En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 2. Solicitan: Servicio de instalación y configuración de copias de seguridad de las 150 máquinas virtuales críticas que posee la institución de acuerdo con el hipervisor y al software de recuperación de desastres solicitado.
Por favor indicar cual que sistemas operativos (versión) y/o aplicaciones están instalados en los servidores virtuales, además indicar el tamaño de almacenamiento que ocupa cada uno para poder determinar el tamaño estimado de la información a respaldar en los storage.
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 2. Solicitan: Servicio de instalación y configuración de copias de seguridad de las 150 máquinas virtuales críticas que posee la institución de acuerdo con el hipervisor y al software de recuperación de desastres solicitado.
Por favor indicar cual que sistemas operativos (versión) y/o aplicaciones están instalados en los servidores virtuales, además indicar el tamaño de almacenamiento que ocupa cada uno para poder determinar el tamaño estimado de la información a respaldar en los storage.
Los servidores virtuales alojan distintos sistemas operativos, principalmente Linux (Ubuntu, CentOS, Almalinux y RedHat) en distintas versiones y Windows Server 2022 Standard. Las aplicaciones instaladas son propias de los servicios institucionales de misión crítica (sistemas administrativos, académicos y de gestión interna, entre otros).
El tamaño de almacenamiento de las máquinas virtuales varía según el servicio, oscilando entre 30 GB y 2 TB por máquina virtual. El tamaño total de los almacenamientos está detallado en las especificaciones técnicas
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Versión de licencias de hipervisor
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 3. Solicitan: Servicio de Actualización de Licencias del Hipervisor existente a la misma versión de los servidores a proveer.
Por favor indicar cual es la versión actual del hipervisor existente en el MEC, proveer la cantidad de licencias con las que se cuentan actualmente y el tipo y el estado de la suscripción del mismo.
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 3. Solicitan: Servicio de Actualización de Licencias del Hipervisor existente a la misma versión de los servidores a proveer.
Por favor indicar cual es la versión actual del hipervisor existente en el MEC, proveer la cantidad de licencias con las que se cuentan actualmente y el tipo y el estado de la suscripción del mismo.
- Versión actual del hipervisor existente en el MEC : vSphere 7 Enterprise Plus.
- Cantidad de licencias con las que se cuentan actualmente: 8
- Tipo y el estado de la suscripción:
"Virtual SMP ilimitado
H.264 para conexiones de Remote Console
Agente de vCenter para el host de VMware
vSphere API
Biblioteca de contenido
Storage APIs
vSphere vMotion
X-Switch vMotion
vSphere HA
vSphere Data Protection
vShield Endpoint
vSphere Replication
vShield Zones
HW virtual para conexión en caliente
vSphere Storage vMotion
Lector de tarjeta inteligente compartido
vSphere FT (hasta 8 CPU virtuales)
Virtual Volumes
APIs for Storage Awareness
Administración basada en directiva de almacenamiento
vSphere Storage APIs for Array Integration
vSphere DRS
Concentrador de puertos serie virtuales remotos
MPIO/Múltiples rutas de terceros
Big Data Extensions
Memoria de confianza
vSphere Distributed Switch
vSphere Host Profiles
vSphere Auto Deploy
SR-IOV
vSphere Storage I/O Control
vMotion con acceso directo
vSphere Storage DRS
vSphere vMotion Metro
vSphere View Accelerator
vSphere App HA
vMotion a través de centros virtuales
vGPU
vSphere Proactive HA
Cifrado de vSphere VM
vSphere Encrypted vMotion
vSphere Predictive DRS
Memoria persistente
vSphere Trust Authority
Compatible con el servicio Tanzu Kubernetes Grid y el servicio de infraestructura híbrida
vSphere Bitfusion"
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Marca de servidores
En el pliego de bases y condiciones, en las Especificaciones técnicas, para el ITEM 3 de storage en el punto de compatibilidad dice: Se solicitan que los servidores a proveer sean de la misma marca que servidores existentes, de manera a integrar todos los equipos a una sola consola de administración con el propósito de evitan al mínimo las fallas por incompatibilidad operacional entre diferentes marcas en el momento de realizarse migración e integración.
Se solicita la modificación de esta cláusula, permitiendo la oferta de equipos de cualquier marca, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas y sean compatibles con el entorno existente.
Todo esto porque se viola el principio de libre competencia al favorecer a un solo proveedor o marca específica, excluyendo a otros potenciales oferentes que podrían ofrecer soluciones equivalentes o superiores.
La Ley N° 7021/22 prohíbe prácticas que limiten injustificadamente la participación de oferentes.
La DNCP ha sostenido en jurisprudencia reciente que las especificaciones técnicas deben permitir la participación de múltiples marcas, salvo que exista una justificación técnica documentada, lo cual no se presenta en este pliego.
Solicitud: Se solicita la modificación de esta cláusula, permitiendo la oferta de equipos de cualquier marca, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas y sean compatibles con el entorno existente.
En el pliego de bases y condiciones, en las Especificaciones técnicas, para el ITEM 3 de storage en el punto de compatibilidad dice: Se solicitan que los servidores a proveer sean de la misma marca que servidores existentes, de manera a integrar todos los equipos a una sola consola de administración con el propósito de evitan al mínimo las fallas por incompatibilidad operacional entre diferentes marcas en el momento de realizarse migración e integración.
Se solicita la modificación de esta cláusula, permitiendo la oferta de equipos de cualquier marca, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas y sean compatibles con el entorno existente.
Todo esto porque se viola el principio de libre competencia al favorecer a un solo proveedor o marca específica, excluyendo a otros potenciales oferentes que podrían ofrecer soluciones equivalentes o superiores.
La Ley N° 7021/22 prohíbe prácticas que limiten injustificadamente la participación de oferentes.
La DNCP ha sostenido en jurisprudencia reciente que las especificaciones técnicas deben permitir la participación de múltiples marcas, salvo que exista una justificación técnica documentada, lo cual no se presenta en este pliego.
Solicitud: Se solicita la modificación de esta cláusula, permitiendo la oferta de equipos de cualquier marca, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas y sean compatibles con el entorno existente.
Lo establecido es conforme a la envergadura del proyecto tecnológico y además de la criticidad de datos que serán almacenados en estos equipos.
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Software de monitoreo de servidores
"Se solicitan que los servidores a proveer sean de la misma marca que servidores existentes, de manera a integrar todos los equipos a una sola consola de administración con el propósito de evitan al mínimo las fallas por incompatibilidad operacional entre diferentes marcas en el momento de realizarse migración e integración."
En el punto "Compatibilidad" del ítem 3 se solicita que los servidores del Ítem 2 sean de la misma marca que los servidores existentes de manera a integrar todos equipos en una sola consola, Primeramente este punto debería de pertenecer al ITEM 2 - Servidores, luego lo que este requerimiento hace es restringir la competencia ya que solamente cumplirán servidores de una sola marca lo cual no se está especificando, tampoco se habilitó un día de visita técnica para relevar de que marca es la base instalada de la institución.
Al tratarse de servidores x86, es una plataforma abierta donde existen varias marcas que ofrecen la misma tecnología, con este requerimiento que lo que quiere es restringir la libre competencia que está consagrada como uno de los principios rectores de la Ley de Contrataciones Publicas y requieren la consola de administración de una marca en particular, habiendo herramientas de terceros, incluso de carácter gratuito, que permiten administrar equipos de varios fabricantes.
"Se solicitan que los servidores a proveer sean de la misma marca que servidores existentes, de manera a integrar todos los equipos a una sola consola de administración con el propósito de evitan al mínimo las fallas por incompatibilidad operacional entre diferentes marcas en el momento de realizarse migración e integración."
En el punto "Compatibilidad" del ítem 3 se solicita que los servidores del Ítem 2 sean de la misma marca que los servidores existentes de manera a integrar todos equipos en una sola consola, Primeramente este punto debería de pertenecer al ITEM 2 - Servidores, luego lo que este requerimiento hace es restringir la competencia ya que solamente cumplirán servidores de una sola marca lo cual no se está especificando, tampoco se habilitó un día de visita técnica para relevar de que marca es la base instalada de la institución.
Al tratarse de servidores x86, es una plataforma abierta donde existen varias marcas que ofrecen la misma tecnología, con este requerimiento que lo que quiere es restringir la libre competencia que está consagrada como uno de los principios rectores de la Ley de Contrataciones Publicas y requieren la consola de administración de una marca en particular, habiendo herramientas de terceros, incluso de carácter gratuito, que permiten administrar equipos de varios fabricantes.
"El storage ofrecido deberá ser suministrado con una capacidad mínima de 90TB utilizables y deberá ser configurado en RAID 6 o RAID con doble paridad. El oferente y/o fabricante no utilizará más de 10D+2P al dimensionar la matriz.
El almacenamiento ofertado deberá ser escalable a más de 350 TB de capacidad física bruta utilizando unidades NVMe de 15 TB como mínimo."
Favor especificar si los 90Tb disponibles deben de ser teniendo en cuenta la reducción de datos (compresión y reduplicación).
"El storage ofrecido deberá ser suministrado con una capacidad mínima de 90TB utilizables y deberá ser configurado en RAID 6 o RAID con doble paridad. El oferente y/o fabricante no utilizará más de 10D+2P al dimensionar la matriz.
El almacenamiento ofertado deberá ser escalable a más de 350 TB de capacidad física bruta utilizando unidades NVMe de 15 TB como mínimo."
Favor especificar si los 90Tb disponibles deben de ser teniendo en cuenta la reducción de datos (compresión y reduplicación).
La capacidad mínima de 90 TB utilizables deberá estar disponible sin considerar tecnologías de reducción de datos (compresión o deduplicación).
Las funcionalidades de optimización que ofrezca el fabricante podrán considerarse como beneficios adicionales, pero no serán tomadas en cuenta para el cálculo de la capacidad base exigida.
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Utilización de librerías de cinta
En el ITEM5 se está solicitando almacenamiento en cinta, se hace la consulta a la convocante si es posible tener en cuenta para este punto un Storage de Almacenamiento especializados para datos del tipo Archiving, que soporten protocolos tipo NAS o S3 en vez de las librerías de cintas.
Las cintas LTO ya están pasando a ser una tecnología obsoleta, cuentan con tiempos de recuperación muy elevados y poca integración nativa con soluciones de backup y cloud, además de que se debe tener espacios acondicionados especialmente para el resguardo de las mismas. Con las cintas en muchos casos se requieren software adicional para este tipo lograr integraciones.
Si bien las cintas proporcionan un "air-gap" natural contra ransomware, ya que están offline, lo que las hace ideales para backups de largo plazo. Un storage para larga retención de datos ofrece la facilidad de poder configurar replicación en diferentes locaciones geográficas tanto on-premise como en cloud, ofrecer también copias inmutables y seguridad superior sin sacrificar accesibilidad.
La consulta a la convocante es si se puede reemplazar la solución de tape backup por un storage especializado para almacenamiento de larga retención, escalable, de arquitectura modular y que soporte protocolos que sean compatibles con las ultimas soluciones de protección de datos y permitan fácil integración con las principales nubes del mercado.
En el ITEM5 se está solicitando almacenamiento en cinta, se hace la consulta a la convocante si es posible tener en cuenta para este punto un Storage de Almacenamiento especializados para datos del tipo Archiving, que soporten protocolos tipo NAS o S3 en vez de las librerías de cintas.
Las cintas LTO ya están pasando a ser una tecnología obsoleta, cuentan con tiempos de recuperación muy elevados y poca integración nativa con soluciones de backup y cloud, además de que se debe tener espacios acondicionados especialmente para el resguardo de las mismas. Con las cintas en muchos casos se requieren software adicional para este tipo lograr integraciones.
Si bien las cintas proporcionan un "air-gap" natural contra ransomware, ya que están offline, lo que las hace ideales para backups de largo plazo. Un storage para larga retención de datos ofrece la facilidad de poder configurar replicación en diferentes locaciones geográficas tanto on-premise como en cloud, ofrecer también copias inmutables y seguridad superior sin sacrificar accesibilidad.
La consulta a la convocante es si se puede reemplazar la solución de tape backup por un storage especializado para almacenamiento de larga retención, escalable, de arquitectura modular y que soporte protocolos que sean compatibles con las ultimas soluciones de protección de datos y permitan fácil integración con las principales nubes del mercado.
Es un método técnico que da mayor eficiencia en seguridad y así poder proteger aislándola físicamente, por lo cual se mantiene lo establecido en el PBC
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Certificaciones técnicas requeridas
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Requisitos de participación, en la Experiencia, dice: El personal técnico solicitado a continuación deberá pertenecer a la nómina permanente de funcionarios del oferente, evidenciadas con la planilla del seguro social, con antigüedad mínima de 1 (un) año
b. 1 (un) Personal Certificado en Datacenter nivel profesional avalado por la TIA942, vigente. Tal como Certificación CDCP (Certified Data Center Professional)
c. Disponer de 1 (un) recurso certificado AOP -UPTIME INSTITUTE Accredited Operations Professional ó ATS UPTIME INSTITUTE - Accredited Tier Specialist.
Solicitamos que estos certificados sean considerados como opcionales por lo siguiente:
Esta exigencia limita y/o restringe la participación de oferentes nacionales, especialmente MIPYMES, que no cuentan con personal certificado en estándares internacionales poco difundidos en Paraguay
La Ley N° 7021/22, en su artículo 4, establece como principios rectores de la contratación pública la libre competencia, la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
La Resolución DNCP N° 15/2024 permite impugnar requisitos técnicos que no estén debidamente justificados en relación al objeto del contrato.
La certificación TIA942 y UPTIME Institute son válidas para infraestructura física de datacenters, pero no son imprescindibles para la provisión de soluciones de replicación y backup en la nube, que es el objeto principal de esta licitación.
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Requisitos de participación, en la Experiencia, dice: El personal técnico solicitado a continuación deberá pertenecer a la nómina permanente de funcionarios del oferente, evidenciadas con la planilla del seguro social, con antigüedad mínima de 1 (un) año
b. 1 (un) Personal Certificado en Datacenter nivel profesional avalado por la TIA942, vigente. Tal como Certificación CDCP (Certified Data Center Professional)
c. Disponer de 1 (un) recurso certificado AOP -UPTIME INSTITUTE Accredited Operations Professional ó ATS UPTIME INSTITUTE - Accredited Tier Specialist.
Solicitamos que estos certificados sean considerados como opcionales por lo siguiente:
Esta exigencia limita y/o restringe la participación de oferentes nacionales, especialmente MIPYMES, que no cuentan con personal certificado en estándares internacionales poco difundidos en Paraguay
La Ley N° 7021/22, en su artículo 4, establece como principios rectores de la contratación pública la libre competencia, la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
La Resolución DNCP N° 15/2024 permite impugnar requisitos técnicos que no estén debidamente justificados en relación al objeto del contrato.
La certificación TIA942 y UPTIME Institute son válidas para infraestructura física de datacenters, pero no son imprescindibles para la provisión de soluciones de replicación y backup en la nube, que es el objeto principal de esta licitación.
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 9. Solicitan: Se debe proveer 1 (una) licencia que permita realizar una copia de datos críticos del equipo NAS de la institución.
Solicitamos que nos puedan indicar el tamaño del NAS (GB, TB, etc.) para prever el licenciamiento para la copia de datos del mismo a los medios de respaldo solicitados.
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 9. Solicitan: Se debe proveer 1 (una) licencia que permita realizar una copia de datos críticos del equipo NAS de la institución.
Solicitamos que nos puedan indicar el tamaño del NAS (GB, TB, etc.) para prever el licenciamiento para la copia de datos del mismo a los medios de respaldo solicitados.
Cantidad de servidores y storage existentes actualmente
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 4. Solicitan: Servicio de implementación, configuración e integración de sistema de gestión de los servidores de aplicaciones tanto nuevos como existentes y storage físicos bajo una sola consola de administración independiente del sistema de virtualización.
Necesitamos que nos indiquen la cantidad de servidores y cantidad de storage, marca y modelo de los mismos y su número de serie para poder verificar el estado de soporte. Para los storage podrían indicar el tamaño de almacenamiento total y disponible en la actualidad.
01-09-2025
04-09-2025
Cantidad de servidores y storage existentes actualmente
En el pliego de bases y condiciones, en la sección de Especificaciones Técnicas, en el alcance, en el Punto 4. Solicitan: Servicio de implementación, configuración e integración de sistema de gestión de los servidores de aplicaciones tanto nuevos como existentes y storage físicos bajo una sola consola de administración independiente del sistema de virtualización.
Necesitamos que nos indiquen la cantidad de servidores y cantidad de storage, marca y modelo de los mismos y su número de serie para poder verificar el estado de soporte. Para los storage podrían indicar el tamaño de almacenamiento total y disponible en la actualidad.
La infraestructura actual será indicada mediante una adenda y por razones de seguridad institucional, no se publican los números de serie en esta etapa del proceso. Esta información podrá ser proporcionada en el marco de la ejecución del contrato a la empresa adjudicada, a los efectos de la verificación de soporte con el fabricante.
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Certificación Internacional ISO 9001:2015
El requerimiento en el Ítem F de Capacidad Técnica, que exige la Certificación Internacional ISO 9001:2015 para la Venta o comercialización de Equipos Informáticos y telecomunicaciones (TIC) y abarcar también Servicios tanto en la instalación como en el soporte post venta.
Solicitamos la exclusión para permitir la participación a más empresas, ya que limitar contradice el objetivo de la ley de promover una amplia concurrencia de oferentes.
El requerimiento en el Ítem F de Capacidad Técnica, que exige la Certificación Internacional ISO 9001:2015 para la Venta o comercialización de Equipos Informáticos y telecomunicaciones (TIC) y abarcar también Servicios tanto en la instalación como en el soporte post venta.
Solicitamos la exclusión para permitir la participación a más empresas, ya que limitar contradice el objetivo de la ley de promover una amplia concurrencia de oferentes.