo a que sea ofertada soluciones más robustas y seguras respecto a cámaras de marcas como Dahua y Hikvision.
El PBC para Item 2.1 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6 2.7, requieren Cámaras cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
El PBC para Item 7.2, 7.3, 8.1, 8.2, 9, 10 requieren Grabadores, sistemas de control de acceso y software cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
Estas cámaras, grabadores, software etc si bien “sobre papeles” puedan parecer de alta calidad, por su costo y origen se conoce que son de baja calidad e inseguras, respecto a fabricantes reconocidos mundialmente como Hanwha (ex Samsung), Axis, Pelco, Avigilon, Panasonic, Arecont, Bosh que, aunque son superiores y seguras respecto a la marca mencionada, no puedan ser ofertadas
Si bien el AISP necesita una actualización de su sistema de video vigilancia, el hecho de solicitar textualmente cámaras y productos chinas degrada la calidad que debería ser obligatoria en un sitio tan critico como es el AISP.
Dahua No cumple con estándares internaciones tanto americanos como europeos en el área de seguridad como FIPS 140-2, FIPS 140-2 L3 certified TPM, FIPS 201-2, Safety Act Designation, NDAA Compliant, GDPR, SOC2 Type II, ISO 27001+ Certified, PCI DSS, GSA APL, CC EAL6+
Es reconocido que productos de este fabricante, son propensos a mal funcionamiento, daños inesperados que limitan la vida útil de todo el sistema de video vigilancia del AISP
Se tienen publicaciones de terceros con innumerables problemas de confiabilidad y vulnerabilidad de DAHUA por lo que se las considera complemente inseguras ya que pueden ser accesadas de manera ilegal, y modificada la información almacenada. Sin mencionar también que los sistemas de control de Acceso pueden ser vulnerados por las deficiencias de estas soluciones de este fabricante
Más allá de la excusa de guerra comercial con china, esta es la verdadera razón, por la que gobiernos de Canadá, Estados Unidos y casi en su totalidad países de la Comunidad Europea, como Inglaterra, Irlanda, Escocia, Francia, Alemania, Italia, Polonia y otros que toman enserio, la seguridad de su infraestructura, NO permiten productos de este fabricante
Solicitamos que las especificaciones requeridas sean reformuladas de modo a que sea ofertada soluciones más robustas y seguras respecto a cámaras de marcas como Dahua y Hikvision.
Se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece requerimientos técnicos mínimos de desempeño y compatibilidad definidos en función de las necesidades operativas del proyecto, sin hacer referencia a marcas o modelos comerciales específicos. Las especificaciones responden a parámetros objetivos de rendimiento, capacidad y calidad técnica, conforme a criterios de estandarización y buenas prácticas del sector, garantizando la neutralidad y libre concurrencia entre oferentes.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
36
Direccionamiento del Llamado
El PBC para el Item 8.1, 8.2 requieren equipos de control de acceso de la marca DAHUA SECURITY
Entendiendo que la entidad ya cuenta con un sistema de Control de Acceso en el predio para el cual estos equipos del item 8.1 y 8.2 No son compatible con el existente, donde DAHUA al carecer de protocolos y certificaciones de seguridad, No son aptos para sitios críticos.
Esto atenta con el propio enunciado de la convocante donde especifica textualmente. “el presente llamado además de la incorporación cámaras nuevas desea la unificación de ambos sistemas en una única plataforma de gestión de tipo VMS en su última versión”
Es decir, la convocante mal asesorada, está desechando el VMS y sistema de control de Acceso que ya cuenta, e introduce una nueva solución basada en productos chinos que no poseen certificaciones de seguridad y claramente inseguros para sitios críticos como el AISP
Sistemas de Video vigilancia inseguros, permiten borrado y alteraciones de imágenes.
Sistema de Acceso inseguros, permiten la falsificación de credenciales para el ingreso a áreas criticas
Solicitamos sean reformulados los requisitos de modo a mantener una de video vigilancia y control de acceso que posea estándares de seguridad apropiados para sitios como el AISP.
El PBC para el Item 8.1, 8.2 requieren equipos de control de acceso de la marca DAHUA SECURITY
Entendiendo que la entidad ya cuenta con un sistema de Control de Acceso en el predio para el cual estos equipos del item 8.1 y 8.2 No son compatible con el existente, donde DAHUA al carecer de protocolos y certificaciones de seguridad, No son aptos para sitios críticos.
Esto atenta con el propio enunciado de la convocante donde especifica textualmente. “el presente llamado además de la incorporación cámaras nuevas desea la unificación de ambos sistemas en una única plataforma de gestión de tipo VMS en su última versión”
Es decir, la convocante mal asesorada, está desechando el VMS y sistema de control de Acceso que ya cuenta, e introduce una nueva solución basada en productos chinos que no poseen certificaciones de seguridad y claramente inseguros para sitios críticos como el AISP
Sistemas de Video vigilancia inseguros, permiten borrado y alteraciones de imágenes.
Sistema de Acceso inseguros, permiten la falsificación de credenciales para el ingreso a áreas criticas
Solicitamos sean reformulados los requisitos de modo a mantener una de video vigilancia y control de acceso que posea estándares de seguridad apropiados para sitios como el AISP.
La unificación de los sistemas VMS actualmente en funcionamiento, pertenecientes a distintos fabricantes, responde a la necesidad de integrar la gestión de videovigilancia y control de acceso en una única plataforma centralizada, asegurando la interoperabilidad, trazabilidad y eficiencia operativa. La coexistencia de plataformas heterogéneas limita la capacidad de administración, genera duplicidad de recursos, incrementa los costos de mantenimiento y dificulta la correlación de eventos entre cámaras y puntos de control. La implementación de un VMS unificado en su última versión permitirá disponer de una gestión integral, segura y escalable. Este enfoque garantiza una operación continua, simplifica el mantenimiento técnico y fortalece la capacidad institucional de monitoreo en tiempo real y respuesta ante incidentes en entornos críticos como el AISP.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
37
Direccionamiento del Llamado
El PBC para Item 2.1 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6 2.7, requieren Cámaras cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
El PBC para Item 7.2, 7.3, 8.1, 8.2, 9, 10 requieren Grabadores, sistemas de control de acceso y software cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
Sabiendo y conociendo de las deficiencias técnicas y de seguridad de soluciones de este Fabricante, nos preguntamos como el personal técnico de la DINAC podrá asegurarse de que evidencias de hechos ilícitos ocurridos en el AISP no fueron adulterados por intrusos ¿? O peor aun que ellos mismos no sean culpados por la adulteración o carencia de evidencias ¿?
Esto en si ya constituye un enorme riesgo para los propios técnicos del AISP y ni hablar de la propia justicia que pueda ser burlada ante hechos ilícitos que pueda ocurrir en un sitio tan critico como el AISP
Solicitamos que las especificaciones requeridas sean reformuladas de modo a que sea ofertada soluciones más robustas y seguras respecto a soluciones de fabricantes como Dahua y otros similares
El PBC para Item 2.1 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6 2.7, requieren Cámaras cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
El PBC para Item 7.2, 7.3, 8.1, 8.2, 9, 10 requieren Grabadores, sistemas de control de acceso y software cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY
Sabiendo y conociendo de las deficiencias técnicas y de seguridad de soluciones de este Fabricante, nos preguntamos como el personal técnico de la DINAC podrá asegurarse de que evidencias de hechos ilícitos ocurridos en el AISP no fueron adulterados por intrusos ¿? O peor aun que ellos mismos no sean culpados por la adulteración o carencia de evidencias ¿?
Esto en si ya constituye un enorme riesgo para los propios técnicos del AISP y ni hablar de la propia justicia que pueda ser burlada ante hechos ilícitos que pueda ocurrir en un sitio tan critico como el AISP
Solicitamos que las especificaciones requeridas sean reformuladas de modo a que sea ofertada soluciones más robustas y seguras respecto a soluciones de fabricantes como Dahua y otros similares
Se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece requerimientos técnicos mínimos de desempeño y compatibilidad definidos en función de las necesidades operativas del proyecto, sin hacer referencia a marcas o modelos comerciales específicos. Las especificaciones responden a parámetros objetivos de rendimiento, capacidad y calidad técnica, conforme a criterios de estandarización y buenas prácticas del sector, garantizando la neutralidad y libre concurrencia entre oferentes.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
38
Item 9 y 10 Licenciamiento para cámaras del sistema de CCTV, y SOFTWARE DE GESTION DE VIDEOVIGILANCIA Y CONTROL DE ACCESO
El PBC para el Item 9 y 10 Licenciamiento para cámaras del sistema de CCTV, y SOFTWARE DE GESTION DE VIDEOVIGILANCIA Y CONTROL DE ACCESO Cuyas especificaciones fueron copiados del software del Fabricante DAHUA SECURITY según se puede verificar en el siguiente link
https://software.dahuasecurity.com/DSSDesignTool/static/media/DSS%20Pro%208.2.0_Datasheet.298ffc57.pdf
No existe en el mercado una solución de un fabricante distinto al mencionado que pueda ser idéntica a las cámaras, servidores, control de acceso y otros ya todos dichos componentes son fabricados por DAHUA SECURITY
La convocante mal asesorada, solicita una solución nueva, donde casi todos sus componentes son de fabricados por DAHUA que se conocen por su falta de certificaciones de seguridad
Dahua posee vulnerabilidades informáticas que pueden ser aprovechadas por inescrupulosos para modificar, borrar, alterar, y acceder a evidencia y sitios restringidos.
La convocante ya tiene una solución que puede ser actualizada manteniendo los estándares de seguridad más altos de la industria y apropiados para sitios críticos como el AISP
No se comprende como la DINAC aprueba la adquisición de un sistema inseguro, tal como son las soluciones del fabricante DAHUA
Ningún gobierno que valore la seguridad de sus instalaciones acepta productos con dichas falencias técnicas y de seguridad
Solicitamos a la convocante a modificar completamente los requerimientos de modo a que el AISP posea un sistema seguro y confiable con equipos diferentes a fabricantes cuya seguridad sea uno de los factores mas importantes.
29-09-2025
30-03-2026
Item 9 y 10 Licenciamiento para cámaras del sistema de CCTV, y SOFTWARE DE GESTION DE VIDEOVIGILANCIA Y CONTROL DE ACCESO
El PBC para el Item 9 y 10 Licenciamiento para cámaras del sistema de CCTV, y SOFTWARE DE GESTION DE VIDEOVIGILANCIA Y CONTROL DE ACCESO Cuyas especificaciones fueron copiados del software del Fabricante DAHUA SECURITY según se puede verificar en el siguiente link
https://software.dahuasecurity.com/DSSDesignTool/static/media/DSS%20Pro%208.2.0_Datasheet.298ffc57.pdf
No existe en el mercado una solución de un fabricante distinto al mencionado que pueda ser idéntica a las cámaras, servidores, control de acceso y otros ya todos dichos componentes son fabricados por DAHUA SECURITY
La convocante mal asesorada, solicita una solución nueva, donde casi todos sus componentes son de fabricados por DAHUA que se conocen por su falta de certificaciones de seguridad
Dahua posee vulnerabilidades informáticas que pueden ser aprovechadas por inescrupulosos para modificar, borrar, alterar, y acceder a evidencia y sitios restringidos.
La convocante ya tiene una solución que puede ser actualizada manteniendo los estándares de seguridad más altos de la industria y apropiados para sitios críticos como el AISP
No se comprende como la DINAC aprueba la adquisición de un sistema inseguro, tal como son las soluciones del fabricante DAHUA
Ningún gobierno que valore la seguridad de sus instalaciones acepta productos con dichas falencias técnicas y de seguridad
Solicitamos a la convocante a modificar completamente los requerimientos de modo a que el AISP posea un sistema seguro y confiable con equipos diferentes a fabricantes cuya seguridad sea uno de los factores mas importantes.
Se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece requerimientos técnicos mínimos de desempeño y compatibilidad definidos en función de las necesidades operativas del proyecto, sin hacer referencia a marcas o modelos comerciales específicos. Las especificaciones responden a parámetros objetivos de rendimiento, capacidad y calidad técnica, conforme a criterios de estandarización y buenas prácticas del sector, garantizando la neutralidad y libre concurrencia entre oferentes.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
39
Direccionamiento del Llamado
El PBC para los siete tipos de cámaras requeridas (aprox 350 unds), VMS, Grabadores de IA, Barreras de personas, Lectores Faciales, Software VMS y Sistemas de almacenamiento, solicitan productos cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY.
Dahua es actualmente uno de fabricante más inseguros y vulnerables, fácilmente accesibles de manera ilegal a personal mal intencionado, que quieran borrar evidencias criticas según se puede verificar en diferentes sitios informáticos y de seguridad
Estas deficiencias o vulnerabilidades (solo se muestra del año 2025) son altamente conocidas y se pueden verificar en los siguientes links
• Critical Dahua Camera Flaws Enable Remote Hijack via ONVIF and File Upload Exploits
https://thehackernews.com/2025/07/critical-dahua-camera-flaws-enable.html
• Vulnerabilities Identified in Dahua
https://www.bitdefender.com/en-us/blog/labs/vulnerabilities-identified-in-dahua-hero-c1-smart-cameras
• Hackers could take over millions of Dahua CCTV cameras because of two critical flaws
https://www.techradar.com/pro/security/hackers-could-take-over-millions-of-dahua-cctv-cameras-because-of-two-critical-flaws-heres-how-to-stay-safe
• CVE Vulnerabilidades DAHUA (más de 12 problemas de seguridad en 2024-2025)
https://www.cve.org/CVERecord/SearchResults?query=dahua
• Dahua Camera Crisis: Millions at Risk
https://snjsi.com/critical-security-alert-reolink-and-dahua-camera-vulnerabilities-demand-immediate-action/
• Dahua Critical Vulnerabilities July 2025 – IPVM
https://ipvm.com/reports/dahua-vuln-25
y la cuenta sigue y sigue ……
Otros fabricantes reconocidos mundialmente como como Hanwha (ex Samsung), Axis, Pelco, Avigilon, Panasonic, AVCostar (ex Arecont), Bosh, Software VMS como Milestone, Genetec y otros que además de la calidad física de sus productos, también se enfocan en proveer soluciones seguras.
La utilización de Productos del fabricante DAHUA en particular puede afectar enormemente la calificación del AISP ya que puede permitir a intrusos, acceder alterar y eliminar información existente sin que el personal técnico de la AISP pueda notarlo.
Puede permitir a intrusos mal intencionados, acceder a los sitios críticos con identidades falsas de modo a violentar activos y bienes que se encuentren dentro del AISP ya que son sistemas altamente vulnerables.
DAHUA SECURITY (que resulta ser “No tan Security”) así como otros fabricantes chinos, son soluciones inseguras ya que carecen de certificaciones de seguridad, NO pueden ser recomendadas para instalaciones serias en sitios importantes como el AISP
Solicitamos que todas las especificaciones de productos DAHUA sean modificadas para permitir que fabricantes seguros puedan ser ofertados. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
El PBC para los siete tipos de cámaras requeridas (aprox 350 unds), VMS, Grabadores de IA, Barreras de personas, Lectores Faciales, Software VMS y Sistemas de almacenamiento, solicitan productos cuyas especificaciones fueron copiadas casi textualmente de soluciones del fabricante DAHUA SECURITY.
Dahua es actualmente uno de fabricante más inseguros y vulnerables, fácilmente accesibles de manera ilegal a personal mal intencionado, que quieran borrar evidencias criticas según se puede verificar en diferentes sitios informáticos y de seguridad
Estas deficiencias o vulnerabilidades (solo se muestra del año 2025) son altamente conocidas y se pueden verificar en los siguientes links
• Critical Dahua Camera Flaws Enable Remote Hijack via ONVIF and File Upload Exploits
https://thehackernews.com/2025/07/critical-dahua-camera-flaws-enable.html
• Vulnerabilities Identified in Dahua
https://www.bitdefender.com/en-us/blog/labs/vulnerabilities-identified-in-dahua-hero-c1-smart-cameras
• Hackers could take over millions of Dahua CCTV cameras because of two critical flaws
https://www.techradar.com/pro/security/hackers-could-take-over-millions-of-dahua-cctv-cameras-because-of-two-critical-flaws-heres-how-to-stay-safe
• CVE Vulnerabilidades DAHUA (más de 12 problemas de seguridad en 2024-2025)
https://www.cve.org/CVERecord/SearchResults?query=dahua
• Dahua Camera Crisis: Millions at Risk
https://snjsi.com/critical-security-alert-reolink-and-dahua-camera-vulnerabilities-demand-immediate-action/
• Dahua Critical Vulnerabilities July 2025 – IPVM
https://ipvm.com/reports/dahua-vuln-25
y la cuenta sigue y sigue ……
Otros fabricantes reconocidos mundialmente como como Hanwha (ex Samsung), Axis, Pelco, Avigilon, Panasonic, AVCostar (ex Arecont), Bosh, Software VMS como Milestone, Genetec y otros que además de la calidad física de sus productos, también se enfocan en proveer soluciones seguras.
La utilización de Productos del fabricante DAHUA en particular puede afectar enormemente la calificación del AISP ya que puede permitir a intrusos, acceder alterar y eliminar información existente sin que el personal técnico de la AISP pueda notarlo.
Puede permitir a intrusos mal intencionados, acceder a los sitios críticos con identidades falsas de modo a violentar activos y bienes que se encuentren dentro del AISP ya que son sistemas altamente vulnerables.
DAHUA SECURITY (que resulta ser “No tan Security”) así como otros fabricantes chinos, son soluciones inseguras ya que carecen de certificaciones de seguridad, NO pueden ser recomendadas para instalaciones serias en sitios importantes como el AISP
Solicitamos que todas las especificaciones de productos DAHUA sean modificadas para permitir que fabricantes seguros puedan ser ofertados. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Es importante señalar que ningún sistema tecnológico, independientemente del fabricante o país de origen, puede considerarse 100% inmune a vulnerabilidades o riesgos de ciberseguridad. Todos los sistemas de videovigilancia, control de acceso y gestión VMS -incluyendo los provistos por marcas reconocidas como Hanwha, Axis, Pelco, Avigilon, Panasonic o Genetec, entre otros- requieren procesos continuos de mantenimiento, actualización y monitoreo para garantizar su seguridad y desempeño.
La seguridad de una plataforma depende en gran medida de la correcta implementación de medidas preventivas, como la instalación oportuna de parches y actualizaciones del fabricante, el uso de credenciales seguras, la segmentación de red, el control de accesos administrativos y la auditoría periódica del sistema. Estas buenas prácticas se aplican transversalmente a cualquier solución tecnológica adoptada. Por tanto, el enfoque institucional se basa en mantener las plataformas permanentemente actualizadas y gestionadas bajo estándares de ciberseguridad, garantizando la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fue elaborado atendiendo a requerimientos operativos institucionales específicos, siguiendo los lineamientos y procesos previstos en la Ley N° 7021/2022, y contando además con la revisión y autorización del MITIC.
Remitirse a la Adenda N° 01.
40
Reformulacion de las EETT
En misma página web de la DINAC aclara: La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) avanza en el proyecto orientado a la certificación del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi por parte de la Federal Aviation Administration (FAA).
La FAA establece Segun la “National Defense Authorization Act [Public Law 115-232 § 889(f)(1)] and 2 CFR § 200.216 prohibit use of certain telecommunications and video surveillance services or equipment”
https://www.faa.gov/airports/resources/workshops/2024_national_consultants_workshop/presentations/faa-buy-american-preference
“For public safety, security of government facilities, physical security surveillance of critical infrastructure Hangzhou Hikvision Digital Technology Company, or Dahua Technology Company (or any subsidiary or affiliate of such entities)”
Sin necesidad de “Google Translator” se aclara que, La FAA en sus regulaciones y especialmente Aeropuertos, prohíbe expresamente la compra de equipamientos de marcas como Hikvision, Dahua o cualquier subsidiaria o afiliadas a dichas entidades
Mas allá de la llamada “guerra comercial” entre EE. UU. y China, la verdadera razón de dichas prohibiciones es relacionadas a los enormes problemas de Ciberseguridad de dichas marcas
Nos preguntamos como la DINAC autoriza la compra de soluciones enteramente en contra de las prohibiciones de la FAA cuando la misma pretende certificar el AISP con la FAA
Solicitamos que todas las especificaciones sean reformuladas con soluciones de fabricantes diferentes a los mencionados
En misma página web de la DINAC aclara: La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) avanza en el proyecto orientado a la certificación del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi por parte de la Federal Aviation Administration (FAA).
La FAA establece Segun la “National Defense Authorization Act [Public Law 115-232 § 889(f)(1)] and 2 CFR § 200.216 prohibit use of certain telecommunications and video surveillance services or equipment”
https://www.faa.gov/airports/resources/workshops/2024_national_consultants_workshop/presentations/faa-buy-american-preference
“For public safety, security of government facilities, physical security surveillance of critical infrastructure Hangzhou Hikvision Digital Technology Company, or Dahua Technology Company (or any subsidiary or affiliate of such entities)”
Sin necesidad de “Google Translator” se aclara que, La FAA en sus regulaciones y especialmente Aeropuertos, prohíbe expresamente la compra de equipamientos de marcas como Hikvision, Dahua o cualquier subsidiaria o afiliadas a dichas entidades
Mas allá de la llamada “guerra comercial” entre EE. UU. y China, la verdadera razón de dichas prohibiciones es relacionadas a los enormes problemas de Ciberseguridad de dichas marcas
Nos preguntamos como la DINAC autoriza la compra de soluciones enteramente en contra de las prohibiciones de la FAA cuando la misma pretende certificar el AISP con la FAA
Solicitamos que todas las especificaciones sean reformuladas con soluciones de fabricantes diferentes a los mencionados
La Sección 889 de la National Defense Authorization Act (NDAA) -norma federal promulgada en los Estados Unidos de América- establece restricciones específicas aplicables únicamente a entidades gubernamentales y contratistas que utilicen fondos federales estadounidenses, prohibiendo la adquisición o uso de determinados equipos de telecomunicaciones y videovigilancia por motivos de seguridad nacional.
Se aclara que dicha disposición no tiene alcance ni aplicación jurídica en la República del Paraguay, dado que se trata de una legislación interna de los Estados Unidos, sin efecto extraterritorial.
Es importante señalar que ningún sistema tecnológico, independientemente del fabricante o país de origen, puede considerarse 100% inmune a vulnerabilidades o riesgos de ciberseguridad. Todos los sistemas de videovigilancia, control de acceso y gestión VMS requieren procesos continuos de mantenimiento, actualización y monitoreo para garantizar su seguridad y desempeño.
La seguridad de una plataforma depende en gran medida de la correcta implementación de medidas preventivas, como la instalación oportuna de parches y actualizaciones del fabricante, el uso de credenciales seguras, la segmentación de red, el control de accesos administrativos y la auditoría periódica del sistema.
Remitirse a la Adenda N° 01.