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Datos de la Convocatoria

Características Especiales
Fonacide
ID de Licitación
374728
Nombre de la Licitación
REPARACION DE PABELLÓN DE 3 AULAS Y CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE FORMACIÓN - ESCUELA BÁSICA Nº 332 SILVESTRE MARTINEZ - 2DO. LLAMADO
Convocante
Municipalidad de Nanawa
Categoría
21 - Construcción, Restauración, Reconstrucción o Remodelación y Reparación de Inmuebles
Unidad de Contratación
Uoc Nanawa
Tipo de Procedimiento
CD - Contratación Directa
Monto Estimado
₲ 139.700.175
Porcentaje de Garantía de Mantenimiento de Ofertas
5%
Tipo de Garantía
Declaración Jurada
Estado
Adjudicada
Fecha de Publicación
19-03-2020 - 13:03

Etapas y Plazos

Lugar para Realizar Consultas
OFICINA DE LA UOC - PLANTA ALTA
Fecha Límite de Consultas
viernes, 27 de marzo de 2020 - 08:00
Lugar de Entrega de Ofertas
OFICINA DE LA UOC - PLANTA ALTA
Fecha de Entrega de Ofertas
martes, 31 de marzo de 2020 - 07:30
Lugar de Apertura de Ofertas
OFICINA DE LA UOC - PLANTA ALTA
Fecha de Apertura de Ofertas
martes, 31 de marzo de 2020 - 07:45

Adjudicación y Contrato

Sistema de Adjudicación
Por Total
Fuente de Financiamiento
Recursos Institucionales (Fuente 30)
Anticipo
No se otorgará Anticipo
Vigencia del Contrato
Hasta recepción definitiva

Datos del Contacto

Nombre
JOSE ALEJANDRO ENCISO NUÑEZ
Cargo
Encargado de la UOC
Teléfono
021-499258/9
Correo Electrónico
municipalidaddenanawa1520@gmail.com

Informaciones Importantes

  • Observaciones de la Convocante: La visita al sitio de obras, se llevará a cabo: Fecha: 20/03/2020. Hora: 08:00 a.m. Funcionario responsable: José Enciso Núñez, Encargado de la UOC Todo Oferente que no efectúe dicha visita, deberá declarar en su oferta expresamente que conoce el sitio de los trabajos y que cuenta con la información necesaria relativa a la zona para preparar la oferta y celebrar el contrato.
  • Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
  • Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma