Datos de la Verificación
Usuario Verificador
mosorio
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
14-07-2025 - 12:39
Fecha de Fin
17-07-2025 - 10:02
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal tiene cierre al 30 de junio
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa en los requisitos de Capacidad financiera, no se ajustan a las reglamentaciones vigentes en materia tributaria,
se solicita subsanar, atendiendo que los mismos constituyen requisitos aplicables para analizar el margen de solvencia, patrimonio propio no comprometido,
fondo de garantía y disponibilidades. Esta misma observación es aplicable a los documentos adicionales.
Comentario
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se omiten a ciertos contribuyentes para acreditar la capacidad financiera
Descripción
Con relación a la acreditación de la capacidad financiera, se solicita se justifique razonablemente porque no han sido
considerados los demás tipos de contribuyentes (Ej. IRAGRO, IRP, IRPC, IRACIS…según el caso)
Comentario
*Considerando que actualmente iracis se denomina ire, y a los efectos de evitar confusiones al momento de la evaluacion de la oferta, solicitamos a la convocante indicar iracis/ire.//
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario
*Conforme a los documentos remitidos y los datos cargados en el SICP, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.//
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
*Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.//
Tema
PROPIAS DE LA SBE
Sección
Datos del SICP
Situación
El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta no coincide con lo establecido en el SICP.
Descripción
El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta no coincide con lo establecido en el SICP, se solicita subsanar.
Comentario
El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta indicado en el SICP no coincide con lo establecido en el PBC, se solicita subsanar.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.