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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
20-05-2026 - 14:55
Fecha de Fin
25-05-2026 - 14:38
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Consultamos a la convocante si el siguiente requisito "El oferente deberá presentar una declaración jurada del Hotel Tipo I de poseer instalaciones, como mínimo con: 150 habitaciones para alojamiento y área de estacionamiento propio para 500 vehículos, debe contar con Suite Presidencial, Suites Ejecutivas y habitaciones estándar" así como "Las habitaciones ofrecidas por empresas hoteleras o de los hoteles propuestos por el oferente, correspondiente al Hotel Tipo I deberán estar equipadas convenientemente con: sistema de climatización, conectividad a Internet, minibar, TV por cable, caja de seguridad, entre otros. Además, los hoteles deben contar con habitaciones para no fumadores, room service, piscina y estacionamiento propio vigilado" si no serían requisitos limitantes/excluyentes.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Verificado el grupo 2 de la pestaña de productos/bienes/servicios del SICP correspondiente a "Servicio de Catering - OG. 284", se ha indicado un monto máximo de ₲ 500.000.000 sin embargo el proceso no es plurianual. Recordamos a la convocante acerca del artículo 481 del Decreto PGN 5311/26: "Los créditos presupuestarios programados en los OEE, en el Objetos del Gasto 284, «Servicios de catering», no podrán sobrepasar la suma de guaraníes cuatrocientos millones (₲ 400.000.000.-) anuales, con cualquiera de sus fuentes de financiamiento".// 2) Clausula de Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato del PBC: no se indica a partir de qué hecho o evento se dará inicio al Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
En el dictamen de precios referenciales no se explica el motivo por el cual no se ha realizado la combinación de fuentes. Tener en cuenta la Res. DNCP 454/24.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Procedimientos sin planificación
Descripción
Se solicita remitir el dictamen firmado por la Máxima Autoridad o por el Director de Administración y Finanzas de la convocante, en el cual se expongan las razones que impidieron el cumplimiento de la comunicación de la planificación del llamado en el plazo previsto.
Comentario
Verificado el dictamen DGAF N°116/2026, verificar la sección de "Normativa Vigente" ya que se indica una normativa que no corresponde. Recordamos a la convocante acerca de la vigencia de la Res. DNCP 197/26 - DIERCTRICES PARA COMUNICACION DE INFORMES CUATRIMESTRALES Y DICTAMEN JUSTIFICATIVO EN PROCEDIMIENTO SIN PLANIFICACION.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
CDP insuficiente
Descripción
Si bien se ha remitido el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, el monto previsto es insuficiente para asumir el pago por la ejecución contractual del presente ejercicio fiscal, en contra de lo dispuesto en la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas. En consecuencia se solicita se realice el ajuste correspondiente a los efectos de subsanar la deficiencia mencionada.
Comentario
Se puede verificar que el monto estimado de la licitación asciende a ₲ 1.500.000.000 (al igual que la sumatoria de los montos máximos de los grupos indicados en la pestaña de productos/bienes/servicios), y considerando que el presente proceso NO es plurianual sin embargo se remite un CDP solo por un monto de ₲ 600.000.000. Solicitamos remitir el CDP correcto que cubra la ejecución del llamado.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 152 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del, proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. Consideración Normativa: Art. 4 inc. c) y 107 de la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas N° 7021/22, Art. 56 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 55, 56, 40, 45, 67 de la Ley N° 7021/22; Art. 105, 83, 102, del Decreto N° 2264/24; y demás disposiciones vigentes emitidas por la DNCP.