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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
malvarenga
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
16-02-2026 - 15:19
Fecha de Fin
19-02-2026 - 07:12
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Establece en cap tecnica criterios/documentos que corresponden a experiencia
Descripción
Se solicita verificar la pertinencia si el documento/criterio es efectivamente determinante para la acreditacion de la experiencia/capacidad tecnica.
Comentario
Se verifica que no se suprimió el inciso que corresponde a experiencia: "2) Empresa legalmente constituida en el territorio nacional con tres años de experiencia, como mínimo, en la provisión del Servicio en el mercado local" en el apartado de Capacidad Técnica.

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Conforme a la nota de reparo remitida, se observa que exigir "15" personales con "6 meses" de antigüedad en IPS es una barrera restrictiva que vulnera el Art. 34 de la Ley 7021/22, el cual prohíbe requisitos desproporcionados que limiten la libre concurrencia. Al superar el tope de 10 empleados, la convocante excluye a las Microempresas (Ley 4457/12) de esta Menor Cuantía Nacional, contraviniendo el espíritu de fomento a las MIPYMES, se solicita ajustar la cantidad a un número razonable para cumplir con el principio de proporcionalidad y permitir la competencia legal.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 55, 56, 40, 45, 67 de la Ley N° 7021/22; Art. 105, 83, 102, del Decreto N° 2264/24; y demás disposiciones vigentes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 152 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del, proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. Consideración Normativa: Art. 4 inc. c) y 107 de la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas N° 7021/22, Art. 56 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.