Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ygirett
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
11-09-2025 - 11:14
Fecha de Fin
16-09-2025 - 11:27
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
El modelo de contrato , cuenta con el ID:El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 499225., el mismo no corresponde al proceso //
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
SICP.:Junta de Aclaraciones: ..... Solicitamos a la convocante completar el punto expuesto //Dictamen de costo :ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DNCP N° 1890/2020...........La misma no se encuentra vigente //Consultamos a la convocante si no resultaría limitante 8. REQUISITOS DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR DEL SERVICIO ., 8.12 Transporte Escolar-8.13 Profesor/a de Educación
Física-8.14 Profesor/a de Educación
de Idiomas-8.15 Profesor/a de Danza .,-g. COCINERA (*)-h. AYUDANTE DE COCINERA (*)//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
Teniendo en cuenta el objeto de gasto , proveerá a
los/as niños/as una alimentación adecuada a la edad., el mismo no se ajusta al objeto de gasto establecido //El proveedor del servicio proveerá una alimentación adecuada a la edad,
promoviendo en los/as niños/as buenos hábitos alimenticios,el mismo no se ajusta al objeto de gasto establecido//4.4 Alimentación (*)
4.4.1 La provisión de alimentos para los niños/as estará a cargo del contratista. La alimentación deberá incluir cuanto sigue:
Desayuno
Media mañana
Almuerzo, el cual debe incluir comida principal, jugo natural de frutas y postre
Merienda//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
