Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CAPACIDAD TÉCNICA - POLIGONO DE TIRO PROPIO En el PBC se requiere como requisito de fondo: Punto 5 -Contar con un polígono de tiro habilitado por la DIMABEL en la ciudad de Asunción. Como requisito documental: 6. Fotocopia simple de la patente comercial del primer semestre del año 2025 y el título de propiedad del inmueble a nombre del Oferente, que acredite que la firma cuenta con un polígono en la ciudad de Asunción. Documento exigido para evaluar el numeral 5 - Experiencia Requerida. 7. Declaración jurada por parte del oferente de contar con la infraestructura requerida y copia del titulo de propiedad del inmueble con patente municipal vigente. Documento exigido para evaluar el numeral 5 - Experiencia Requerida El art. 45 de la Ley 7021/22 establece que las bases deben garantizar la mayor participación posible y evitar requisitos restrictivos y desproporcionados. La exigencia de polígono propio en Asunción excluye a numerosos oferentes que legítimamente pueden utilizar polígonos habilitados en carácter de alquiler, reduciendo innecesariamente la concurrencia. Lo relevante para el servicio es que los guardias reciban instrucción en un polígono habilitado, no que este sea propiedad de la empresa ni que se ubique estrictamente en Asunción. Solicitud de modificación: Que el requisito sea reformulado de manera que se permita acreditar polígono de tiro propio o alquilado, siempre que se encuentre habilitado por DIGEMABEL (SIN NECESIDAD QUE SEA EN LA CIUDAD DE ASUNCION). Asimismo, que la documentación admita título de propiedad y/o contrato de alquiler, acompañados de la Resolución de habilitación emitida por DIMABEL. 30-09-2025 08-10-2025
2 CAPACIDAD TECNICA – SISTEMA DE COMUNICACIÓN A TRAVES DE UNA RED DE RADIOS COMUNICACIONES HABILITADAS POR LA CONATEL PROPIA El punto 7 del PBC requiere - Contar con un sistema de comunicación a través de una red de radios comunicaciones habilitada por la CONATEL propia del oferente … Como requisito documental se exige: 9. Copia de la Resolución y/o acto normativo de la máxima autoridad emitida por la CONATEL, autorizando el uso de frecuencia de radio acompañado de copia de la constancia de no adeudar aranceles a nombres de la empresa oferente. Documento exigido para evaluar el numeral 7 - Experiencia Requerida. En las EETT se refiere: Sistemas de comunicación: El PROVEEDOR deberá contar y proveer a los guardias además con a) Un equipo de radio 27/54 comunicación CONTRATANTE/PROVEEDOR, con permiso para operar frecuencia de radiocomunicación, o contar con un contrato celebrado con concesionaria autorizada. Como puede observarse, existe una contradicción entre lo requerido en la Capacidad Técnica y el requisito documental (red propia de forma exclusiva) y lo dispuesto en las EETT (permiso o contrato con concesionaria autorizada). Numerosos llamados de seguridad pública admiten la tercerización del sistema de comunicación sin afectar la continuidad y calidad del servicio. Exigir red propia implica un requisito desproporcionado, que encarece y restringe la participación. Lo esencial es que el personal disponga de comunicación segura y continua, lo cual puede garantizarse con redes propias o de terceros autorizados. Solicitud de modificación: Que se permita la propiedad o tercerización del sistema de comunicación, con la documentación correspondiente (propia: Resolución CONATEL y constancia de aranceles; tercerizada: contrato vigente con proveedor habilitado por CONATEL). Siguiendo la línea de lo solicitado en las EE.TT DEL SERVICIO 30-09-2025 08-10-2025
3 CAPACIDAD TECNICA – Contar con técnico en seguridad y salud ocupacional El PBC se solicita: PUNTO 12. Contar con un técnico en seguridad y salud ocupacional en relación de dependencia con el oferente, con al menos un año de antigüedad. Requisito Documental: punto 14. Copia del Carnet de Agente emitido por el MTESS, vigente al momento de la apertura y copia de la Planilla de Aportes del IPS de los últimos 12 meses anteriores a la presentación de ofertas. La legislación laboral y de seguridad no exige que este profesional preste sus servicios en forma dependiente, pudiendo igualmente vincularse por medio de un contrato de servicio con la empresa oferente. Lo exigible y sustancial es la existencia y disponibilidad del profesional habilitado y las tareas de implementación de las directrices en materia de salud y seguridad ocupacional, no su forma de vinculación. La DNCP ya se ha expedido al respecto validando ambas formas de vinculación en ocasión de una protesta sobre idéntico requisito de carácter restrictivo. Solicitud de modificación: Que se admita tanto personal dependiente como independiente contratado, exigiendo: Si es dependiente: carnet MTESS + planillas IPS. Si es independiente: carnet MTESS + contrato de servicios con el oferente. 30-09-2025 08-10-2025
4 CAPACIDAD TÉCNICA - contar con la autorización chalecos El PBC solicita: Punto 15 - Contar con autorización del fabricante de la marca y modelo de los chalecos antibalas propuestos para el cumplimiento de lo indicado en las la Sección Suministros requeridos - especificaciones técnicas Apartado: Uniforme y Equipamiento. Punto 20 - El oferente deberá demostrar contar con chalecos antibalas NIJ III-A (peso máximo 3 kg), (presentar muestra). Si es fabricación nacional: certificado de ensayo balístico emitido por INTN y aprobado por DIMABEL. Si es importado: certificado de garantía, visado conforme al Convenio de La Haya. El chaleco deberá contener el logo de la empresa. Se deberá presentar muestra junto con la oferta. Mientras que el requisito documental se encuentra en los Punto 17. Declaración jurada donde se indique la marca y modelo de los chalecos antibalas …. Y Punto 22. Para evaluar la capacidad requerida en el ítem 20. Deberán presentar: i) Certificado de ensayo balístico emitido por el INTN y aprobado por DIMABEL (para chalecos de fabricación nacional); o ii) Certificado de garantía, visado conforme al convenio de la Haya; en ambos casos se deberá presentar muestra del chaleco de balas a ser suministrado y utilizado por parte del personal en caso de resultar adjudicado. Se solicita unificar los criterios considerando que existe redundancia con respecto al requisito del chaleco antibalas. La unificación de requisitos evita confusión y asegura una evaluación objetiva. Asimismo se considera que la finalidad del requisito es asegurar que los guardias cuenten con chalecos de calidad y en funcionamiento, no condicionar la provisión a la autorización del fabricante. Exigir la autorización del fabricante resulta técnica y legal innecesario, pues el contrato no es de provisión de chalecos sino de prestación de servicios de seguridad. Lo técnicamente relevante es que los chalecos cumplan las pruebas balísticas y normas internacionales, lo cual ya se garantiza con los certificados solicitados. Solicitud de modificación: Unificar los requisitos de evaluación de chalecos en un solo numeral claro y coherente. Suprimir la exigencia de autorización del fabricante, manteniendo como obligatorios: Certificados balísticos (INTN/DIMABEL o equivalentes). Garantía y vigencia del chaleco. Presentación de muestra 30-09-2025 08-10-2025
5 ACLARACION Se solicita a la convocante que aclare y, en su caso, corrija lo establecido en la sección de requisitos documentales de la capacidad técnica, atendiendo a que en varios numerales se consigna al final de la descripción que el documento “será considerado para acreditar la experiencia requerida”. Esta redacción puede generar confusión respecto al alcance de la evaluación, ya que tales documentos no corresponden a la experiencia del oferente sino a la capacidad técnica exigida 30-09-2025 08-10-2025
6 . Detalles de los servicios – sistemas de seguridad Según el PBC en la sección detalles del servicio se exige que se realice la instalación de sistemas de seguridad electrónica e informática; mientras que en las EETT la convocante refiere el art.32 y 33 de la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE vigilancia Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA, donde se clasifican los sistemas electrónicos de seguridad y se exige la habilitación por parte de autoridad competente. En virtud de ello, solicitamos a la Convocante que tenga a bien especificar de manera clara: 1. ¿Cuáles son los sistemas de seguridad electrónica e informática que se deberán instalar? 2. ¿Dichos sistemas serán provistos por la Entidad o por el Oferente? 3. En caso de que correspondan al Oferente, sírvase indicar las Especificaciones Técnicas, la cantidad mínima requerida y las sedes en las que deberán ser provistos e instalados, a fin de poder formular una oferta ajustada a las necesidades reales del servicio. 3. Finalmente, señalamos que, en caso de que se requiera la provisión e instalación de tales sistemas, corresponde que el PBC exija como requisito de capacidad técnica que el Oferente cuente con habilitación en seguridad física y electrónica, conforme a la normativa vigente 30-09-2025 08-10-2025
7 Guarda espaldas Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas: Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes: 15. El personal de seguridad podrá desempeñar servicios de guardaespaldas, debidamente entrenado y acreditado para el efecto, ante el órgano de aplicación (pag. 29 y reiterado en la pag. 30) Al respecto se solicita la eliminación del servicio de guardaespalda ya que no se encuentra justificado en el contexto del objeto de la licitación ni guarda relación con el servicio requerido servicio de seguridad y vigilancia institucional 30-09-2025 08-10-2025
8 Custodia de valores en tránsito De la lectura integra del PBC, se advierte que el pliego exige no solo servicios de seguridad física, y electrónica, sino también la custodia y transporte de valores, lo que implica la necesidad de contar con habilitación en las tres categorías previstas por la Ley N.º 5424/15. Además no se detalla las condiciones de esta prestación ni se encuentra mencionada entre las justificantes técnicas del dictamen. Esta exigencia, excede las habilitaciones y recursos que generalmente se solicitan en los pliegos del rubro de seguridad privada objeto principal del llamado (personal de guardia) por consiguiente se solicita la siguiente modificación: Se solicita a la Convocante eliminar las exigencias relacionadas al servicio de transporte de caudales, a fin de garantizar la razonabilidad, proporcionalidad y libre concurrencia de oferentes, principios rectores de la contratación pública 30-09-2025 08-10-2025
9 EETT - Uniforme y equipamiento En la sección de armas se solicitan dos tipos de armas: Armas cortas y largas no automáticas con miras simples o especiales. Y más adelante se requiere semi-automáticas. Al respecto, se solicita que la convocante aclare cuál es el tipo de arma que finalmente se requerirá para la prestación del servicio 30-09-2025 08-10-2025
10 – EXPERIENCIA REQUERIDA En el punto 3 se indica que la experiencia podrá ser en el sector público o privado; mientras que el requisito documental relativo se indica que se deberá presentar las constancias o certificados de prestación de servicios suscriptos por las “convocantes” (termino que se utiliza casi exclusivamente en el ámbito de las licitaciones publicas). Al respecto se solicita aclaración si se considerara únicamente la experiencia en el sector público con la constancia de las “convocantes” o si se considerara de ambos sectores público - privado y en este último caso si se deberá presentar constancia o certificado de cumplimiento de prestación de servicios en el sector privado 30-09-2025 08-10-2025
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