Se solicita, por favor, la posibilidad de contar con el anteproyecto del llamado, a fin de facilitar una mejor comprensión y visualización de los trabajos previstos.
Se solicita, por favor, la posibilidad de contar con el anteproyecto del llamado, a fin de facilitar una mejor comprensión y visualización de los trabajos previstos.
Para facilitar una mejor comprensión y visualización de los trabajos previstos, la información del diseño conceptual se encuentra disponible. La documentación de soporte y los estudios previos que sirvieron para definir los parámetros y criterios de diseño, incluyendo los diseños preliminares y memorias de cálculo, están disponibles para los oferentes en el ANEXO A - Data Room para ser consultados como referencia
122
Consulta
En caso de ser empresa extranjera, es necesario estar inscripto en el Registro de Proveedores del estado?
Este requisito deberá ser cumplido con la empresa que saliera adjudicada
123
Prorroga
Atento a las consultas aún no respondidas y al tiempo limitado disponible para la preparación de una propuesta adecuada, solicitamos respetuosamente se conceda una prórroga de veinte (20) días para la presentación de la oferta.
Atento a las consultas aún no respondidas y al tiempo limitado disponible para la preparación de una propuesta adecuada, solicitamos respetuosamente se conceda una prórroga de veinte (20) días para la presentación de la oferta.
En el Pliego se lista los cargos y el tiempo mínimo requerido a cubrir por el personal clave de El Ingeniero, indicando para cada perfil la cantidad de meses de servicio.
Solicitamos aclarar si dicha asignación parcial debe mantenerse uniformemente distribuida a lo largo de todo el contrato, o si puede variar según las diferentes etapas del servicio, siempre que en total se cumpla con el número de meses establecidos en el Pliego.
En el Pliego se lista los cargos y el tiempo mínimo requerido a cubrir por el personal clave de El Ingeniero, indicando para cada perfil la cantidad de meses de servicio.
Solicitamos aclarar si dicha asignación parcial debe mantenerse uniformemente distribuida a lo largo de todo el contrato, o si puede variar según las diferentes etapas del servicio, siempre que en total se cumpla con el número de meses establecidos en el Pliego.
Se reitera que los valores de meses de permanencia establecidos en los Términos de Referencia son referenciales al mínimo. La participación del Ingeniero FIDIC y su equipo está supeditada al plan de trabajo de su propuesta técnica, de conformidad al contrato de diseño + construcción proyectada. En ese contexto, el plan de trabajo y la organización del personal deberán reflejar el enfoque técnico y la lógica metodológica propuestos en sus distintas etapas y alcance
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Asignacion del Personal no clave
En el Pliego se lista los cargos y el tiempo mínimo requerido a cubrir por el personal no clave de El Ingeniero, indicando para cada perfil la cantidad de meses de servicio.
Solicitamos aclarar si dicha asignación parcial debe mantenerse uniformemente distribuida a lo largo de todo el contrato, o si puede variar según las diferentes etapas del servicio, siempre que en total se cumpla con el número de meses establecidos en el Pliego.
En el Pliego se lista los cargos y el tiempo mínimo requerido a cubrir por el personal no clave de El Ingeniero, indicando para cada perfil la cantidad de meses de servicio.
Solicitamos aclarar si dicha asignación parcial debe mantenerse uniformemente distribuida a lo largo de todo el contrato, o si puede variar según las diferentes etapas del servicio, siempre que en total se cumpla con el número de meses establecidos en el Pliego.
Se reitera que los valores de meses de permanencia establecidos en los Términos de Referencia son referenciales al mínimo. La participación del Ingeniero FIDIC y su equipo está supeditada al plan de trabajo de su propuesta técnica, de conformidad al contrato de diseño + construcción proyectada. En ese contexto, el plan de trabajo y la organización del personal deberán reflejar el enfoque técnico y la lógica metodológica propuestos en sus distintas etapas y alcance
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Consulta
Se consulta si es requisito obligatorio que los consorcios con intención de formación deban estar inscriptos en el Registro de Proveedores del estado.
Este requisito deberá ser cumplido con la empresa que saliera adjudicada
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Especialista Social
1.En la respuesta a la Consulta 98 sobre el requerimiento del idioma Guarani se menciona lo siguiente:
El Especialista Social debe contar con dominio del idioma español, considerado para la puntuación técnica (0,5 puntos), y con manejo fluido del idioma guaraní hablado, requisito funcional indispensable para el desempeño del rol. Ambas competencias se acreditarán mediante Declaración Jurada, cumpliendo así tanto los criterios de evaluación como los requisitos operativos del cargo.
Se consulta:
Como será calificado al profesional que solo presenta en su Declaración Jurada conocimiento del Idioma Español. Se entendería que el conocer el idioma guarani seria bajo el sistema CUMPLE/NO CUMPLE
1.En la respuesta a la Consulta 98 sobre el requerimiento del idioma Guarani se menciona lo siguiente:
El Especialista Social debe contar con dominio del idioma español, considerado para la puntuación técnica (0,5 puntos), y con manejo fluido del idioma guaraní hablado, requisito funcional indispensable para el desempeño del rol. Ambas competencias se acreditarán mediante Declaración Jurada, cumpliendo así tanto los criterios de evaluación como los requisitos operativos del cargo.
Se consulta:
Como será calificado al profesional que solo presenta en su Declaración Jurada conocimiento del Idioma Español. Se entendería que el conocer el idioma guarani seria bajo el sistema CUMPLE/NO CUMPLE
El Especialista Social debe contar con dominio del idioma español, considerado para la puntuación técnica (0,5 puntos), y con manejo fluido del idioma guaraní hablado, requisito funcional indispensable para el desempeño del rol. Ambas competencias se acreditarán mediante Declaración Jurada, cumpliendo así tanto los criterios de evaluación como los requisitos operativos del cargo
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Director de Proyecto
Con relación al requerimiento establecido para el Director de Proyecto, de contar con experiencia donde ha desempeñado la función del Ingeniero y/o del Representante del Ingeniero FIDIC en al menos un (1) contrato de obras en general.
Se consulta:
Como será calificado al profesional que solo presenta en cuenta con dicha experiencia, considerando que no se encuentra incluido lo mencionado en el criterio de calificación.
Con relación al requerimiento establecido para el Director de Proyecto, de contar con experiencia donde ha desempeñado la función del Ingeniero y/o del Representante del Ingeniero FIDIC en al menos un (1) contrato de obras en general.
Se consulta:
Como será calificado al profesional que solo presenta en cuenta con dicha experiencia, considerando que no se encuentra incluido lo mencionado en el criterio de calificación.
Se informa que se ha emitido la Adenda N° 2, haciendo referencia a los ajustes del perfil profesional requerido. Sírvase verificar dicha Adenda para las aclaraciones a sus consultas.
129
Experiencia General del Oferente
En relación con la respuesta brindada a la Consulta N.º 70, en la cual la Convocante indica que “el volumen anual de negocios se verifica como criterio de calificación (admisibilidad, ‘Cumple/No Cumple’) dentro del Sobre 1”, y que la asignación de puntaje de la “Experiencia General de la Empresa” se realiza “exclusivamente por contratos conforme al esquema del PBC”, se formulan las siguientes observaciones y solicitud de aclaración:
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) no se establece que la verificación del volumen anual de negocios opere bajo un esquema de admisibilidad (“Cumple/No Cumple”).
Por el contrario, dentro del mismo apartado, se presentan dos criterios de evaluación:
El volumen anual de negocios, referido al 50 % del monto ofertado, y
La asignación de puntaje por contratos de determinado monto en los últimos diez años.
La respuesta de la Convocante introduce así un criterio interpretativo que modifica el alcance del método de evaluación previsto en el PBC, al convertir uno de los componentes (el volumen anual) en un requisito de calificación y no en un elemento puntuable de la evaluación técnica.
El Decreto N.º 9823/2023, que reglamenta la Ley N.º 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, establece expresamente que:
En su artículo 46, “toda modificación de las bases deberá formalizarse mediante adenda, la cual pasará a formar parte integrante de los documentos de la convocatoria”, y
En su artículo 48, “cuando una consulta o aclaración derive en una modificación del contenido de las bases, la convocante deberá emitir la adenda correspondiente”.
Dado que la interpretación introducida por la respuesta afecta directamente los criterios de evaluación y calificación de las ofertas, se consulta a la Convocante:
Si, en cumplimiento de los artículos citados, se emitirá una adenda que incorpore esta precisión de manera oficial, de modo que tenga el mismo carácter vinculante que el PBC.
Aclarando si se validará la Experiencia General exclusivamente con base en la cantidad y monto de los contratos presentados, o si será el volumen anual de negocios considerado parte de la evaluación técnica.
En relación con la respuesta brindada a la Consulta N.º 70, en la cual la Convocante indica que “el volumen anual de negocios se verifica como criterio de calificación (admisibilidad, ‘Cumple/No Cumple’) dentro del Sobre 1”, y que la asignación de puntaje de la “Experiencia General de la Empresa” se realiza “exclusivamente por contratos conforme al esquema del PBC”, se formulan las siguientes observaciones y solicitud de aclaración:
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) no se establece que la verificación del volumen anual de negocios opere bajo un esquema de admisibilidad (“Cumple/No Cumple”).
Por el contrario, dentro del mismo apartado, se presentan dos criterios de evaluación:
El volumen anual de negocios, referido al 50 % del monto ofertado, y
La asignación de puntaje por contratos de determinado monto en los últimos diez años.
La respuesta de la Convocante introduce así un criterio interpretativo que modifica el alcance del método de evaluación previsto en el PBC, al convertir uno de los componentes (el volumen anual) en un requisito de calificación y no en un elemento puntuable de la evaluación técnica.
El Decreto N.º 9823/2023, que reglamenta la Ley N.º 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, establece expresamente que:
En su artículo 46, “toda modificación de las bases deberá formalizarse mediante adenda, la cual pasará a formar parte integrante de los documentos de la convocatoria”, y
En su artículo 48, “cuando una consulta o aclaración derive en una modificación del contenido de las bases, la convocante deberá emitir la adenda correspondiente”.
Dado que la interpretación introducida por la respuesta afecta directamente los criterios de evaluación y calificación de las ofertas, se consulta a la Convocante:
Si, en cumplimiento de los artículos citados, se emitirá una adenda que incorpore esta precisión de manera oficial, de modo que tenga el mismo carácter vinculante que el PBC.
Aclarando si se validará la Experiencia General exclusivamente con base en la cantidad y monto de los contratos presentados, o si será el volumen anual de negocios considerado parte de la evaluación técnica.
Se aclara que la Consulta N.º 70 se refirió exclusivamente a la pertinencia y al carácter sustancial del Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva para la Firma que saliera adjudicada, y no al aspecto mencionado en la presente consulta. Además, se colige que la consulta planteada no se corresponde a las exigencias de los documentos de este proceso
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Declaracion de Compromiso IAC-10.2
Consulta 1: Favor Aclarar si en la declaración de compromiso el texto debe ser tal como se indica en esta clausula: --Acordamos que para competir (y, si el contrato nos es adjudicado, ejecutar el Contrato), nos comprometemos observar las leyes contra fraude y corrupción y prácticas prohibidas, incluido soborno, vigentes en el país del Contratante.
-Los oferentes deberán presentar la Declaración jurada de no encontrarse
comprendido en las Prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar.
previstas en el artículo 21 de la ley 7021/23 de Suministro y de Contrataciones Publicas ............... Consulta 2: Es necesario adjuntar la Ley 7021/22? , en el caso que la respuesta sea si, por favor enviar el formato de la declaracion.
Consulta 1: Favor Aclarar si en la declaración de compromiso el texto debe ser tal como se indica en esta clausula: --Acordamos que para competir (y, si el contrato nos es adjudicado, ejecutar el Contrato), nos comprometemos observar las leyes contra fraude y corrupción y prácticas prohibidas, incluido soborno, vigentes en el país del Contratante.
-Los oferentes deberán presentar la Declaración jurada de no encontrarse
comprendido en las Prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar.
previstas en el artículo 21 de la ley 7021/23 de Suministro y de Contrataciones Publicas ............... Consulta 2: Es necesario adjuntar la Ley 7021/22? , en el caso que la respuesta sea si, por favor enviar el formato de la declaracion.
A su consulta 1: Se confirma que el oferente debe incluir la Declaración de Compromiso conforme a lo exigido en la IAC 10.2 de la Hoja de Datos. Respecto a su consulta 2, no es necesario adjuntar la Ley N° 7021/23 (o su referencia tipográfica N° 7021/22).
En cuanto al formato de la Declaración Jurada sobre las prohibiciones y limitaciones establecidas en el Artículo 21 de la citada Ley, la misma podrá obtenerse directamente desde el sistema de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
Asimismo, se aclara que no es necesario presentar una declaración jurada adicional, considerando que las manifestaciones correspondientes ya se encuentran incorporadas en el Formulario TEC-1 del Documento de Licitación