Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad tecnica
Solicitan en el Punto h) constancia de cumplimiento satisfactorio para provision de materiales de de osteosintesis con hospital de trauma o constancia de no haber provehido insumos para hemodinamia vascular y endovascular.
Solicitamos a la convocante el constancia de cumplimiento de material osteosintesis, no corresponde ya que el bien en cuestion es licitacion de productos de hemodinamia, que no tienen relacion con osteosintesis.
Solicitamos a la convocante anular este items. O en todo caso incorporar ACTA de RECEPION FINAL del producto
30-09-2025
08-10-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad tecnica
Solicitan en el Punto h) constancia de cumplimiento satisfactorio para provision de materiales de de osteosintesis con hospital de trauma o constancia de no haber provehido insumos para hemodinamia vascular y endovascular.
Solicitamos a la convocante el constancia de cumplimiento de material osteosintesis, no corresponde ya que el bien en cuestion es licitacion de productos de hemodinamia, que no tienen relacion con osteosintesis.
Solicitamos a la convocante anular este items. O en todo caso incorporar ACTA de RECEPION FINAL del producto
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR DIRIGIRSE A LA ADENDA. (SOLICITAR CUMPLIMIENTO SATISFACTORIO DE CONTRATO PARA PROVISIÓN DE INSUMOS PARA HEMODINAMIA CIRUGÍA VASCULAR Y ENDOVASCULAR O DE NO HABER PROVEÍDO, CON EL HOSPITAL DE TRAUMA U OTRAS CONVOCANTES).
2
Experiencia requerida
En el Punto h)
Solicitan certificado de cumplimiento satisfactorio emitida por la convocante, solicitamos que la misma sea demostrada con acta de recepcion final, que es lo que determinar finalmente que se cumplio con el producto
En el Punto h)
Solicitan certificado de cumplimiento satisfactorio emitida por la convocante, solicitamos que la misma sea demostrada con acta de recepcion final, que es lo que determinar finalmente que se cumplio con el producto
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR ACOGERSE AL REQUERIMIENTO DEL PBC. LA SOLICITUD RESPONDE ANTE LA NECESIDAD DE LA CONVOCANTE EN CONOCER EL BUEN CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL OFERENTE, PUESTO QUE EL ACTA DE RECEPCIÓN FINAL SOLO DETERMINA QUE SE CONCLUYÓ CON EL CONTRATO, DIFERENTE AL REQUERIMIENTO PRETENDIDO
3
muestras
El PBC, establece que la convocante solicitara muestras, solicitamos a la convocante modificar para los productos del lote 10.1LOTE STENT - GRUPO STENT, que la presentacion sea por catalogo y declaracion jurada.
Teniendo en cuenta dos factores, que el Medico intervencionista es altamente calificado y conoce de los productos de stent disponibles en el Paraguay,
Por otro lado los productos tienen un costo elevado que puede verificarse por el precio referencial, y asi tambien en anteriores licitaciones del mismo item la convocante ha realizado evaluacion por catalogo. Solicitamos a la convocante ampliar ese punto para el grupo stent sea evaluado por catalogo
El PBC, establece que la convocante solicitara muestras, solicitamos a la convocante modificar para los productos del lote 10.1LOTE STENT - GRUPO STENT, que la presentacion sea por catalogo y declaracion jurada.
Teniendo en cuenta dos factores, que el Medico intervencionista es altamente calificado y conoce de los productos de stent disponibles en el Paraguay,
Por otro lado los productos tienen un costo elevado que puede verificarse por el precio referencial, y asi tambien en anteriores licitaciones del mismo item la convocante ha realizado evaluacion por catalogo. Solicitamos a la convocante ampliar ese punto para el grupo stent sea evaluado por catalogo
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR ACOGERSE AL PBC POR REQUERIMIENTO DEL SERVICIO PARA EVALUACIÓN DE LAS MUESTRAS EN FÍSICO.
4
Sistema de adjudicacioon
Dice PBC Sistema de Adjudicación por Lote
Solicitamos a la convocante, realizar la adjudicacion por items, de tal forma a permitir mayor participacion de oferentes,de tal forma a no limitar la participacion
Solicitamos a la convocante, realizar la adjudicacion por items, de tal forma a permitir mayor participacion de oferentes,de tal forma a no limitar la participacion
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR ACOGERSE AL REQUERIMIENTO DEL PBC.
5
Lote 2 2.1LOTE MICROCATETER ENDOVASCULAR - GRUPO MICROCATETER ENDOVASCULAR
Solicitan dos items de microcateter item 1 y 2
Solicitamos a la convocante desdoblar este lote, en otro lote, ya que el item 1 es espedicifico a una empresa, y de tal forma a ampliar y permitir mas oferentes , o realizar la evaluacion por items
30-09-2025
08-10-2025
Lote 2 2.1LOTE MICROCATETER ENDOVASCULAR - GRUPO MICROCATETER ENDOVASCULAR
Solicitamos a la convocante desdoblar este lote, en otro lote, ya que el item 1 es espedicifico a una empresa, y de tal forma a ampliar y permitir mas oferentes , o realizar la evaluacion por items
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR DIRIGIRSE A LA ADENDA. (SEPARAR ÍTEMS)
6
Lote 2 2.1LOTE MICROCATETER ENDOVASCULAR - GRUPO MICROCATETER ENDOVASCULAR
El PBC establece en este lote dos insumos
ITEM 1- Microcateter Endovascular- MICROCATETER DE FLUJO PARA MALFORMACION CEREBRAL DE PUNTA DESPRENDIBLE, COMPATIBLE CON DMSO.
ITEM 2 Microcateter Endovascular-MICROCATETER ENDOVASCULAR, MICROCATETER PARA ANEURISMA COIL SISTEMA 10, DE 1.7FR DE DIAMETRO X 150 CM DE LARGO
Estos productos tienen una finalidad diferente , el item 1 es para malformaciones arteriovenosas usados con liquido embolizante y el item 2 es para aneurismas usados con coils, por otro lado lado el item 1 el proveedor es una sola empresa, entonces solicitamos a la convocante desglozar este en otro lote, o realizar la evaluacion por items y no por lotes, de tal forma a permitir mayor participacion de oferentes
30-09-2025
08-10-2025
Lote 2 2.1LOTE MICROCATETER ENDOVASCULAR - GRUPO MICROCATETER ENDOVASCULAR
El PBC establece en este lote dos insumos
ITEM 1- Microcateter Endovascular- MICROCATETER DE FLUJO PARA MALFORMACION CEREBRAL DE PUNTA DESPRENDIBLE, COMPATIBLE CON DMSO.
ITEM 2 Microcateter Endovascular-MICROCATETER ENDOVASCULAR, MICROCATETER PARA ANEURISMA COIL SISTEMA 10, DE 1.7FR DE DIAMETRO X 150 CM DE LARGO
Estos productos tienen una finalidad diferente , el item 1 es para malformaciones arteriovenosas usados con liquido embolizante y el item 2 es para aneurismas usados con coils, por otro lado lado el item 1 el proveedor es una sola empresa, entonces solicitamos a la convocante desglozar este en otro lote, o realizar la evaluacion por items y no por lotes, de tal forma a permitir mayor participacion de oferentes
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR DIRIGIRSE A LA ADENDA. (SEPARAR ÍTEMS)
7
REQUISITOS DE CAPACIDAD TÉCNICA
Se solicita a la convocante, que en donde dice: " Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). " Considerar lo siguiente: "Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). En caso de que la documentación se encuentra vencida, deberá acompañar la Constancia emitida por (DINAVISA) de que el mismo se encuentra en trámite de Renovación, y que este Ente certifique que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados y/o importados. En caso de que el producto sea nuevo, el oferente deberá presentar constancia emitida por DINAVISA de que el mismo con inicio de trámite de registro." Este pedido se tiene fundamentos técnicos y legales, de acuerdo a lo siguiente: Justificación Técnica: Promoción de la participación y competencia: La modificación permite la inclusión de oferentes cuyos productos se encuentran en trámite de registro inicial, evitando exclusiones innecesarias que reducen la concurrencia y limitan la oferta en perjuicio de la institución convocante. Cumplimiento sanitario garantizado: Al requerirse la Constancia oficial de DINAVISA, se asegura que los productos ofertados están sometidos al control sanitario nacional, independientemente de que se encuentren en proceso de registro o renovación, cumpliendo con los requisitos de trazabilidad, seguridad y eficacia. Justificación Legal: Principio de igualdad y libre concurrencia (Ley de Contrataciones Públicas): La exigencia exclusiva de un registro vigente podría constituir una restricción desproporcionada, contraria a los principios de igualdad, libre participación y concurrencia que rigen los procesos licitatorios. Reconocimiento del trámite en curso: Conforme a la práctica administrativa de DINAVISA, los productos en trámite de registro o renovación cuentan con validez legal para su importación y comercialización mediante la constancia expedida por dicho Ente, por lo que corresponde otorgar igual reconocimiento en el marco de la presente licitación. Principio de razonabilidad: La modificación no elimina el requisito sanitario, sino que flexibiliza su forma de acreditación, manteniendo intacto el control estatal sobre los productos ofertados y, al mismo tiempo, otorgando mayor equidad y transparencia al proceso. En caso de no aceptar la modificación, justificar técnicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley 7021/22.
Se solicita a la convocante, que en donde dice: " Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). " Considerar lo siguiente: "Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). En caso de que la documentación se encuentra vencida, deberá acompañar la Constancia emitida por (DINAVISA) de que el mismo se encuentra en trámite de Renovación, y que este Ente certifique que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados y/o importados. En caso de que el producto sea nuevo, el oferente deberá presentar constancia emitida por DINAVISA de que el mismo con inicio de trámite de registro." Este pedido se tiene fundamentos técnicos y legales, de acuerdo a lo siguiente: Justificación Técnica: Promoción de la participación y competencia: La modificación permite la inclusión de oferentes cuyos productos se encuentran en trámite de registro inicial, evitando exclusiones innecesarias que reducen la concurrencia y limitan la oferta en perjuicio de la institución convocante. Cumplimiento sanitario garantizado: Al requerirse la Constancia oficial de DINAVISA, se asegura que los productos ofertados están sometidos al control sanitario nacional, independientemente de que se encuentren en proceso de registro o renovación, cumpliendo con los requisitos de trazabilidad, seguridad y eficacia. Justificación Legal: Principio de igualdad y libre concurrencia (Ley de Contrataciones Públicas): La exigencia exclusiva de un registro vigente podría constituir una restricción desproporcionada, contraria a los principios de igualdad, libre participación y concurrencia que rigen los procesos licitatorios. Reconocimiento del trámite en curso: Conforme a la práctica administrativa de DINAVISA, los productos en trámite de registro o renovación cuentan con validez legal para su importación y comercialización mediante la constancia expedida por dicho Ente, por lo que corresponde otorgar igual reconocimiento en el marco de la presente licitación. Principio de razonabilidad: La modificación no elimina el requisito sanitario, sino que flexibiliza su forma de acreditación, manteniendo intacto el control estatal sobre los productos ofertados y, al mismo tiempo, otorgando mayor equidad y transparencia al proceso. En caso de no aceptar la modificación, justificar técnicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley 7021/22.
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR DIRIGIRSE A LA ADENDA. (ADECUAR EL CRITERIO SEGÚN LA CONSIDERACIÓN DE LA CONSULTA)
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se solicita a la convocante, que en donde dice: " Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). " Considerar lo siguiente: "Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). En caso de que la documentación se encuentra vencida, deberá acompañar la Constancia emitida por (DINAVISA) de que el mismo se encuentra en trámite de Renovación, y que este Ente certifique que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados y/o importados. En caso de que el producto sea nuevo, el oferente deberá presentar constancia emitida por DINAVISA de que el mismo se encuentra con inicio de trámite de registro." Este pedido se tiene fundamentos técnicos y legales, de acuerdo a lo siguiente: Justificación Técnica: Promoción de la participación y competencia: La modificación permite la inclusión de oferentes cuyos productos se encuentran en trámite de registro inicial, evitando exclusiones innecesarias que reducen la concurrencia y limitan la oferta en perjuicio de la institución convocante. Cumplimiento sanitario garantizado: Al requerirse la Constancia oficial de DINAVISA, se asegura que los productos ofertados están sometidos al control sanitario nacional, independientemente de que se encuentren en proceso de registro o renovación, cumpliendo con los requisitos de trazabilidad, seguridad y eficacia. Justificación Legal: Principio de igualdad y libre concurrencia (Ley de Contrataciones Públicas): La exigencia exclusiva de un registro vigente podría constituir una restricción desproporcionada, contraria a los principios de igualdad, libre participación y concurrencia que rigen los procesos licitatorios. Reconocimiento del trámite en curso: Conforme a la práctica administrativa de DINAVISA, los productos en trámite de registro o renovación cuentan con validez legal para su importación y comercialización mediante la constancia expedida por dicho Ente, por lo que corresponde otorgar igual reconocimiento en el marco de la presente licitación. Principio de razonabilidad: La modificación no elimina el requisito sanitario, sino que flexibiliza su forma de acreditación, manteniendo intacto el control estatal sobre los productos ofertados y, al mismo tiempo, otorgando mayor equidad y transparencia al proceso. En caso de no aceptar la modificación, justificar técnicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley 7021/22.
03-10-2025
08-10-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se solicita a la convocante, que en donde dice: " Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). " Considerar lo siguiente: "Certificado de Registro Sanitario vigente, expedido por (DINAVISA). En caso de que la documentación se encuentra vencida, deberá acompañar la Constancia emitida por (DINAVISA) de que el mismo se encuentra en trámite de Renovación, y que este Ente certifique que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados y/o importados. En caso de que el producto sea nuevo, el oferente deberá presentar constancia emitida por DINAVISA de que el mismo se encuentra con inicio de trámite de registro." Este pedido se tiene fundamentos técnicos y legales, de acuerdo a lo siguiente: Justificación Técnica: Promoción de la participación y competencia: La modificación permite la inclusión de oferentes cuyos productos se encuentran en trámite de registro inicial, evitando exclusiones innecesarias que reducen la concurrencia y limitan la oferta en perjuicio de la institución convocante. Cumplimiento sanitario garantizado: Al requerirse la Constancia oficial de DINAVISA, se asegura que los productos ofertados están sometidos al control sanitario nacional, independientemente de que se encuentren en proceso de registro o renovación, cumpliendo con los requisitos de trazabilidad, seguridad y eficacia. Justificación Legal: Principio de igualdad y libre concurrencia (Ley de Contrataciones Públicas): La exigencia exclusiva de un registro vigente podría constituir una restricción desproporcionada, contraria a los principios de igualdad, libre participación y concurrencia que rigen los procesos licitatorios. Reconocimiento del trámite en curso: Conforme a la práctica administrativa de DINAVISA, los productos en trámite de registro o renovación cuentan con validez legal para su importación y comercialización mediante la constancia expedida por dicho Ente, por lo que corresponde otorgar igual reconocimiento en el marco de la presente licitación. Principio de razonabilidad: La modificación no elimina el requisito sanitario, sino que flexibiliza su forma de acreditación, manteniendo intacto el control estatal sobre los productos ofertados y, al mismo tiempo, otorgando mayor equidad y transparencia al proceso. En caso de no aceptar la modificación, justificar técnicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley 7021/22.
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: FAVOR DIRIGIRSE A LA ADENDA. (ADECUAR EL CRITERIO SEGÚN LA CONSIDERACIÓN DE LA CONSULTA)
9
EETT-BOMBAS DE INFUSION LOTE 1 ITEM 1
Se solicita amablemente a la convocante sirva en proporcionar información más detallada sobre lo solicitado en el lote 1 ítem 1 "Bombas de infusión".
Lo solicitado se remite solamente a sets de infusión volumétrica? , se deben entregar equipos de infusión (bombas volumétricas) en modalidad en comodato para la utilización de los insumos ofertados? si ese es el caso, existe una cantidad de equipos a entregar a la unidad solicitante?, Además si solo son solicitados Set de infusión se debe tener en cuenta que cada marca cuenta con sets con características específicas para ser utilizados en los equipos correspondientes.
Se solicita amablemente a la convocante sirva en proporcionar información más detallada sobre lo solicitado en el lote 1 ítem 1 "Bombas de infusión".
Lo solicitado se remite solamente a sets de infusión volumétrica? , se deben entregar equipos de infusión (bombas volumétricas) en modalidad en comodato para la utilización de los insumos ofertados? si ese es el caso, existe una cantidad de equipos a entregar a la unidad solicitante?, Además si solo son solicitados Set de infusión se debe tener en cuenta que cada marca cuenta con sets con características específicas para ser utilizados en los equipos correspondientes.
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: ACLARACIÓN: EL REQUERIMIENTO DEL PBC ESTABLECE SOLO EL EQUIPO DE INFUSIÓN NO ASÍ EL SET PARA BOMBA.
10
Experiencia Requerida
Experiencia requerida: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la Provisión de INSUMOS PARA HEMODINAMIA VASCULAR Y ENDOVASCULAR con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en sumatoria de los últimos 3 (tres) años 2022, 2023 y 2024. En el caso de lograr el porcentaje requerido, en uno o en más años, que correspondan a los años establecidos en el presente punto, el mismo será considerado como valedero para la participación. Solicitamos a la convocante aclaración sobre el tipo de insumos, ya que los insumos solicitados en la presente licitación corresponden a Insumos de Hemodinamia.
Experiencia requerida: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la Provisión de INSUMOS PARA HEMODINAMIA VASCULAR Y ENDOVASCULAR con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en sumatoria de los últimos 3 (tres) años 2022, 2023 y 2024. En el caso de lograr el porcentaje requerido, en uno o en más años, que correspondan a los años establecidos en el presente punto, el mismo será considerado como valedero para la participación. Solicitamos a la convocante aclaración sobre el tipo de insumos, ya que los insumos solicitados en la presente licitación corresponden a Insumos de Hemodinamia.
RESPUESTA/CONSIDERACIÓN DE LA UOC: ACLARACIÓN: LOS INSUMOS REQUERIDOS SON PARA EL SERVICIO DE HEMODINAMIA, PARA CIRUGÍA VASCULAR Y ENDOVASCULAR EN PACIENTES POLITRAUMATIZADOS.