Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Cilindrada: 22 litros como mínimo”, proponiendo que el mismo sea ajustado a una “Cilindrada mínima de 12 litros”.
La presente solicitud se fundamenta en que la cilindrada, por sí sola, no constituye un parámetro determinante del rendimiento operativo del equipo, considerando que la eficiencia y desempeño del motor dependen también de otros factores tecnológicos y de diseño propios de cada fabricante.
En la actualidad, existen motores de menor cilindrada que, gracias a tecnologías más eficientes, logran desarrollar niveles de potencia, torque y rendimiento equivalentes o superiores a motores de mayor cilindrada, garantizando un desempeño plenamente adecuado para las tareas a ser ejecutadas en obra.
Por lo expuesto, entendemos que el requerimiento actualmente establecido podría restringir innecesariamente la participación de oferentes, mientras que el ajuste solicitado permitiría una mayor concurrencia y competitividad, sin afectar la capacidad operativa ni el correcto cumplimiento de las funciones requeridas por la Convocante.
De:
CAZAL BRITOS, RODRIGO SEBASTIAN
80018379-7 - PROYEC S.A.E
Consulta:
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Cilindrada: 22 litros como mínimo”, proponiendo que el mismo sea ajustado a una “Cilindrada mínima de 12 litros”.
La presente solicitud se fundamenta en que la cilindrada, por sí sola, no constituye un parámetro determinante del rendimiento operativo del equipo, considerando que la eficiencia y desempeño del motor dependen también de otros factores tecnológicos y de diseño propios de cada fabricante.
En la actualidad, existen motores de menor cilindrada que, gracias a tecnologías más eficientes, logran desarrollar niveles de potencia, torque y rendimiento equivalentes o superiores a motores de mayor cilindrada, garantizando un desempeño plenamente adecuado para las tareas a ser ejecutadas en obra.
Por lo expuesto, entendemos que el requerimiento actualmente establecido podría restringir innecesariamente la participación de oferentes, mientras que el ajuste solicitado permitiría una mayor concurrencia y competitividad, sin afectar la capacidad operativa ni el correcto cumplimiento de las funciones requeridas por la Convocante.
Favor remitirse al PBC versión 2 - Adenda 1. La cilindrada exigida es un promedio mínimo presentado por varias marcas de camiones rígidos fuera de ruta de esta capacidad de carga
42
Especificaciones tecnicas - Lote 4
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Transmisión automática tipo planetaria, de 7 velocidades, con control electrónico”, proponiendo que el mismo sea ajustado a “Transmisión automática tipo planetaria, de 6 velocidades como mínimo, con control electrónico”.
Fundamentamos la presente solicitud en que la cantidad de velocidades responde principalmente al diseño y configuración propia de cada fabricante, no representando por sí sola una diferencia significativa en términos de desempeño operativo, eficiencia o capacidad de trabajo del equipo.
Asimismo, las transmisiones de 6 velocidades ofrecen prestaciones plenamente adecuadas para las tareas requeridas, manteniendo niveles equivalentes de eficiencia, rendimiento y confiabilidad en operación respecto a transmisiones de 7 velocidades.
Por lo expuesto, entendemos que el requerimiento actualmente establecido podría limitar innecesariamente la participación de potenciales oferentes, mientras que el ajuste solicitado permitiría una mayor concurrencia y competitividad, sin afectar el cumplimiento de las exigencias operativas requeridas por la Convocante.
De:
CAZAL BRITOS, RODRIGO SEBASTIAN
80018379-7 - PROYEC S.A.E
Consulta:
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Transmisión automática tipo planetaria, de 7 velocidades, con control electrónico”, proponiendo que el mismo sea ajustado a “Transmisión automática tipo planetaria, de 6 velocidades como mínimo, con control electrónico”.
Fundamentamos la presente solicitud en que la cantidad de velocidades responde principalmente al diseño y configuración propia de cada fabricante, no representando por sí sola una diferencia significativa en términos de desempeño operativo, eficiencia o capacidad de trabajo del equipo.
Asimismo, las transmisiones de 6 velocidades ofrecen prestaciones plenamente adecuadas para las tareas requeridas, manteniendo niveles equivalentes de eficiencia, rendimiento y confiabilidad en operación respecto a transmisiones de 7 velocidades.
Por lo expuesto, entendemos que el requerimiento actualmente establecido podría limitar innecesariamente la participación de potenciales oferentes, mientras que el ajuste solicitado permitiría una mayor concurrencia y competitividad, sin afectar el cumplimiento de las exigencias operativas requeridas por la Convocante.
Favor remitirse al PBC versión 2 - Adenda 1. Las descripciones técnicas brindadas son las típicas presentes en varias marcas de camiones rígidos fuera de ruta de esta capacidad de carga
43
Especificaciones tecnicas - Lote 4
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Radio de giro de las ruedas delanteras: menor a 11,5 m”, proponiendo que el mismo sea ajustado a “Radio de giro de las ruedas delanteras: hasta 12 m” o, alternativamente, que se admita una variación de ± 5% respecto al valor requerido.
Fundamentamos la presente solicitud en que dicha variación no representa una diferencia significativa en términos de operatividad, maniobrabilidad ni desempeño real de la unidad durante las tareas a ser ejecutadas.
Asimismo, las diferencias mínimas en el radio de giro responden principalmente a criterios de diseño y configuración propios de cada fabricante, sin afectar de manera sustancial la capacidad operativa del equipo en obra.
Por lo expuesto, entendemos que flexibilizar este parámetro permitiría una mayor participación de oferentes y una competencia más amplia, sin comprometer el correcto cumplimiento de las funciones requeridas por la Convocante.
De:
CAZAL BRITOS, RODRIGO SEBASTIAN
80018379-7 - PROYEC S.A.E
Consulta:
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Radio de giro de las ruedas delanteras: menor a 11,5 m”, proponiendo que el mismo sea ajustado a “Radio de giro de las ruedas delanteras: hasta 12 m” o, alternativamente, que se admita una variación de ± 5% respecto al valor requerido.
Fundamentamos la presente solicitud en que dicha variación no representa una diferencia significativa en términos de operatividad, maniobrabilidad ni desempeño real de la unidad durante las tareas a ser ejecutadas.
Asimismo, las diferencias mínimas en el radio de giro responden principalmente a criterios de diseño y configuración propios de cada fabricante, sin afectar de manera sustancial la capacidad operativa del equipo en obra.
Por lo expuesto, entendemos que flexibilizar este parámetro permitiría una mayor participación de oferentes y una competencia más amplia, sin comprometer el correcto cumplimiento de las funciones requeridas por la Convocante.
Favor remitirse al PBC versión 2 -Adenda 1. El radio de giro solicitado es la que mejor se ajusta a la topografía de la cantera de la INC en Vallemí.
44
Especificaciones tecnicas - Lote 4
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Tipo de volquete: volquete con piso de doble declive (diseño en V)”, proponiendo que se consideren indistintamente diseños de volquete tipo “V” o tipo “U”.
La presente solicitud se fundamenta en que la configuración constructiva del volquete responde principalmente a criterios de diseño y fabricación propios de cada fabricante, sin que ello implique diferencias sustanciales en la capacidad operativa, desempeño o eficiencia de la unidad en las tareas requeridas.
Asimismo, tanto los volquetes con diseño en “V” como aquellos con diseño en “U” cumplen adecuadamente con las funciones de transporte y descarga de material, manteniendo condiciones equivalentes de operación y rendimiento en obra.
Por lo expuesto, entendemos que permitir ambas configuraciones favorecería una mayor participación de oferentes y una competencia más amplia, sin afectar el cumplimiento de las necesidades operativas requeridas por la Convocante.
De:
CAZAL BRITOS, RODRIGO SEBASTIAN
80018379-7 - PROYEC S.A.E
Consulta:
Solicitamos a la Convocante la reconsideración del requisito técnico establecido como “Tipo de volquete: volquete con piso de doble declive (diseño en V)”, proponiendo que se consideren indistintamente diseños de volquete tipo “V” o tipo “U”.
La presente solicitud se fundamenta en que la configuración constructiva del volquete responde principalmente a criterios de diseño y fabricación propios de cada fabricante, sin que ello implique diferencias sustanciales en la capacidad operativa, desempeño o eficiencia de la unidad en las tareas requeridas.
Asimismo, tanto los volquetes con diseño en “V” como aquellos con diseño en “U” cumplen adecuadamente con las funciones de transporte y descarga de material, manteniendo condiciones equivalentes de operación y rendimiento en obra.
Por lo expuesto, entendemos que permitir ambas configuraciones favorecería una mayor participación de oferentes y una competencia más amplia, sin afectar el cumplimiento de las necesidades operativas requeridas por la Convocante.
Favor remitirse al PBC versión 2 -Adenda 1. La configuración del volquete solicitado es la típica utilizada en canteras similares la que cuenta la INC.
45
Especificaciones tecnicas - Lote 2
En las Especificaciones Técnicas – Lote 2, en el punto donde se establece “Capacidad de la cuchara: de 4 a 4,5 m³”, solicitamos a la Convocante considerar y aceptar equipos con cuchara de 3,7 m³ SAE.
Si bien lo solicitado corresponde a una capacidad mínima de 4 m³, la diferencia respecto al cucharón de 3,7 m³ representa aproximadamente un 7,5% por debajo del mínimo requerido, constituyendo una variación menor que no afecta sustancialmente el desempeño operativo del equipo.
Considerando una densidad promedio de piedra de 1,5 Ton/m³, la capacidad de carga sería:
Cuchara de 4 m³ × 1,5 Ton/m³ = 6 Ton
Cuchara de 3,7 m³ × 1,5 Ton/m³ = 5,55 Ton
La diferencia práctica es de aproximadamente 450 kg, manteniéndose una capacidad de carga útil nominal prácticamente equivalente a las 6 toneladas requeridas, por lo que el equipo continúa satisfaciendo adecuadamente las necesidades operativas previstas.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente a la Convocante admitir cucharones de 3,7 m³ SAE como técnicamente aceptables dentro del presente proceso.
De:
CAZAL BRITOS, RODRIGO SEBASTIAN
80018379-7 - PROYEC S.A.E
Consulta:
En las Especificaciones Técnicas – Lote 2, en el punto donde se establece “Capacidad de la cuchara: de 4 a 4,5 m³”, solicitamos a la Convocante considerar y aceptar equipos con cuchara de 3,7 m³ SAE.
Si bien lo solicitado corresponde a una capacidad mínima de 4 m³, la diferencia respecto al cucharón de 3,7 m³ representa aproximadamente un 7,5% por debajo del mínimo requerido, constituyendo una variación menor que no afecta sustancialmente el desempeño operativo del equipo.
Considerando una densidad promedio de piedra de 1,5 Ton/m³, la capacidad de carga sería:
Cuchara de 4 m³ × 1,5 Ton/m³ = 6 Ton
Cuchara de 3,7 m³ × 1,5 Ton/m³ = 5,55 Ton
La diferencia práctica es de aproximadamente 450 kg, manteniéndose una capacidad de carga útil nominal prácticamente equivalente a las 6 toneladas requeridas, por lo que el equipo continúa satisfaciendo adecuadamente las necesidades operativas previstas.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente a la Convocante admitir cucharones de 3,7 m³ SAE como técnicamente aceptables dentro del presente proceso.
Favor remitirse al PBC versión 2 -Adenda 1. Ya se habían considerado dimensiones menores de la cuchara, y la solicitada de 4m3 era la menor aceptada, es imposible disminuir más sin que esto afecte a la capacidad de carga de la pala
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Especificaciones tecnicas - Lote 2
En el punto de las Especificaciones Técnicas donde se solicita:
“Fuerza de tracción máxima: 180 a 200 kN”, solicitamos a la Convocante considerar y aceptar equipos con fuerza de tracción desde 175 kN en adelante.
La solicitud se fundamenta en que la diferencia respecto al mínimo requerido es técnicamente mínima y no afecta el desempeño operativo del equipo, considerando además que la fuerza de desprendimiento o rompimiento normalmente es superior a la fuerza de tracción.
A modo aclaratorio:
Fuerza de desprendimiento o rompimiento: corresponde a la carga o tensión máxima que un material o sistema puede soportar antes de fracturarse, fallar o desgarrarse completamente bajo esfuerzos de presión o tracción.
Fuerza de tracción: es la fuerza ejercida por el equipo para desplazarse o arrastrar carga mediante la fricción de las ruedas con el suelo; por ejemplo, la capacidad de una pala cargadora para movilizarse con material cargado.
En la práctica operativa, una fuerza de tracción de 175 kN mantiene un desempeño plenamente adecuado para las tareas requeridas, sin representar una disminución sustancial en la capacidad de trabajo, eficiencia ni productividad del equipo.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente admitir equipos con fuerza de tracción de 175 kN en adelante, a fin de permitir una mayor participación y competitividad, manteniendo las condiciones técnicas y operativas requeridas por la Convocante.
De:
CAZAL BRITOS, RODRIGO SEBASTIAN
80018379-7 - PROYEC S.A.E
Consulta:
En el punto de las Especificaciones Técnicas donde se solicita:
“Fuerza de tracción máxima: 180 a 200 kN”, solicitamos a la Convocante considerar y aceptar equipos con fuerza de tracción desde 175 kN en adelante.
La solicitud se fundamenta en que la diferencia respecto al mínimo requerido es técnicamente mínima y no afecta el desempeño operativo del equipo, considerando además que la fuerza de desprendimiento o rompimiento normalmente es superior a la fuerza de tracción.
A modo aclaratorio:
Fuerza de desprendimiento o rompimiento: corresponde a la carga o tensión máxima que un material o sistema puede soportar antes de fracturarse, fallar o desgarrarse completamente bajo esfuerzos de presión o tracción.
Fuerza de tracción: es la fuerza ejercida por el equipo para desplazarse o arrastrar carga mediante la fricción de las ruedas con el suelo; por ejemplo, la capacidad de una pala cargadora para movilizarse con material cargado.
En la práctica operativa, una fuerza de tracción de 175 kN mantiene un desempeño plenamente adecuado para las tareas requeridas, sin representar una disminución sustancial en la capacidad de trabajo, eficiencia ni productividad del equipo.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente admitir equipos con fuerza de tracción de 175 kN en adelante, a fin de permitir una mayor participación y competitividad, manteniendo las condiciones técnicas y operativas requeridas por la Convocante.
Favor remitirse al PBC versión 2 -Adenda 1. Disminuir este parámetro, permitiría la oferta de palas de menor capacidad a la deseada, afectando la sana competencia con oferentes que ofrezcan palas de mayor capacidad.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS.LOTE 5.1 CAMION GRUA
Momento Neto: 14 a 17 toneladas-metro (tm).: Especificar la capacidad que precisan de esta forma cada proveedor estaría cotizando equipos distintos y se estaría infringiendo Art. 4 Inc .a Economía y Eficiencia Economía y Eficiencia, reglamentación 2051.
En un rango de 14 / 15 / 16 o 17 TON son equipos totalmente diferentes de alcance, capacidad y precio
De:
Vecca Vallejos , Mario Ignacio
80029049-6 - OLEO HIDRAULICA SA
Consulta:
Momento Neto: 14 a 17 toneladas-metro (tm).: Especificar la capacidad que precisan de esta forma cada proveedor estaría cotizando equipos distintos y se estaría infringiendo Art. 4 Inc .a Economía y Eficiencia Economía y Eficiencia, reglamentación 2051.
En un rango de 14 / 15 / 16 o 17 TON son equipos totalmente diferentes de alcance, capacidad y precio
Capacidad a 2 m de distancia: de 4.000 a 6.000 Kg Existe una incongruencia ya que existe una diferencia en la capacidad del 50% y no se puede realizar una oferta en base a esto. Favor aclarar.
De:
Vecca Vallejos , Mario Ignacio
80029049-6 - OLEO HIDRAULICA SA
Consulta:
Capacidad a 2 m de distancia: de 4.000 a 6.000 Kg Existe una incongruencia ya que existe una diferencia en la capacidad del 50% y no se puede realizar una oferta en base a esto. Favor aclarar.
Alcance hidráulico horizontal: de 13 15 metros. Especificar la diferencia de 2 metros es equivalente a una extensión hidráulica donde el precio sube o baja significativamente.
De:
Vecca Vallejos , Mario Ignacio
80029049-6 - OLEO HIDRAULICA SA
Consulta:
Alcance hidráulico horizontal: de 13 15 metros. Especificar la diferencia de 2 metros es equivalente a una extensión hidráulica donde el precio sube o baja significativamente.